Fundamentos de la Ley 13296

 

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Tengo el alto honor de elevar, a consideración de Vuestra Honorabilidad, el adjunto proyecto de autorización para contraer un préstamo por la suma total de dólares estadounidenses trescientos cincuenta millones (U$S 350.000.000) con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento con afectación al “Programa de Desarrollo de la Inversión Sustentable en Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires”.

El Programa con un costo estimado de dólares estadounidenses cuatrocientos sesenta y siete millones (U$S 467.000.000) se implementará en dos fases, bajo la modalidad de Programa de Préstamo Adaptable (Adaptable Program Loan - APL), con el aporte financiero del Banco por dólares estadounidenses trescientos cincuenta millones (U$S 350.000.000). La primera etapa (El Proyecto) se estima en un monto total de dólares estadounidenses doscientos sesenta y siete millones (U$S 267.000.000), con dólares estadounidenses doscientos millones (U$S 200.000.000) de financiamiento externo, y la segunda, de un monto total de dólares estadounidenses doscientos millones (U$S 200.000.000), con un aporte del Banco de dólares estadounidenses ciento cincuenta millones (U$S 150.000.000)

Los propósitos que nos impulsan a adoptar la decisión de llevar adelante el Programa y, consecuentemente, las obras previstas en el mismo, son las siguientes, a saber:

 

a)                              Incrementar la cobertura en la provisión de servicios básicos de agua, saneamiento y drenaje urbano para la población, especialmente a los estratos más pobres en áreas de alta vulnerabilidad del conurbano bonaerense, que se espera beneficie a unos 450.000 habitantes.

 

b)                             Apoyar la reactivación productiva y el crecimiento de la economía provincial, a través de la mejora de la condición y sustentabilidad de la red vial provincial.

 

c)                              Desarrollar gradualmente los respectivos programas sectoriales de infraestructura dentro de un marco fiscal ordenado que asegure la convergencia hacia una situación fiscal sostenible; y

 

d)                             En general, construir una visión estratégica del desarrollo provincial, desarrollar instrumentos de planificación basados en la realidad y potencialidad de los sectores y regiones de la provincia.

 

Resulta importante señalar que, la priorización de las obras responde a criterios de elegibilidad basados en evaluaciones técnicas, ambientales y económicas. En el caso particular de las obras de agua y saneamiento se ha focalizado la población beneficiaria atendiendo a indicadores de pobreza (IPMH), siendo priorizadas aquellas que benefician a población con un índice igual o superior al 40%, sin por ello dejar de contemplar la sustentabilidad técnico-económica de la prestación. En el caso de las obras viales se ha considerado su impacto sobre la competitividad de las actividades económicas que se sirven de ellas.

A efectos de posibilitar la sustentabilidad del Programa, se ha acordado con el Banco un marco fiscal con las correspondientes proyecciones de una batería de indicadores preseleccionados, para asegurar la existencia del espacio fiscal necesario para asumir este nuevo endeudamiento, al mismo tiempo que su contribución al fortalecimiento del proceso de saneamiento fiscal y financiero que ha emprendido la Provincia desde mediados de 2001.

El proyecto de ley que se somete a vuestra consideración, además de la pertinente prescripción autorizativa para tomar el empréstito, contiene disposiciones instrumentales destinadas a garantizar la mejor ejecución del programa, algunos mecanismos como la creación de una cuenta especial, las auditorias externas pertinentes, previsiones en cuanto a métodos de contratación, como así también, los arreglos institucionales tendientes a su implementación.

Se adjunta a los fines de su tratamiento legislativo los elementos instrumentales complementarios que han de considerarse parte integrante del convenio de préstamo y de la misma ley, a saber:

 

1.- Convenio de préstamo.

2.- Normas generales del BIRF, normas de adquisiciones del BIRF y normas de contratación de consultoria del BIRF.

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.