Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución N° 898
VISTO el expediente N°
21.100-798.578/13 mediante el cual
CONSIDERANDO:
Que con fecha 13 de Junio de 2011,
Que la formación y capacitación de las policías son los
pilares fundamentales en los que se basan los lineamientos generales definidos
en la política de modernización del estado impulsada por el ejecutivo
provincial, y por lo que resulta necesario adoptar medidas específicas
tendientes a la descentralización de las Escuelas, para poder acercar la instrucción
policial a los diferentes puntos de
Que atendiendo a las particulares condiciones de práctica
educacional en los aspectos curricular, de infraestructura y organizacional de
una sede descentralizada de
Que en virtud de ser esta Escuela una sede descentralizada
en la localidad de
Que en base a lo antes expuesto, deviene menester asimismo
la creación del cargo de “Director/a Operativo/a”, el cual se hallará
equiparado al grado de Comisario/a Inspector/a, figura que recaerá en la máxima
autoridad policial del establecimiento con dependencia directa de
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº 13.757 y sus modificatorias, Nº 13.482 y N° 13. 982;
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE
BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Crear, en el ámbito de
ARTÍCULO 2°. Establecer el régimen de externado para los
alumnos y alumnas de
ARTÍCULO 3°. Crear el cargo de Director/a Operativo/a de
ARTÍCULO 4°. Aprobar las funciones de “Director/a Operativo/a”, conforme establece el Anexo 1 que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al
Boletín Oficial, pasar a
Ricardo Casal
Ministro de Justicia y Seguridad
ANEXO 1
FUNCIONES DEL DIRECTOR/A OPERATIVO/A
1) Coordinar acciones con el contexto comunitario y áreas operativas de las distintas policías de la provincia de Buenos Aires con el objeto de optimizar la calidad de la ecuación policial, la optimización de los recursos y la apertura a la comunidad de la institución educativa.
2) Formular las propuestas de baja de los aspirantes.
3) Garantizar el efectivo cumplimiento de las normas de convivencia y régimen disciplinario por parte de todos los actores institucionales generando, dentro del ámbito de su competencia, espacios de participación democráticos.
4) Imponer las sanciones disciplinarias a los aspirantes de acuerdo con lo que establezca el Reglamento Interno que regule las normas de convivencia y régimen disciplinario establecido para los establecimientos de formación, con excepción de las bajas, las que se dispondrán por acto administrativo ministerial.
5) Coordinar acciones con
6) Fiscalizar el cumplimiento de la normativa legal vigente.
7) Tomar conocimiento del despacho puesto a consideración
o disposición de
8) Organizar y supervisar las funciones y actividades del personal docente y no docente de la institución.
9) Promover medidas tendientes al mejoramiento de los servicios de apoyo a la gestión pedagógica.
10) Controlar el funcionamiento de
11) Efectuar el contralor directo de
12) Ser el responsable de la administración de los recursos materiales, humanos, académicos y logísticos del establecimiento.
13) Dar inmediata información de las novedades relevantes
en el establecimiento a
C.C. 6.027