Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa N° 40
La Plata, 20 de diciembre de 2016.
VISTO el expediente Nº 22700-7368/16, la ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario N° 1.300/16y las facultades otorgadas a esta Agencia de Recaudación por la Ley N° 13.766, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 13.766 de creación de esta Agencia de Recaudación se estableció en su artículo 9 incisos h) y j) la facultad y obligación del Director Ejecutivo de delegar facultades de su competencia en el personal superior de la Agencia y la de disponer la autorización y aprobación de las contrataciones que sean necesarias para el desenvolvimiento de las finalidades y funciones de la misma, respectivamente;
Que oportunamente esta Dirección Ejecutiva dictó la Resolución Normativa N° 26/16 mediante la cual se delegaron diversas facultades a distintas áreas de esta Agencia a los efectos de promover la agilización de los trámites de autorización y aprobación de las contrataciones;
Que con posterioridad al dictado de dicha Resolución, fue reglamentada mediante Decreto N° 1.300/16 la Ley N° 13.981, que regula e incorpora el Subsistema de Contrataciones del Estado a la Ley de Administración Financiera del Sector Público de la Provincia de Buenos Aires;
Que el mencionado Decreto consigna claramente en su Anexo II los niveles de decisión y cuadros de competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios por lo que resulta procedente derogar la Resolución Normativa N° 26/16;
Que en lo que respecta a la facultad de autorizar otros pagos cuya delegación fuera dispuesta por la Resolución Normativa que por la presente se deroga se estima conveniente utilizar las unidades de contratación (U.C.) como criterio para su delegación, tal como se efectúa en las leyes N° 14.815 y 13.981;
Que en orden a lo expuesto corresponde derogar la Resolución N° 26/16 y delegar conforme lo que aquí se resuelve los pagos correspondientes a expensas comunes de inmuebles locados por la Agencia, y la autorización de transferencias bancarias necesarias para la adquisición de Órdenes de Pago Intransferibles (O.P.I.) para la atención del gasto de combustibles, lubricantes, reparaciones y demás servicios que se encuentren dentro del marco normativo de los Decretos N° 2.918/04 y 3.150/09 (Sistema BAPRO – COPRES);
Que asimismo en pos de agilizar y evitar demoras en su gestión de pago, se estima pertinente delegar la facultad de autorizar pagos derivados de contratos de locación debidamente aprobados por autoridad competente, cuya vigencia hubiere operado y continuara su ocupación en los mismos términos contratados y, por otra parte, delegar en el Gerente General de Administración la facultad de autorizar los pagos de capital y reconocer y autorizar el pago de intereses, en el marco de las reubicaciones que disponga en ejercicio de las potestades que se le delegaran por Resolución Normativa N° 27/16;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º incisos h) y j) de la Ley 13.766 y artículo 78 de la Ley Nº 13.767 y Decreto Nº 3.260/08;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Delegar en el Gerente General de Administración y en el Gerente de Presupuesto y Contabilidad, indistintamente, la facultad de disponer los pagos en concepto de expensas comunes derivados de los contratos de locación de inmuebles, que hayan sido debidamente aprobados mediante acto de autoridad competente, hasta la suma equivalente a diez mil (10.000) Unidades de Contratación (U.C.).
ARTÍCULO 2°. Delegar la facultad de autorizar pagos derivados de contratos de locación debidamente aprobados por autoridad competente, cuya vigencia hubiere operado y continuara su ocupación en los mismos términos contratados, en el Gerente General de Administración cualquiera fuere el monto del canon locativo y, en el Gerente de Presupuesto y Contabilidad hasta la suma equivalente a dos mil (2.000) Unidades de Contratación (U.C.).
(*)ARTÍCULO 3°. Delegar en el Gerente General de Administración la facultad de realizar las transferencias bancarias para la adquisición de Órdenes de Pago Intransferibles (O.P.I.) para la atención del gasto de combustibles, lubricantes, reparaciones y demás servicios que se encuentren dentro del marco normativo de los Decretos N° 2.918/04 y 3.150/09 (Sistema BAPRO – COPRES).
(*)ARTÍCULO 5º. Delegar en el Gerente General de Administración en el marco de las reubicaciones que disponga en ejercicio de las potestades que se le delegaran por Resolución Normativa N° 27/16, en el mismo acto y previo cumplimiento de las instancias pertinentes, la facultad de autorizar los pagos de capital y, en su caso, reconocer y autorizar el pago de intereses.
(*) Se mantuvo la numeración del articulado según el original de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6°. Derogar la Resolución Normativa N° 26/16.
ARTÍCULO 7°. Dejar establecido que la delegación de facultades dispuesta por Resolución Normativa N° 26/16 subsiste para la aprobación de las ampliaciones y/o prórrogas de los contratos aprobados en uso de dichas potestades.
ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Gastón Fossati
Director Ejecutivo
C.C. 218.600