DECRETO 2932/91
LA PLATA, 6 de SEPTIEMBRE de 1991.
VISTO que por el Decreto Nº 3.672 de fecha 27 de Septiembre de 1990, por el que se crea una comisión de trabajo, a la que se encomienda el análisis de los antecedentes históricos que fundamenten la creación de una bandera distintiva como símbolo de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que como resultado de la labor de dicha comisión surgió la propuesta de creación de una bandera provincial;
Que la Provincia de Buenos Aires carece de un emblema que responda a sus propios antecedentes históricos y a sus orígenes políticos-institucionales;
Que existen antecedentes históricos, a partir de la Revolución de Mayo que a iniciativas de las distintas provincias hayan creado su símbolo expresando sus respectivas identidades político-institucionales;
Que entre ellos deben destacarse el Pacto Federal de 1831 –por el que se creó la Confederación Argentina- y el Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos de 1852, punto de partida de la definitiva organización constitucional de la República Argentina;
Que en las últimas décadas las provincias que no las poseían se dieron banderas con los mismos fines;
Que la Provincia de Buenos Aires ha tenido un papel protagónico en el desarrollo histórico de federalismo nacional al que hacen expresa referencia los pactos preexistentes de orden constitucional;
Que la Bandera Bonaerense debe encarnar, a través de sus símbolos, tanto su protagonismo en el pasado como su vida y actividades del presente;
Que, la Bandera propuesta está formada por tres bandas, la superior y la inferior en color azul-celeste y la central blanca, luciendo en su centro un escudo análogo al provincial compuesto de: Un gorro frigio rojo que representa a la libertad y a la república soberana. Dicho gorro frigio es enarbolado por una pica que sostienen dos manos entrelazadas. La pica expresa la fuerza o energía de los valores históricos del conjunto de los símbolos. Las manos entrelazadas, simbolizan la unión federal de los pueblos de las provincias argentinas (esta unión fue sostenida con protagonismo decisivo de la Provincia de Buenos Aires, en los Pactos Federales de Pilar, Benegas, Cuadrilátero, de 1831, y San Nicolás, los que en su mayor parte se cumplieron en el territorio bonaerense). Una rama de olivo y otra de laurel representan la gloria y la victoria, respectivamente, tal como en el escudo de la Provincia de Buenos Aires. El sol naciente con dieciséis rayos a la vista, representa a la nueva nación americana surgida con soberanía. Dos espigas cruzadas y la media rueda dentada expresan respectivamente las labores agropecuaria e industrial, a la vez que la cultura del trabajo en todas sus manifestaciones;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTICULO 1º: Declárase Bandera Oficial de la Provincia de Buenos Aires al pabellón compuesto por tres bandas, la superior y la inferior en color azul-celeste y la central blanca, un gorro frigio rojo, las manos entrelazadas, la pica, las ramas de laurel y de olivo, el sol naciente, las espigas cruzadas y la media rueda dentada.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.