Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución Nº 196/16
Visto el expediente Nº 5847-792430/16, los artículos Nº 8 y Nº 9 de
CONSIDERANDO
Que es prioritario en el marco de la política pública provincial garantizar
el normal funcionamiento de los establecimientos educativos de
Que debido al inminente cambio de estación climática y teniendo en cuenta la
extensión y diversidad climatológica de
Que a partir del relevamiento periódico que realiza
Que de acuerdo a lo informado por
Que las transferencias a los Consejos Escolares se efectuarán de acuerdo con los coeficientes aprobados por Resolución Nº 1.912/15;
Que a su vez, resulta pertinente delegar en
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
el artículo 69 inciso e) de
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el incremento del Fondo Provincial Compensador de Mantenimiento de Establecimientos Educativos, por la suma total de pesos trece millones ($ 13.000.000) destinado a atender las necesidades relacionadas a mantenimiento e instalación y/o adquisición del sistema de calefacción de los establecimientos educativos provinciales de gestión estatal a fin de garantizar su normal funcionamiento.
ARTÍCULO 2º. Establecer que la suma autorizada será distribuida a los Consejos Escolares de acuerdo al coeficiente del Fondo Provincial Compensador de Mantenimiento de Establecimientos Educativos aprobados por Resolución Nº 1.912/15, indicados en el Anexo I y Anexo II, los cuales constan de tres fojas y una foja respectivamente y forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º. Establecer que a través de
ARTÍCULO 4º. Autorizar a
ARTÍCULO 5º. La presente resolución será refrendada por
ARTÍCULO 6º. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo
en
María José García Santillán Alejandro Finocchiaro
Subsecretaria Administrativa Director General de
Cultura y Educación
ANEXO I
Distrito Mantenimiento
Adquisición
Sist. Calefacción-Gas
ADOLFO ALSINA $ 49.920,00
ADOLFO GONZALES CHAVES $ 37.700,00
ALBERTI $ 25.870,00
ALMIRANTE BROWN $ 338.000,00
ARRECIFES $ 43.420,00
AVELLANEDA $ 194.610,00
AYACUCHO $ 64.350,00
AZUL $ 103.610,00
BAHIA BLANCA $ 226.980,00
BALCARCE $ 75.660,00
BARADERO $ 50.180,00
BENITO JUAREZ $ 41.340,00
BERAZATEGUI $ 230.620,00
BERISSO $ 84.500,00
BOLIVAR $ 73.320,00
BRAGADO $ 60.320,00
BRANDSEN $ 49.270,00
CAMPANA $ 102.700,00
CAÑUELAS $ 71.500,00
CAPITAN SARMIENTO $ 27.040,00
CARLOS CASARES $ 49.400,00
CARLOS TEJEDOR $ 43.680,00
CARMEN DE ARECO $ 35.360,00
CASTELLI $ 24.570,00
CHACABUCO $ 69.030,00
CHASCOMUS $ 59.410,00
CHIVILCOY $ 84.630,00
COLON $ 31.590,00
CORONEL DORREGO $ 45.890,00
CORONEL PRINGLES $ 53.430,00
CORONEL ROSALES $ 70.850,00
CORONEL SUAREZ $ 71.500,00
DAIREAUX $ 40.690,00
DOLORES $ 40.040,00
ENSENADA $ 54.600,00
ESCOBAR $ 156.000,00
ESTEBAN ECHEVERRIA $ 191.620,00
EXALTACION DE
EZEIZA $ 124.800,00
FLORENCIO VARELA $ 334.750,00
FLORENTINO AMEGHINO $ 22.620,00
GENERAL ALVARADO $ 51.740,00
GENERAL ALVEAR $ 36.790,00
