Fundamentos de la
Ley 11950
La temática de la salud poblacional, ocupa un lugar de preponderancia dentro de los objetivos del gobierno bonaerense. Mucho se ha realizado en apoyo de los sectores que más requieren en materia de salubridad, por lo que se estima necesario continuar en la búsqueda y perfeccionamiento del sistema. En ese sentido este proyecto persigue garantizar, adecuada y técnicamente la provisión de elementos destinados a corregir deformaciones y/o sustituir, funciones y/o miembros del cuerpo perdido, regulando las condiciones y habilitaciones científicas para el ejercicio de la actividad. Asimismo se establece específicas exigencias y contralores para la habilitación y funcionamiento de establecimientos que provean y/o produzcan este tipo de elementos para su comercialización en el ámbito provincial. Coadyuva para el logro de los fines perseguidos, la expresa exigencia de que solo podrán actuar bajo indicación, prescripción y control médicos previo a la realización de medidas y pruebas de aparatos en los pacientes. La normativa propuesta, tiende a brindar el efectivo control de estas prestaciones, evitando el ejercicio inescrupuloso de quienes no se hallan técnica ni científicamente habilitados para su provisión. Las razones expuestas se consideran suficientes para solicitar la aprobación de este proyecto, que intenta cubrir un vacío normativo existente en materia de salud pública, por lo que requerimos el aval de los señores legisladores para su aprobación.
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