LEY 6987
Subsidio a la Sociedad Cooperadora de la Escuela 89 de La Plata.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Concédese a la Sociedad Cooperadora de la escuela número 89, de La Plata, un subsidio de un millón de pesos moneda nacional ($ 1.000.000m/n), con destino a la terminación del edificio de la misma, actualmente en construcción.
ARTÍCULO 2.- Los fondos necesarios para atender la erogación del artículo 1º, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la presente Ley.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.