LEY 7149
Donación a la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, de una fracción de tierra fiscal, ubicada en la Localidad de Punta Alta.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a donar a la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, Arzobispado de Bahía Blanca y Sociedad de Fomento del Barrio Gottling, de la Localidad de Punta Alta, la fracción de tierra fiscal ubicada en el partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales y nomenclada catastralmente como: circunscripción VI, sección C, manzana 16 c, parcela 16, designada de acuerdo al plano 113 - 81 - 48, como manzana R, fracción II de la chacra 5.
ARTÍCULO 2.- La citada fracción será destinada por las donatarias a los siguientes fines:
a) Construcción del edificio para la Delegación Municipal de la Comuna.
b) Construcción de una iglesia por parte del Arzobispado de Bahía Blanca.
c) Construcción de su sede social por parte de la Sociedad de Fomento Barrio Gottling.
ARTÍCULO 3.- En base al uso a darse de acuerdo con el artículo 2º, El Poder Ejecutivo hará la subdivisión correspondiente para la posterior entrega a los beneficiarios de la donación.
ARTÍCULO 4.- Si en el término de cinco (5) años a contar desde la fecha de la escritura traslativa del dominio, no se hubieren iniciado las construcciones mencionadas en el artículo 2º, queda facultado El Poder Ejecutivo para constituir en mora a los donatarios y en su caso, iniciar las acciones judiciales tendientes a retrotraer el dominio del bien al patrimonio del Estado.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.