Fundamentos de la Ley 13048

 

 

 

            La Ley 12.664 fue promulgada el 30 de marzo de 2001, establece la expropiación de inmuebles ubicados en la ciudad de Mar del Plata, designado catastralmente como circunscripción II, sección K, manzana 136, parcelas 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, y 14; inscriptos sus dominios en el folio 8003/52, a nombre de Prat y Lacrouts, Alberto y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. Por la misma ley, estos inmuebles fueron adjudicados a la Dirección General de Cultura y Educación con el objeto de ser destinados para la construcción de una escuela Educación General Básica –E.G.B.- en el barrio 2 de Abril de la ciudad de Mar del Plata.

            Cabe destacar que el mencionado barrio, ubicado sobre la Ruta Nacional 2, es una comunidad humilde y de rápido crecimiento, en el que no hay establecimientos educativos, motivo por el cual los menores en edad escolar deben recorrer distancias no inferiores a 3 km. de su lugar de residencia hasta la institución más próxima. A esto se le deben sumar factores tales como la inseguridad o el costo del traslado, que llevan a que en muchas oportunidades los niños se vean obligados a abandonar sus estudios. Frente a esta situación, y ya en oportunidad de sancionada la Ley 12.664, se consideró impostergable la construcción de una escuela E.G.B. en el barrio 2 de Abril. Hoy, a casi 2 años de su promulgación y ante el agravamiento de la crisis social y económica, este objetivo resulta aún más urgente.

            En este marco, es importante mencionar que, por cuestiones no dependientes del Poder Legislativo todavía no se ha llevado a cabo el trámite de expropiación a cargo de la Fiscalía de Estado. Por esta razón, y ante la inminente caducidad de la Ley 12.664 resulta indispensable sancionar su prórroga para que, de esta manera, la escuela en el 2 de Abril sea una realidad.

            Por todo lo expuesto en párrafos anteriores, solicito a esta Honorable Cámara acompañe con su voto favorable el presente proyecto de ley.