LEY 6987

 

Subsidio a la Sociedad Cooperadora de la Escuela 89 de La Plata.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Concédese a la Sociedad Cooperadora de la escuela número 89, de La Plata, un subsidio de un millón de pesos moneda nacional ($ 1.000.000m/n), con destino a la terminación del edificio de la misma, actualmente en construcción.

 

ARTÍCULO 2.- Los fondos necesarios para atender la erogación del artículo 1º, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la presente Ley.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.