DECRETO 859/13

 

La Plata, 18 de noviembre de 2013.

 

VISTO el expediente 22400-20220/12, por el cual tramita la creación del “Sector Industrial Planificado Polo Maderero y MuebleroCO.CE.MA.”, de iniciativa oficial, con carácter sectorial y originario, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Ley Nº 13.744 se establece el régimen de creación y funcionamiento de agrupamientos industriales, aplicable en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que la iniciativa impulsada por la comuna se desarrolla sobre terrenos de dominio municipal, conforme plano de mensura y subdivisión aprobados por la Dirección Provincial de Geodesia;

 

Que por Decreto 3403/05 se desafectó del destino asignado a treinta y tres (33) hectáreas que forman parte de una fracción de terreno ubicado en la localidad de Plátanos a nombre del Fisco de la Provincia con afectación al Instituto de la Vivienda, y se transfirió a la Municipalidad de Berazategui el inmueble mencionado, con destino a la instalación de un Polo Maderero y Mueblero y con cargo a que dicho Municipio proceda a condonar las deudas que por contribuciones mantenga la Provincia de Buenos Aires;

 

Que mediante Ordenanza Municipal 3835/06 y su Decreto de Promulgación 419/06 se aceptó la transferencia dispuesta por Decreto 3403/05 y se dispuso la condonación de deudas que por contribuciones mantenía la Provincia de Buenos Aires, originadas por el inmueble en cuestión y se ordenó el otorgamiento de la pertinente escritura traslativa de dominio, para la instalación de un Polo Maderero y Mueblero, transfiriéndose a su vez el referido inmueble, al Consorcio de Cooperación Empresario de la Madera Argentina (CO.CE.MA);

 

Que mediante Ordenanza 3928/06 la Municipalidad de Berazategui creó la zona industrial que afecta los predios propuestos, la cual fuera aprobada por Decreto 1044/09;

 

Que el predio en que se emplaza el agrupamiento industrial se identifica catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Fracción IV, Parcelas 1a y 2 a 20 inclusive y Fracción VI, Parcelas 1 a 10 inclusive, del partido de Berazategui (120), inscripto en la Matrícula N° 72.590, destinadas a uso industrial, servicios comunes y banda forestada de protección ambiental, según plano aprobado por la Dirección Provincial de Geodesia bajo el número 120-153-2010, de fecha 27 de diciembre de 2010;

 

Que obran el Certificado de Factibilidad Técnica del Proyecto de Desagüe y la Finalización de Obra de Saneamiento Hidráulica y Desagües emitidos por la Dirección Técnica - Departamento Proyectos de Terceros de la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas;

 

Que a fojas 79 a 84 obra Disposición 4870/09 conjuntamente con su Anexo I del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible –O.P.D.S.-, otorgándose el Certificado de Aptitud Ambiental para la instalación del Sector Industrial Planificado Maderero y MuebleroCO.CE.MA.;

 

Que el Departamento Planificación Industrial dependiente de la Dirección Provincial de Desarrollo y Promoción Industrial se expidió respecto del cumplimiento de los aspectos técnicos exigidos por la normativa de aplicación, obrando la respectiva certificación de las obras realizadas en el aludido predio;

 

Que a fojas 95 a 97 obra Disposición 31/12 de la Dirección Provincial de Desarrollo y Promoción Industrial, declarándose factible el proyecto de Sector Industrial Planificado Sectorial denominado “Sector Industrial Planificado Polo Maderero y MuebleroCO.CE.MA.”, a emplazarse en la localidad de Plátanos, partido de Berazategui;

 

Que a fojas 104 a 132 obra el Acta Constitutiva y Reglamento de Administración y Funcionamiento del Parque Industrial Polo Mueblero y Maderero de Berazategui aprobado por Resolución 324/13 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, que regirá al Ente Administrador del Parque Industrial Polo Mueblero y Maderero – CO.CE.MA.;

 

Que a fojas 155 a 222 obra Disposición 21/13 y su Anexo I de la Dirección Provincial de Desarrollo y Promoción Industrial mediante la cual se aprobó la modificación del Estatuto que regirá a la “Asociación de Propietarios del Sector Industrial Planificado Polo Maderero y Mueblero CO.CE.MA.”;

 

Que a los fines de clasificar al agrupamiento industrial conforme a las disposiciones legales vigentes, corresponde aclarar que la denominación del mismo será “Sector Industrial Planificado Polo Maderero y Mueblero - CO.CE.MA.”, con característica de oficial, sectorial y originario en los términos de los artículos 24 inciso b), 25 inciso b), 26 inciso a) y 27 inciso a) de la Ley Nº 13.744;

 

Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 144 –proemio- de la Constitución Provincial y por la Ley N° 13.744;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Crear el Sector Industrial Planificado, de iniciativa oficial, con carácter sectorial y originario, ubicado en la localidad de Plátanos, partido de Berazategui, cuya denominación será “Sector Industrial Planificado Polo Maderero y MuebleroCO.CE.MA.”.

 

ARTÍCULO 2º. A los fines de su individualización se determinan como pertenecientes al citado agrupamiento industrial, a los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Fracción IV, Parcelas 1a y 2 a 20 inclusive y Fracción VI, Parcelas 1 a 10 inclusive, del partido de Berazategui (120), inscriptos en la Matrícula N° 72.590, destinadas a uso industrial, servicios comunes y banda forestada de protección ambiental, de acuerdo al plano de mensura y subdivisión aprobado por la Dirección Provincial de Geodesia bajo el número 120-153-2010.

 

ARTÍCULO 3º. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción, Ciencia y Tecnología.

 

ARTÍCULO 4º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y pasar al Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología. Cumplido, archivar.

 

Cristian Breitenstein            Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de la Producción,       Gobernador

Ciencia y Tecnología

 

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