Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución Nº 436
VISTO el expediente N° 2428-343/08 relacionado al Código de Tránsito,
constituido por el Decreto N° 40/07, el Decreto N° 4.103/95 y modificatorios,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 3.118/07 aprobó las Addendas de Adecuación Contractual de las Empresas
Concesionarias de Verificación Técnica Vehicular de
Que dichas empresas prestan el servicio en las once (11) zonas en que se
encuentra dividida
Que a través del artículo 3° de las Addendas de
Adecuación se estableció que, son el propósito de asegurar la viabilidad
jurídica, económica financiera y técnica de
Que la estructura económica elaborada como modelo para la adecuación del
Contrato de Concesión del Servicio de Verificación Técnica Vehicular, ha sido
incorporada como Anexo I a las Addendas de Adecuación
Contractual y aprobada por el mencionado decreto;
Que las Concesionarias tendrán derecho a solicitar un ajuste extraordinario
ante
Que una vez presentada la solicitud y verificado el cumplimiento de las
obligaciones contractuales por parte de la concesionaria,
Que atento ello, las empresas concesionarias de
Que el Ente Regulador ha procedido - en base al modelo de costos actualizado -
al cálculo de la tarifa básica necesaria para restablecer el equilibrio
económico de la prestación y ha elaborado el nuevo cuadro tarifario resultante;
Que en virtud de lo precedentemente expuesto es que corresponde en esta instancia,
establecer un valor máximo de la tarifa básica del servicio público de
Verificación Técnica Vehicular;
Que ha tomado la intervención de su competencia
Que la presente medida se dicta conforme las atribuciones conferidas en el
Decreto N° 3.061/05 y el artículo 5° de
Por ello,
ARTICULO 1º -
Establecer el valor máximo de la tarifa básica del servicio público de
Verificación Técnica Vehicular (VTV) de
ARTICULO 2º - las empresas con cesionarias del servicio público de Verificación
Técnica Vehicular de
a) Realizar descuentos del 7,5 % en la tarifa básica a aquellos automóviles con
VTV vigente.
b) Realizar una bonificación del cincuenta por ciento (50%) sobre la tarifa
básica a los vehículos de veinte (20) o mas años de antigüedad con VTV vigente.
c) Mantener las reverificaciones sin cargo a los usuarios de aquellos
automotores inspeccionados que en primera instancia no se encontraban en
condiciones de aprobar la inspección.
d) Acordar mediante convenios con los Municipios y/o las cámaras de transporte
vinculadas con taxis, remises, transporte escolar y
autotransporte público de pasajeros de jurisdicción provincial, descuentos en
la tarifa básica, con la aprobación del Ente de Control.
e) Realizar la verificación gratuita de los vehículos pertenecientes a los
Municipios y aquellos afectados al uso de personas discapacitadas y al servicio
de bomberos voluntarios.
f) Efectuar revisiones adicionales al trasporte público de pasajeros, según lo
disponga
ARTICULO 3º - Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al
SINBA. Cumplido archivar.
Cristina Alvarez Rodríguez
Ministra de Infraestructura
C.C. 8.413