LEY 7012
Expropiación de tierra en la Localidad de Longchamps, Almirante Brown, para la instalación de una Escuela Técnica.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de tierra ubicada en la Localidad de Longchamps, Partido de Almirante Brown, designada catastralmente como: Circunscripción V, Sección A, Quinta 19, Manzana 19 b, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10, y según títulos lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Manzana C, inscriptas en el Registro de la Propiedad bajo el Nº 3.202/62, a nombre de “Alcoholera Rogal Sociedad Anónima Industrial y Comercial” o quien o quienes resulten sus actuales propietarios.
ARTÍCULO 2.- El inmueble a que se refiere el artículo 1º se destinará a la instalación y funcionamiento de una Escuela Técnica.
ARTÍCULO 3.- La inversión que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Anexo XIII, Crédito para el cumplimiento de Leyes Especiales del Presupuesto de Capital vigente.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.