Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Resolución 898

 

La Plata, 30 de mayo de 2013.

 

VISTO el expediente 21.100-798.578/13 mediante el cual la Subsecretaría de Planificación - Dirección Provincial de Formación y Capacitación - propicia la creación de la Escuela de Policía “Juan Vucetich” Sede Partido de La Costa, y

 

CONSIDERANDO:

Que con fecha 13 de Junio de 2011, la Municipalidad del Partido de La Costa, representada por el Intendente Juan Pablo de Jesús y el Ministerio de Justicia y Seguridad, representado por el suscripto, firmaron un convenio de colaboración para la construcción de un edificio sobre el inmueble ubicado en la Ruta 11 Km. 325 de la localidad de Santa Teresita, Partido de La Costa, propiedad de la Provincia de Buenos Aires, a fin de ser utilizado como sede de la Escuela de Policía “Juan Vucetich”;

Que la formación y capacitación de las policías son los pilares fundamentales en los que se basan los lineamientos generales definidos en la política de modernización del estado impulsada por el ejecutivo provincial, y por lo que resulta necesario adoptar medidas específicas tendientes a la descentralización de las Escuelas, para poder acercar la instrucción policial a los diferentes puntos de la Provincia garantizando la igualdad de oportunidades en el acceso a los Institutos de Formación Básica y Capacitación Profesional;

Que atendiendo a las particulares condiciones de práctica educacional en los aspectos curricular, de infraestructura y organizacional de una sede descentralizada de la Escuela de Policía “Juan Vucetich” como la que se pretende crear, resulta necesario establecer un régimen de externado con el objeto de brindar al alumnado todas las facilidades para el estudio, investigación e intercambio con los demás actores integrantes del Polo Educativo local, atendiendo al mismo tiempo las demandas específicas de formación en la región;

Que en virtud de ser esta Escuela una sede descentralizada en la localidad de La Costa de la Escuela de Policía “Juan Vucetich”, los alumnos/as se regirán por el Reglamento Interno vigente para los alumnos de los Institutos de Formación Policial;

Que en base a lo antes expuesto, deviene menester asimismo la creación del cargo de “Director/a Operativo/a”, el cual se hallará equiparado al grado de Comisario/a Inspector/a, figura que recaerá en la máxima autoridad policial del establecimiento con dependencia directa de la Superintendencia de Institutos de Formación Policial, quien podrá asumir las funciones del Director en caso de ausencia, impedimento ó vacancia, cuyas funciones específicas se encuentran detalladas y agregadas como Anexo 1 a la presente;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº 13.757 y sus modificatorias, Nº 13.482 y 13. 982;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE

 BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Crear, en el ámbito de la Subsecretaría de Planificación, Dirección Provincial de Formación y Capacitación, la Escuela de Policía “Juan Vucetich” sede Partido de La Costa, cuyo asiento estará ubicado en la Ruta 11 Km. 325 de la localidad de Santa Teresita, Partido de La Costa, Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 2°. Establecer el régimen de externado para los alumnos y alumnas de la Escuela de Policía “Juan Vucetich” sede Partido de La Costa.

 

ARTÍCULO 3°. Crear el cargo de Director/a Operativo/a de la Escuela de Policía Sede Partido de La Costa, el cual estará equiparado al grado de Comisario/a Inspector/a debiendo ser incorporado oportunamente al Nomenclador de Funciones y Directorio de Competencias de la Superintendencia de Institutos de Formación Policial.

 

ARTÍCULO 4°. Aprobar las funciones de “Director/a Operativo/a”, conforme establece el Anexo 1 que forma parte de la presente.

 

ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, pasar a la Subsecretaría de Planificación. Cumplido, archivar.

 

Ricardo Casal

Ministro de Justicia y Seguridad

 

ANEXO 1

FUNCIONES DEL DIRECTOR/A OPERATIVO/A

1) Coordinar acciones con el contexto comunitario y áreas operativas de las distintas policías de la provincia de Buenos Aires con el objeto de optimizar la calidad de la ecuación policial, la optimización de los recursos y la apertura a la comunidad de la institución educativa.

2) Formular las propuestas de baja de los aspirantes.

3) Garantizar el efectivo cumplimiento de las normas de convivencia y régimen disciplinario por parte de todos los actores institucionales generando, dentro del ámbito de su competencia, espacios de participación democráticos.

4) Imponer las sanciones disciplinarias a los aspirantes de acuerdo con lo que establezca el Reglamento Interno que regule las normas de convivencia y régimen disciplinario establecido para los establecimientos de formación, con excepción de las bajas, las que se dispondrán por acto administrativo ministerial.

5) Coordinar acciones con la Gestión Académica y la Oficina Administrativa del establecimiento, para un eficiente y eficaz desarrollo de la función educativa.

6) Fiscalizar el cumplimiento de la normativa legal vigente.

7) Tomar conocimiento del despacho puesto a consideración o disposición de la Superintendencia de Institutos de Formación Policial – Dirección Provincial de Formación y Capacitación-.

8) Organizar y supervisar las funciones y actividades del personal docente y no docente de la institución.

9) Promover medidas tendientes al mejoramiento de los servicios de apoyo a la gestión pedagógica.

10) Controlar el funcionamiento de la Gestión Académica y la Oficina Administrativa y sus dependencias subordinadas, en función de los objetivos asignados a las mismas.

11) Efectuar el contralor directo de la Guardia de Prevención y sobre el personal policial que cumple funciones en ella.

12) Ser el responsable de la administración de los recursos materiales, humanos, académicos y logísticos del establecimiento.

13) Dar inmediata información de las novedades relevantes en el establecimiento a la Superintendencia de Institutos de Formación Policial y a la Dirección Provincial de Formación y Capacitación del Ministerio de Justicia y Seguridad o de la que en el futuro dependa.

C.C. 6.027