ARTICULO 1.- Declárase Monumento
Histórico Provincial, el Casco de la Estancia “La Merced”, próxima a la
localidad de Azcuénaga, Partido de San Andrés de Giles, identificado
catastralmente como: Circunscripción VII, Parcelas Setecientos Nueve- B.
ARTICULO 2.- Las disposiciones de la presente ley, no
afectarán el derecho de propiedad sobre el inmueble.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.