Fundamentos de la

Ley 11644

HONORABLE LEGISLATURA:

 

            Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad un proyecto de ley por medio del cual se aprueba el convenio subsidiario celebrado entre la Nación Argentina y la provincia de Buenos Aires, con fecha 21 de marzo de 1994 para la ejecución del Proyecto de Saneamiento y Control de Inundaciones de la Cuenca del Río Reconquista.

            Resulta menester destacar que por intermedio del precitado acuerdo, el Estado nacional transfiere a la Provincia los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Préstamo número 797/OC-AR, otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo por un monto de hasta dólares ciento cincuenta millones (U$S 150.000.000), destinados a financiar parcialmente el mencionado proyecto hídrico.

            En tal sentido, se destaca que, de conformidad a lo dispuesto en el contrato referenciado, le corresponde a la provincia de Buenos Aires actuar con organismo ejecutor, a través de la unidad de coordinación creada en el ámbito del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

            Por otra parte, es dable poner de manifiesto que el Poder Ejecutivo ha sido autorizado por el artículo 3 de la Ley 11.497, a suscribir convenios y toda otra documentación complementaria con el Estado nacional, a fin de formalizar las cesiones de derechos y obligaciones emergentes de las operaciones crediticias externas concertadas por este último con el B.I.D., el O.E.C.F. y demás organismos internacionales que participen en la financiación del emprendimiento.

            En mérito a las consideraciones vertidas, y dando cumplimiento a lo prescripto por el artículo 5 de la citada norma legal, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo, la pronta sanción del proyecto adjunto.

 

                                                            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.