DECRETO 3107/00
LA PLATA, 18 de SEPTIEMBRE de 2000.
VISTO: Las diversas medidas adoptadas a fin de disminuir el gasto público; y
CONSIDERANDO:
Que a los actos de contención y austeridad emitidos, debe adunarse los servicios básicos de telefonía;
Que es necesario acompañar ese proceso con medidas de austeridad en la contratación de los servicios telefónicos, solicitados por las distintas Jurisdicciones, a las empresas prestadoras;
Que siendo el tema que nos ocupa, de exclusiva competencia de la Secretaría General de la Gobernación, a través de la Dirección Provincial de Comunicaciones, por estar comprendido dentro de sus acciones y funciones, resulta necesario a los fines precedentes, efectuar un relevamiento de todo el parque telefónico que involucra a la Administración Pública, centralizada y descentralizada;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorízase a la Secretaría General de la Gobernación a
efectuar un relevamiento del estado de situación de la totalidad de los
servicios telefónicos contratados a la fecha por la Administración Pública
centralizada y descentralizada, como así también el control del gasto, pudiendo
a tales efectos, requerir las facturaciones pertinentes, producidas por las
compañías prestadoras del servicio telefónico, pudiendo delegar tal cometido en
la Dirección Provincial de Comunicaciones.
ARTICULO 2º: A partir de la fecha del presente Decreto, toda contratación a realizar por las distintas Jurisdicciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, ante las empresas prestadoras del Servicio Básico Telefónico, deberán contar previamente con la intervención de la Dirección Provincial de Comunicaciones.
ARTICULO 3º: En un término no mayor de ciento veinte (120) días la Dirección Provincial de Comunicaciones deberá elevar a la Secretaría General de la Gobernación un documento donde quede reflejado la situación actual y las medidas que se tomaron para mejorar el uso y bajar los costos.
ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial”. Cumplido archívese.