Fundamentos de la

 Ley 11546

 

            El presente proyecto persigue una modificación sustancial al régimen del Servicio provincial de Agua Potable y Saneamiento rural (SPAR) creado por el Decreto-Ley 7533/1969.

            Fundamentalmente amplía las facultades y posibilidades operacionales del organismo, permitiéndole la realización de otros emprendimientos, más allá de los originarios, constituidos por el Plan Nacional de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento rural como por ejemplo la ejecución de proyectos u obras con otro tipo de financiamiento.

            Lo faculta ha celebrar convenios con otras personas jurídicas tendientes a posibilitar la ejecución y planificación de obras conforme a sus nuevas facultades.

            Con la agregación de nuevos incisos al artículo 3r, se actualiza el Decreto-Ley 7533/1969 de Creación del SPAR, ya que la misma data del año 1.969, y la experiencia y el permanente crecimiento del Organismo, han determinado un importante cúmulo de nuevas tareas primordialmente referidas al control de los servicios, el poder de policía estadual y las innovaciones tecnológicas apuntadas.

            Modifica asimismo el órgano de gobierno institucional proponiendo una autoridad unipersonal representada por el presidente. Con ello se ajusta el funcionamiento del organismo a un concepto de racionalidad y austeridad en su estructura administrativa.

            Esta experiencia puesta en práctica en su desenvolvimiento actual, ha demostrado que ha sido un elemento vital para el accionar ágil y eficientemente del S.P.A.R.

            Persigue el proyecto, dotar al Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural, de recursos genuinos provenientes de actividades que el Organismo efectúa en virtud de las facultades que le otorga la ley, describiendo estas percepciones en los incisos f, g y h agregados al artículo 9.

            La modificación del régimen de administración, conjuntamente con la creación de fondos percibidos por sus prestaciones o sanciones, optimizará la efectividad, seguridad y salubridad del servicio público prestado.

            Es por las razones expuestas, que solicitamos el voto favorable de los señores legisladores, para la aprobación del presente proyecto de ley.