DECRETO 2991/96

 

La Plata, 12 de Agosto de 1996.

 

Visto el expediente Nº 2733-714/94, por el cual se tramita la asignación de la jornada laboral de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor como así también el adicional por destino, que prevé el artículo 25º, inciso c) de la Ley 10430 -Texto Ordenando según Decreto Nº 1869/96-, para el personal que se desempeñe en la Reserva Natural Provincial Dunas del Atlántico, con asiento en el Partido de Mar Chiquita, dependiente de la Dirección de Administración y Conservación de Recursos Naturales del Ministerio de Asuntos Agrarios; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, conforme surge de fs. 1/2, se informa las múltiples razones de orden laboral y conservacionista que permitirían una adecuada planificación de la Reserva en cuestión;

 

Que, a fs. 19 se amplía los fundamentos, en lo que concierne al otorgamiento del Adicional por Destino que prevé el Artículo 25 inciso “c”, de la norma legal mencionada precedentemente;

 

Que, mediante Decreto Nº 3007/93 se ha incorporado al Artículo 4º del Decreto Nº 786/91 el Decreto Nº 10.177/87, que estableció para otras Reservas Naturales de la misma Jurisdicción el régimen de cuarenta y cinco (45) horas de labor modificado a cuarenta y ocho (48) horas semanales mediante el Decreto Nº 786/91;

 

Que, la Dirección Provincial del Personal de la Provincia, Contaduría General de la Provincia y Asesoría General de Gobierno, concuerdan en forma favorable al otorgamiento del mayor régimen horario como así también el Adicional por Destino, para los agentes que se desempeñen en el referido servicio;

 

Que, conforme surge, el agente Ricardo Walter CAÑETE, ha sido trasladado, por razones de reordenamiento de esta Jurisdicción, a la referida Reserva Natural, revistando ya con el régimen de cuarenta y ocho (48) horas, en razón a que se desempeñaba en el Parque Provincial Ernesto Tornquist, restando acordarle el Adicional por Destino;

 

Que, atento a la conformidad prestada por el señor Subsecretario de Pesca y Recursos Naturales y el señor Ministro de Asuntos Agrarios, a la presente gestión, es procedente dictar el presente acto administrativo;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Establécese a partir de la fecha de este acto, en Jurisdicción XI – MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS- para el personal que preste servicios en la Reserva Natural Dunas del Atlántico ubicada en el Partido de Mar Chiquita, dependiente de la Dirección de Administración y Conservación de Recursos Naturales, el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, establecido en el Decreto 786/91 y el Adicional por Destino, que prevé el artículo 25º, inciso c) de la Ley 10430 -Texto Ordenando según Decreto Nº 1869/96, consistente en el 30% del sueldo de la categoría de revista de cada agente.

 

ARTÍCULO 2.- Asígnase, a partir de la fecha de este acto, en Jurisdicción XI – MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS- al agente Ricardo Walter CAÑETE (DNI. 14.463.625-Clase 1961), el Adicional por Destino que prevé el artículo 25º, inciso c) de la Ley 10430 –Texto Ordenando según Decreto Nº 1869/96, quien revista en la Categoría 13, Código 4-0374-VI-1, Guardaparque Encargado, del Agrupamiento Personal Técnico, con régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, en la Dirección de Administración  y Conservación de Recursos Naturales, Reserva Natural Dunas del Atlántico ubicada en el Partido de Mar Chiquita, consistente

en el 30% del sueldo de la categoría de revista del nombrado, por los motivos expresados en los considerandos de este acto.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en los Departamento de Asuntos Agrarios.

 

ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.