DECRETO 1327/2023
LA PLATA, 1 de Agosto de 2023
VISTO el expediente EX-2023-18005178-GDEBA-DSTAMJYDHGP del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el cual se propicia establecer un nuevo valor de la hora correspondiente a la compensación especial por recargo de servicio, para el personal que realiza tareas de índole estrictamente administrativa y tareas vinculadas a la seguridad, en el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto N° 74/22, de fecha 25 de enero de 2022, se estableció en pesos noventa ($90,00) el valor de la hora correspondiente a la compensación especial por recargo de servicio para el personal que realiza tareas de índole estrictamente administrativas y en pesos ciento ochenta ($180,00) para el personal que realiza tareas vinculadas a la seguridad, en ambos casos en el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense;
Que teniendo en cuenta las diversas medidas económicas que han devenido en un incremento del salario de los/as agentes penitenciarios/as, la compensación especial por recargo de servicio ha quedado desactualizada, observándose una asimetría de dicho valor en comparación al aumento del salario de los/as agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense;
Que aún con las designaciones de agentes llevadas a cabo durante el año en curso las mismas se deben distribuir entre las nuevas inauguraciones de Unidades Penitenciarias y Alcaidías Penitenciarias y Departamentales, manteniendo los refuerzos asegurativos una relación porcentual entre los/as agentes y las personas privadas de su libertad muy baja;
Que, por los motivos expuestos, se estima conveniente establecer una actualización en el valor de la hora correspondiente a la compensación especial por recargo de servicio, para el personal que se desempeña en el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense y realiza tareas de índoles estrictamente administrativas o vinculadas a la seguridad;
Que se han expedido favorablemente la Subsecretaría de Política Penitenciaria, la Subsectetaría Técnica, Administrativa y Legal, ambas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Subsecretaría de Hacienda, todas ellas del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Establecer, a partir del dictado del presente acto administrativo, en pesos trescientos ($300) el valor de la hora correspondiente a la compensación especial por recargo de servicio, para el personal que realiza tareas de índole estrictamente administrativa y en pesos seiscientos ($ 600) para el personal que realiza tareas vinculadas a la seguridad, en ambos casos en el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense.
ARTÍCULO 2°. Derogar el Decreto N° 74/22.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Julio Cesar Alak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.