LEY 6133

 

Terrenos para la Escuela Industrial de la Nación en Necochea.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Modificase el destino dado a las fracciones 1, 2, 3 y 4 de la manzana 54 y 1, 2, 3 y 4 de la manzana 55, sección D, y de lo sobrantes correspondientes a esas manzanas que resulten de la rea­lización de la ruta Juárez-Necochea; catastradas como manzanas 181 y 182 respectivamente, sección C, circunscripción I, de la ciu­dad de Necochea.

 

ARTÍCULO 2.- Adquirido por la Provincia el dominio de la totalidad de los bienes a que se refiere el artículo anterior, el Poder Ejecu­tivo procederá a transferirlos al Gobierno Nacional, para la cons­trucción de edificios de la Escuela Industrial de la Nación "General Mariano Necochea".

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.