LEY 7149

 

Donación a la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, de una fracción de tierra fiscal, ubicada en la Localidad de Pun­ta Alta.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a donar a la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, Arzobispado de Bahía Blan­ca y Sociedad de Fomento del Barrio Gottling, de la Localidad de Punta Alta, la fracción de tierra fiscal ubicada en el partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales y nomenclada catastralmente como: circunscripción VI, sección C, manzana 16 c, parcela 16, de­signada de acuerdo al plano 113 - 81 - 48, como manzana R, frac­ción II de la chacra 5.

 

ARTÍCULO 2.- La citada fracción será destinada por las donatarias a los siguientes fines:

a)      Construcción del edificio para la Delegación Municipal de la Comuna.

b)      Construcción de una iglesia por parte del Arzobispado de Bahía Blanca.

c)      Construcción de su sede social por parte de la Sociedad de Fomento Barrio Gottling.

 

ARTÍCULO 3.- En base al uso a darse de acuerdo con el artículo 2º, El Poder Ejecutivo hará la subdivisión correspondiente para la pos­terior entrega a los beneficiarios de la donación.

 

ARTÍCULO 4.- Si en el término de cinco (5) años a contar desde la fecha de la escritura traslativa del dominio, no se hubieren iniciado las construcciones mencionadas en el artículo 2º, queda facultado El Poder Ejecutivo para constituir en mora a los donatarios y en su caso, iniciar las acciones judiciales tendientes a retrotraer el domi­nio del bien al patrimonio del Estado.

 

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.