GENERAL ARENALES $ 28.470,00
GENERAL BELGRANO $ 32.240,00
GENERAL GUIDO $ 20.410,00
GENERAL
GENERAL LAS HERAS $ 30.290,00
GENERAL LAVALLE $ 21.450,00
GENERAL MADARIAGA $ 47.060,00
GENERAL PAZ $ 32.240,00
GENERAL PINTO $ 33.670,00
GENERAL PUEYRREDON $ 306.540,00
GENERAL RODRIGUEZ $ 93.080,00
GENERAL SAN MARTIN $ 228.670,00
GENERAL VIAMONTE $ 36.790,00
GENERAL VILLEGAS $ 74.360,00
GUAMINI $ 44.200,00
HIPOLITO YRIGOYEN $ 21.450,00
HURLINGHAM $ 104.520,00
ITUZAINGO $ 77.480,00
JOSE C. PAZ $ 170.300,00
JUNIN $ 102.830,00
LANUS $ 242.580,00
LAPRIDA $ 34.190,00
LAS FLORES $ 55.250,00
LEANDRO N. ALEM $ 36.920,00
LEZAMA $ 15.860,00
LINCOLN $ 79.820,00
LOBERIA $ 56.680,00
LOBOS $ 58.760,00
LOMAS DE ZAMORA $ 379.470,00
LUJAN $ 100.490,00
MAGDALENA $ 47.320,00
MAIPU $ 28.080,00
MALVINAS ARGENTINAS $ 184.730,00
MAR CHIQUITA $ 46.150,00
MARCOS PAZ $ 60.580,00
MERCEDES $ 77.220,00
MERLO $ 368.940,00
MONTE $ 34.190,00
MONTE HERMOSO $ 13.390,00
MORENO $ 362.440,00
MORON $ 169.780,00
NAVARRO $ 39.910,00
NECOCHEA $ 108.550,00
NUEVE DE JULIO $ 86.580,00
OLAVARRIA $ 145.340,00
PATAGONES $ 89.830,00
PEHUAJO $ 86.060,00
PELLEGRINI $ 19.110,00
PERGAMINO $ 116.350,00
PILA $ 25.220,00
PILAR $ 206.050,00
PINAMAR $ 25.350,00
PRESIDENTE PERON $ 76.050,00
PUAN $ 44.460,00
PUNTA INDIO $ 26.910,00
QUILMES $ 367.640,00
RAMALLO $ 50.310,00
RAUCH $ 41.210,00
RIVADAVIA $ 39.910,00
ROJAS $ 44.200,00
ROQUE PEREZ $ 35.880,00
SAAVEDRA $ 39.130,00
SALADILLO $ 61.360,00
SALLIQUELO $ 18.980,00
SALTO $ 43.680,00
SAN ANDRES DE GILES $ 50.310,00
SAN ANTONIO DE ARECO $ 33.280,00
SAN CAYETANO $ 23.010,00
SAN FERNANDO $ 121.030,00
SAN ISIDRO $ 111.930,00
SAN MIGUEL $ 158.600,00
SAN NICOLAS $ 122.330,00
SAN PEDRO $ 89.440,00
SAN VICENTE $ 73.060,00
SUIPACHA $ 24.830,00
TANDIL $ 124.540,00
TAPALQUE $ 37.180,00
TIGRE $ 240.890,00
TORDILLO $ 11.830,00
TORNQUIST $ 43.940,00
TRENQUE LAUQUEN $ 85.150,00
TRES ARROYOS $ 82.940,00
TRES DE FEBRERO $ 150.930,00
TRES LOMAS $ 20.020,00
VEINTICINCO DE MAYO $ 78.390,00
VICENTE LOPEZ $ 76.570,00
VILLA GESELL $ 27.690,00
VILLARINO $ 86.840,00
ZARATE $ 110.630,00
CONSOLIDADO 135 DISTRITOS $ 13.000.000,00
ANEXO II
INSTRUCTIVO
Los Consejos Escolares deben destinar el monto transferido para efectuar, únicamente, en Establecimientos Educativos el mantenimiento, adquisición de nuevos sistemas de calefacción y/o calefactores a ser instalados y/o efectuar reemplazos, pudiéndose atender asimismo las reparaciones que fuere menester de las instalaciones preexistentes.
Se deja aclarado que todas las intervenciones que se efectúen deben contar con el aval del personal técnico distrital de esta Dirección Provincial de Infraestructura Escolar como así también de personal idóneo matriculado en la materia.
En aquellos casos que las inversiones que se realicen demanden la
adquisición de Bienes de Capital, los Consejos Escolares, en su calidad de
“Registro Patrimonial de 2º Orden”, deben dar cumplimiento a los establecido –
Art 52 de
C.C. 5698