DEROGADO POR DECRETO 1904/85
DECRETO 3098/76
LA PLATA, 12 de JULIO de 1976.
VISTO el expediente n° 2400-3302 de 1976, del Ministerio de Obras Públicas, por el que el Consejo Profesional de la Ingeniería solicita la actualización de los aranceles aprobados por el Decreto n° 6964/65, para la regulación de los Profesionales de la Ingeniería; y
CONSIDERANDO:
Que por el citado decreto fue aprobado el “Arancel para Regulación de Honorarios a los Profesionales de la Ingeniería”, modificatorios de los vigentes números 10.228/52 y 10.992/56;
Que todos los valores monetarios enunciados en el citado Decreto n° 6964/65 se hallan expresados en pesos moneda nacional;
Que la desvalorización sufrida por la unidad monetaria de nuestro país durante el período 1965-1975 ha distorsionado las escalas de valores del Arancel;
Que en tal virtud, resulta imprescindible proceder a la actualización de los valores expresados en dicho Arancel, de forma tal de llegar con aproximación a los valores en juego reales;
Que, de conformidad con lo dictaminado por el señor Asesor General de Gobierno y la vista del señor Fiscal de Estado,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Determínase que, a partir de la fecha del presente decreto, todos los valores monetarios enunciados en el Decreto n° 6964/65, deben ser considerados como expresado en pesos Ley 18.188, vale decir que donde se lee $ 1.000.000 m/n., deberá
interpretarse como $ 1.000.000,00 Ley 18.188.
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Obras Públicas.
ARTICULO 3°.- Notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y pase al Ministerio de Obras Públicas (Consejo Profesional de la Ingeniería) para su conocimiento y demás efectos.