Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución Nº 214

 

La Plata, 28 de noviembre de 2013.

 

VISTO que por expediente Nº 21.100-776.620/13 se tramita ofrecimiento público de recompensa, solicitado por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 10 del Departamento Judicial de La Matanza, a quien brinde información tendiente a individualizar y detener a los autores del homicidio de JULIO CÉSAR MEDINA (IPP Nº 05-00- 000097-12), y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Nº 2052/98 y sus modificatorios, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema de recompensas para las personas que aporten datos, informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a fin de contribuir al esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia, como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen;

 

Que de conformidad a lo previsto por el Decreto Nº 997/03 el Ministerio de Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado para seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá recompensa;

 

Que por intermedio de la Dirección de Búsqueda e Identificación de Personas Desaparecidas, dependiente de la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, se han recabado los antecedentes del caso;

 

Que, según da cuenta el Agente Fiscal que interviene en la investigación, el día 2 de enero de 2012, siendo aproximadamente las 22.30 horas, JULIO CÉSAR MEDINA se encontraba junto a cuatro amigos en las inmediaciones de la Escuela Nº 203, sita en la calle Besares entre Huemul y Mongofiel de la localidad de González Catán, cuando vieron pasar dos motovehículos conducidos por dos sujetos masculinos y uno de ellos comenzó a efectuar disparos de arma de fuego, dándose a la fuga, a consecuencia de ello, MEDINA resultó lesionado por un proyectil en el cráneo, falleciendo en el Hospital Zonal General de Agudos “Simplemente Evita” de González Catán;

 

Que, pese a las medidas investigativas desplegadas, no se han obtenido resultados suficientes para la individualización y detención de los autores del hecho delictivo, razón por la cual se considera viable el ofrecimiento de recompensa propuesto;

 

Que, en su mérito, deviene menester ofrecer pública recompensa a quienes aporten información que permita la individualización y detención de los autores del homicidio de JULIO CÉSAR MEDINA, fijándose un monto entre la suma de pesos veinte mil ($ 20.000) y pesos cien mil ($ 100.000), de acuerdo a la naturaleza de la información que se brinde;

 

Que la Dirección General de Administración, por intermedio de la Dirección de Presupuesto, ha fijado la correspondiente imputación presupuestaria (fojas 54);

 

Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquéllas podrán hacerlo ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, quienes se encuentran facultados para adoptar tal medida, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 10 del Departamento Judicial de La Matanza, o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, haciendo saber que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento;

 

Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea transmitida por los medios de comunicación masivos nacionales y locales del lugar donde se produjo el hecho para conocimiento de la población, a cuyo fin se remitirá copia de la presente y su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 2.390/07;

 

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, y los Decretos Nº 2.052/98 y Nº 997/03;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. OFRECER PÚBLICA RECOMPENSA, entre la suma de pesos veinte mil ($ 20.000) y pesos cien mil ($ 100.000) a quienes aporten información fehaciente que contribuya a la individualización y detención de los autores del homicidio de JULIO CÉSAR MEDINA, cuyos datos personales obran en el Anexo de la presente.

 

ARTÍCULO 2°. El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información en los términos del Decreto Nº 2052/98, la Resolución Ministerial Nº 2390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.

 

ARTÍCULO 3°. Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos precedentes podrán hacerlo con reserva de identidad presentándose ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 10 del Departamento Judicial de La Matanza o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.

 

ARTÍCULO 4°. Remitir copia de la presente con su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires para que arbitre las medidas necesarias a efectos de posibilitar su difusión masiva nacional y local del lugar donde se produjo el hecho (González Catán, partido de La Matanza).

 

ARTÍCULO 5°. Registrar. Publicar en el Boletín Informativo y Boletín Oficial. Comunicar a la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 10 del Departamento Judicial de La Matanza. Comunicar a la Dirección General de Administración y a la Unidad de Comunicación Institucional. Cumplimente con ello la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, dejando debida constancia en este expediente. Cumplido, pase a Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas y, posteriormente, archivar.

 

Alejandro Santiago Granados

Ministro de Seguridad

 

ANEXO

 

PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA

HOMICIDIO DE JULIO CÉSAR MEDINA

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública recompensa entre la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) y PESOS CIEN MIL ($ 100.000), de conformidad a lo previsto por el Decreto Nº 2052/98 y Nº 997/03, a las personas que aporten información fehaciente que contribuya a individualizar y detener a los autores del homicidio de JULIO CÉSAR MEDINA, quien el día 2 de enero de 2012 siendo aproximadamente las 22:30 horas, se encontraba junto a cuatro amigos en las inmediaciones de la Escuela Nº 203, sita en la calle Besares entre Huemul y Mongofiel de la localidad de González Catán, cuando vieron pasar dos motovehículos conducidos por dos sujetos masculinos comenzando uno de ellos a efectuar disparos de arma de fuego, dándose a la fuga; a consecuencia de ello, MEDINA resultó lesionado por un proyectil en el cráneo, falleciendo en Hospital Zonal General de Agudos “Simplemente Evita” de González Catán.

Interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 10 del Departamento Judicial de La Matanza (IPP Nº 05-00-000097-12).

Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 10 del Departamento Judicial de La Matanza (sita en Avenida Perón Nº 3264, San Justo, teléfonos (011) 4484- 7595/4482-7469) o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas (sita en calle 2 entre 51 y 53, La Plata, Provincia de Buenos Aires, teléfonos 0221- 4293015), haciendo conocer su pretensión de cobro de la recompensa ofrecida.

El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades señaladas, haciendo conocer que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto Nº 2052/98, la Resolución Ministerial 2390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.

Se asegura estricta reserva de identidad.

C.C. 12.932