Fundamentos de la

Ley 11690

 

 

            La democracia tiene en los cuerpos deliberativos una, sino la más importante, de sus instituciones representativas; la Constitución Provincial recientemente remozada, constituye una muestra contundente de la búsqueda en el perfeccionamiento de los mecanismos de participación y de expresión popular.

            Es en el sentido anteriormente apuntado que proponemos, para su incorporación en la Ley Orgánica de las Municipalidades, la posibilidad de acercar a distintos puntos de un mismo partido las sesiones de su concejo deliberante, según queda explicitado en el texto del proyecto que acompañamos, de manera de cumplir con dos objetivos básicos: el primero en cuanto a poder participar directamente a una zona cuando el tratamiento de alguna cuestión la involucre trascendentalmente y el segundo poder disponer de un recinto adecuado cuando cuestiones de naturaleza no convencionales así lo demanden.

            Por las razones expuestas es que solicitamos el voto afirmativo de este H. Cuerpo para la aprobación del presente proyecto de ley.