ARTICULO 2.- La cabeza del nuevo Partido
será el actual pueblo de “San Miguel” situado en el kilómetro de la línea de
ferrocarril al Pacífico, que se denominará también “General Sarmiento”.
ARTICULO 3.- La extensión
territorial de esta nueva
circunscripción será de diez y de ocho mil ochocientos cincuenta
hectáreas próximamente, tomada de los Partidos Las Conchas, Pilar y Moreno, de
acuerdo al plano que se acompaña levantado por el señor Ingeniero C. de
Chapeaurouge y que será revisado y autorizado con medición oficial por el
Departamento de Ingenieros.
ARTICULO 4.- Autorízase al Poder
Ejecutivo a determinar la extensión del ejido del pueblo cabeza del Partido de
esta nueva circunscripción territorial, quedando facultado a hacer la
expropiaciones que fueren necesarias al objeto.
ARTICULO 5.- El Poder Ejecutivo
nombrará las autoridades.
ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.