DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 1473

La Plata, 8 de Julio de 2004

Visto el Expediente 2305-4961/04 del registro del Ministerio de Economía relacionado con el próximo vencimiento del término previsto en el Decreto Nº 2658/00, prorrogado por sus similares 1842/01, 1581/02 y 1134/03; y la ley de Ministerios Nº 13.175, y

CONSIDERANDO:

Que si bien la difícil situación de las finanzas públicas provinciales, que motivara el dictado del Decreto Nº 2658/00 y sus prórrogas se ha atenuado parcialmente, aún persiste la necesidad de acotar el gasto para continuar con las prestaciones a cargo del Estado Provincial que por imperio de las Constitución y de las Leyes tiene a su cargo;
Que las metas fijadas en el Presupuesto General aprobado para el Ejercicio 2004 - ley Nº 13.154 - y en el acuerdo firmado con la Nación, aprobado por el Decreto Nº 15/04, son consistentes en orden a dar continuidad a la gestión tendiente a incrementar la solvencia fiscal;
Que tales metas deben ser sostenidas a lo largo del tiempo, atento la permanente necesidad de una sana administración de los recursos fiscales;
Que en dicho marco es necesario mantener la normativa vigente para lograr un mayor grado de eficiencia en el cumplimiento de sus finalidades;
Que, además, el Decreto Nº 2418/02 creó una Comisión tendiente, entre otros objetivos, a modificar las políticas de empleo público, carrera administrativa, estatutos y escalafones;
Que a los fines de contribuir a que dicha Comisión realice un análisis integral de los recursos humanos en el ámbito de la Administración Pública Provincial, resulta pertinente mantener la normativa vigente en materia de gestión de personal;
Que corresponde, asimismo, adecuar el Decreto Nº 2418/02 a la ley Nº 13.175 -de Ministerios-;
Que por las circunstancias antes expuestas, deviene pertinente dictar la norma correspondiente para prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2005, inclusive, el Decreto Nº 2658/00 y sus modificatorios, compatibilizando dicha prórroga con las disposiciones del Decreto Nº 2418/02;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 2005 la vigencia del Decreto Nº 2658/00 y sus modificatorios (Decretos Nros, 2809/00 y 3167/00), prorrogado por sus similares 1842/01, 1581/02 y 1134/03. Dicha prórroga podrá caducar, si antes de¡ plazo mencionado precedentemente entraran en vigor las normas legales consecuentes con las conclusiones de la labor de la Comisión creada por el Decreto Nº 2418/02.

ARTICULO 2º.- La prórroga establecida en el Artículo 1º del presente Decreto, regirá a partir del vencimiento del plazo previsto en el Artículo 1º del Decreto Nº 1134/03.

ARTICULO 3º.- Déjase establecido, en virtud de la ley Nº 13.175 - de Ministerios-, que las responsabilidades asignadas por el Decreto Nº 2818/02 a la Secretaría para la Modernización del Estado, serán asumidas por la Subsecretaría de la Función Pública, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, pase al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su conocimiento y demás efectos. Cumplido archívese.


SOLA
R. Magnanini