Decreto 431/2020

La Plata, 27 de mayo de 2020

VISTO el expediente N° EX-2020-10285203-GDEBA-SSLYTSGG correspondiente a las actuaciones legislativas D-750/20-21, y

CONSIDERANDO:

Que por el referido expediente tramita la Promulgación de un Proyecto de Ley, sancionado por la Honorable Legislatura el 21 de mayo del corriente año, a través del cual se propicia incorporar el artículo 20 bis a la Ley N° 15.165, el que encomienda al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, a llevar adelante las acciones necesarias para prevenir y asistir situaciones de violencia familiar y por razones de género y diversidad;

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 108 y 144 inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Promulgar la Ley N° 15.173, sancionada por la Legislatura con fecha 21 de mayo de 2020, que como Anexo Único (IF-2020-10532270-GDEBA-DROFISGG) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador