LEY 15003
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1°.- Declárase ciudadano ilustre de la Provincia de Buenos Aires, al Dr. Héctor Negri por su trayectoria en el campo jurídico, académico, literario y su ferviente defensa y compromiso con la democracia, la justicia y la dignidad social.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los catorce días del mes de Diciembre del dos mil diecisiete.