Fundamentos de la
Ley 11087
El hábito de fumar, tan arraigado en el seno de nuestra sociedad y que tanto problemas en la salud de la población genera, constituye una verdadera endemia y epidemia, que ha sido calificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como la más grave enfermedad prevenible existente en la actualidad.
Para el citado organismo internacional, el acto sistemático de fumar constituye una adicción que coloca a quien lo practica en una dependencia psíquica y física, con el consiguiente riesgo para su salud y la contaminación ambiental.
Se le considera responsable de casi el noventa por ciento (90%) de todos los casos de cáncer de pulmón, del setenta y cinco por ciento (75%) de los casos de bronquitis crónica y del veinticinco por ciento (25%) de las coronariopatías en varones de menos de sesenta y cinco (65) años de edad. Se calcula asimismo que el treinta por ciento (30%) de los casos de cáncer están relacionados con el uso del tabaco.
Los mencionados, constituyen los riesgos principales del hábito de fumar, pero al propio tiempo también incide en la provocación de muchas otras afecciones y manifestaciones patológicas causadas o agravadas significativamente por el consumo tabáquico, como por ejemplo: úlcera gástrica, odontopatías y complicaciones del embarazo, entre otras.
El aspecto más negativo del problema se encarna en que estos efectos en los fumadores directos también alcanzan al denominado fumador pasivo, por la contaminación ambiental interior, pues se ve obligado a inhalar el aire viciado.
En aras de buscar soluciones respetuosas del libre albedrío de las personas, se ha sancionado por el Congreso Nacional la ley № 23.344 por la que se obliga a incluir la leyenda mencionada en este proyecto en los envases de cigarrillos, tabacos y todo otro producto destinado a fumar.
Siguiendo dicha orientación, y con finalidad de contribuir al esclarecimiento de la opinión pública sobre esta cuestión, y tender al mejoramiento de las salud y la calidad de vida de nuestros habitantes, es que se propone la sanción como ley del presente proyecto, el cual se pone a la consideración de esta Honorable Legislatura.