GOBIERNO DE L PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETO Nº 1290/2020

LA PLATA, BUENOS AIRES

Jueves 31 de Diciembre de 2020

VISTO el expediente EX-2020-12189371-GDEBA-HZGMBMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se propicia laaceptación de la renuncia de Alejandro Darío AYUB al cargo de Director Asociado del Hospital Zonal "General ManuelBelgrano" de General San Martín, y la designación en su reemplazo del Médico Alberto Miguel SARTORIO, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente se propicia la aceptación de la renuncia de Alejandro Darío AYUB al cargo de Director Asociado, conun régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer laprofesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Zonal "General Manuel Belgrano" deGeneral San Martín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y CuidadosIntegrales en Salud, en el que fuera oportunamente designado por Decreto Nº 1485/12, de acuerdo a lo establecido por elartículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96,en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;

Que es procedente limitar los alcances del artículo 3º del Decreto Nº 1485/12, dejando establecido que Alejandro DaríoAYUB, se reintegra a su cargo de revista como Médico de Hospital “B” - Especialidad: Clínica Quirúrgica en elestablecimiento citado en el exordio del presente, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horassemanales de labor y el beneficio de bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito dela Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 de la reglamentación de la Ley N° 10.471,aprobada por Decreto N° 3589/91;Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que el agente saliente no registra actuaciones sumariales pendientesde resolución;Que, en consecuencia, se propicia designar en su reemplazo, a partir del 11 de febrero de 2020, como Director Asociado,con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total paraejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Zonal "General Manuel Belgrano"de General San Martín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y CuidadosIntegrales en Salud, al Médico Alberto Miguel SARTORIO;Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria, en virtud de lo dispuesto en el artículo8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;

Que dicha medida se exceptúa de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E y modificatorios;

Que, en virtud del trámite propiciado, Alberto Miguel SARTORIO reserva el cargo que posee como Médico de Hospital ”A” -Especialidad: Oftalmología - treinta y seis (36) horas semanales de labor en el nosocomio de marras, mientras sedesempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430(Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de laLey N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría deEmpleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial dePresupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de laProvincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 10 de febrero de 2020, la renunciapresentada por Alejandro Darío AYUB (DNI N° 12.808.426 - Clase 1958), al cargo de Director Asociado, con un régimen decuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fueradel ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Zonal "General Manuel Belgrano" de General San Martín,dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, en e lque fuera oportunamente designado por Decreto Nº 1485/12, de acuerdo a lo establecido por el artículo 14 inciso b) de laLey Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con elartículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.

ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 10 de febrero de 2020, los alcances delartículo 3º del Decreto Nº 1485/12, dejando establecido que el profesional citado en el artículo precedente retomará sucargo de revista como Médico de Hospital “B” - Especialidad: Clínica Quirúrgica, en el Hospital Zonal "General ManuelBelgrano" de General San Martín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención yCuidados Integrales en Salud, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y elbeneficio de bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera ProfesionalHospitalaria, de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 de la reglamentación de la Ley N° 10.471, aprobada por DecretoN° 3589/91.

ARTÍCULO 3º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 11 de febrero de 2020, al MédicoAlberto Miguel SARTORIO (DNI N° 11.488.484 - Clase 1954), como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho(48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de laCarrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Zonal "General Manuel Belgrano" de General San Martín, dependiente de laDirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, de conformidad con loestablecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 4°. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 11 de febrero de 2020, el cargo queposee el profesional citado en el artículo precedente, como Médico de Hospital ”A” - Especialidad: Oftalmología, con unrégimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal "General Manuel Belgrano" de General SanMartín, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales enSalud, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 dela Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con elartículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y deJefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador