DECRETO 1.349

 

La Plata, 4 de junio de 2001.

 

VISTO: Lo dispuesto por el Decreto 1.644/00 que declara la emergencia del Sistema de Minoridad de la provincia de Buenos Aires; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el referido acto dispone la Intervención del Consejo Provincial del Menor por el plazo de 365 días.

 

Que el pleno cumplimiento del propósito tutelar perseguido con la medida adoptada, hace necesaria su prórroga por un lapso menor, para posibilitar el desarrollo de las acciones en curso.

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE

BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

Art. 1º - Prorrógase hasta el 30 de noviembre del corriente año, a partir de su vencimiento, la intervención al Consejo Provincial del Menor dispuesta por el Art. 2º del Decreto 1.644/00, modificado por su similar 1.888/00.

 

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al “Boletín Oficial”. Cumplido archívese.

 

RUCKAUF

R. A. Othacehé