DECRETO-LEY 7238/66

 

Convalidando la disolución de la Dirección General de Asistencia Integral de Villas de Emergencia.

 

LA PLATA, 22 de NOVIEMBRE de 1966.

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 3530/966, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º, del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Convalídase en todas sus partes el Decreto 1636, de fecha 6 de Septiembre de 1966, referente a la disolución de la Dirección General de Asistencia Integral de Villas de Emergencia.

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.