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Fundamentos
de la
Ley
11690
La democracia tiene en los cuerpos
deliberativos una, sino la más importante, de sus instituciones
representativas; la Constitución Provincial recientemente remozada,
constituye una muestra contundente de la búsqueda en el perfeccionamiento de
los mecanismos de participación y de expresión popular.
Es en el sentido anteriormente
apuntado que proponemos, para su incorporación en la Ley Orgánica
de las Municipalidades, la posibilidad de acercar a distintos puntos de un
mismo partido las sesiones de su concejo deliberante, según queda explicitado
en el texto del proyecto que acompañamos, de manera de cumplir con dos
objetivos básicos: el primero en cuanto a poder participar directamente a una
zona cuando el tratamiento de alguna cuestión la involucre trascendentalmente
y el segundo poder disponer de un recinto adecuado cuando cuestiones de
naturaleza no convencionales así lo demanden.
Por las razones expuestas es que
solicitamos el voto afirmativo de este H. Cuerpo para la aprobación del
presente proyecto de ley.
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