ARTICULO 1.- Déjase sin efecto la
declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación, dispuesta por el
artículo 1° de la Ley 11.193, respecto a los bienes inmuebles nomenclados
catastralmente como: Circunscripción V, Sección J, Manzanas 7, 17, 18, 28 y 29,
respectivamente, ubicados en la localidad de Gregorio de Laferrere, partido de
La Matanza.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.