LEY 15297
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1°: Institúyase en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires el 19 de noviembre de cada año como Día Provincial para la Prevención del Abuso contra Niñas, Niños y Adolescentes.
ARTÍCULO 2°: Encomiéndase al Poder Ejecutivo realizar actividades de concientización social y educación preventiva en torno a la necesidad de prevenir, evitar, combatir y sancionar el abuso sexual contra niñas, niños y adolescentes.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil veintiuno.