RESOLUCIÓN N° 860-MIYSPGP-18

 

LA PLATA, 18 de julio de 2018.

 

VISTO el expediente N° EX-2018-03909580-GDEBA-DPCLMIYSPGP mediante el cual tramita la Licitación Pública para la adjudicación de la obra: “Hospital Interzonal General de Agudos Dr. Rodolfo Rossi – Guardia y Emergencia – Estacionamiento –

La Plata”, en el partido de La Plata, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas en la Ley Nº 14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16, que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general;

 

Que mediante Resolución N° RESOL-2018-469-GDEBA-MIYSPGP de fecha 3 de mayo de 2018, se aprobó la documentación y se autorizó a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, con un presupuesto oficial de pesos ciento cuarenta y cinco millones trescientos setenta y un mil doscientos nueve con cincuenta centavos ($ 145.371.209,50), con un plazo de ejecución de cuatrocientos cincuenta (450) días corridos;

 

Que en virtud del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al treinta por ciento (30%) del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este Ministerio;

 

Que se han cumplimentado las publicaciones en la página web de la Provincia mediante IF-2018-07140806- GDEBADCOPMIYSPGP conforme lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Emergencia N° 14.812 y su Decreto Reglamentario N° 443/16;

 

Que se recibieron tres (3) ofertas según surge del Acta de Apertura de fecha 28 de mayo de 2018, obrante mediante IF-2018-07188353-GDEBA-DCOPMIYSPGP;

 

Que mediante NO-2018-08725778-GDEBA-DEDPAMIYSPGP y NO-2018-09873147-GDEBA-DEDPAMIYSPGP obran informes técnicos de la Dirección Ejecutiva dependiente de la Dirección Provincial de Arquitectura;

 

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide mediante IF-2018-09982780-GDEBA-DCOPMIYSPGP recomendando adjudicar las referidas labores a la UTE EDUARDO COLOMBI S.A. – TECMA S.A. por la suma de pesos ciento setenta millones ochocientos diez mil quinientos dieciséis con veintinueve centavos ($ 170.810.516,29), por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal, destacando que si bien la oferta representa un aumento del 17,50% respecto del presupuesto oficial, teniendo en cuenta las situaciones macroeconómicas y la fecha en que se estableció el presupuesto oficial, dicha erogación resulta la más conveniente;

 

Que en consecuencia, corresponde desestimar las ofertas de las empresas JOSÉ LUIS TRIVIÑO S.A. e INSA S.A., por ser menos convenientes al interés fiscal;

 

Que mediante Resolución N° 93/18 del Consejo de Administración del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial, realiza la imputación preventiva del gasto (IF-2018-11635563-GDEBA- CAFFMIYSPGP);

 

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno mediante ACTA-2018- 11300430-GDEBAAEAGG, Contaduría General de la Provincia mediante IF-2018-10646270-GDEBA-CGP y Fiscalía de Estado mediante VT-2018-11339012-GDEBA-FDE;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 23 de la Ley Nº 6.021, los artículos 11 y 21 y la Ley de Emergencia N° 14.812, prorrogada por su similar Ley N° 15.022 y su Decreto Reglamentario N° 443/16;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar la Licitación Pública realizada por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para la adjudicación de la obra: “Hospital Interzonal General de Agudos Dr. Rodolfo Rossi – Guardia y Emergencia – Estacionamiento – La Plata” en el partido de La Plata, y declarar suficientes las publicaciones efectuadas.

 

ARTÍCULO 2º. Adjudicar los trabajos para la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente a la UTE EDUARDO COLOMBI S.A. – TECMA S.A. por la suma de pesos ciento setenta millones ochocientos diez mil quinientos dieciséis con veintinueve centavos ($ 170.810.516,29) para obra, a la que agregándole la suma de pesos un millón setecientos ocho mil ciento cinco con dieciséis centavos ($ 1.708.105,16) para dirección e inspección y la suma de pesos un millón setecientos ocho mil ciento cinco con dieciséis centavos ($ 1.708.105,16) para embellecimiento, hace un total de pesos ciento setenta y cuatro millones doscientos veintiséis mil setecientos veintiséis con sesenta y un centavos ($ 174.226.726,61), estableciéndose un plazo de ejecución de cuatrocientos cincuenta (450) días corridos.

 

ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que en el presente ejercicio se invertirá la suma de pesos ochenta millones ($ 80.000.000) para obra, a la que agregándole la suma de pesos ochocientos mil ($ 800.000) para dirección e inspección, y la suma de pesos ochocientos mil ($ 800.000) para embellecimiento (artículo 3º Ley Nº 6.174), hace un total de pesos ochenta y un millones seiscientos mil ($ 81.600.000).

 

ARTÍCULO 4º. Atender la suma mencionada en el artículo precedente con cargo a la Resolución N° 93/18 del Consejo de Administración del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial.

 

ARTÍCULO 5º. Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección, y al Ministerio de Gestión Cultural la correspondiente a embellecimiento, para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la formación de los respectivos alcances.

 

ARTÍCULO 6º. La Dirección Provincial de Arquitectura deberá adoptar los recaudos necesarios a efectos de contemplar en el diferido 2019 la suma de pesos noventa y dos millones seiscientos veintiséis mil setecientos veintiséis con sesenta y un centavos ($ 92.626.726,61), como asimismo gestionará la transferencia de los importes correspondientes a las reservas respectivas.

 

ARTÍCULO 7º. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del treinta por ciento (30%) del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.

 

ARTÍCULO 8º. Desestimar por no ser convenientes al interés fiscal las ofertas presentadas por las empresas: JOSÉ LUIS TRIVIÑO S.A. e INSA S.A.

 

ARTÍCULO 9º. Proceder por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a desglosar y entregar bajo debida constancia, a las empresas mencionadas en el artículo anterior, a quien legalmente corresponda, las garantías que presentaran como afianzamiento de sus ofertas.

 

ARTÍCULO 10. Dejar establecido que la presente contratación queda sujeta a los términos de los artículos 1º y 2º del Decreto N° 4041/96.

 

ARTÍCULO 11. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar y girar a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.

 

Roberto Gigante, Ministro

 

C.C. 8820