Fundamentos de la

Ley 11850

 

 

            El 1976, el Instituto Provincial de la Vivienda otorgó un préstamo a la comuna de Suipacha para la construcción de viviendas en el barrio Güemes. El mismo estaba destinado a sectores de bajos recursos y contaba con un extenso programa de amortizaciones que alcanzaba a 30 años, estando este último, sujeto a un régimen de actualizaciones.

            Desde la fecha en que nació la obligación económica por el municipio, mayo de 1980, la deuda ha ido siendo cancelada parcialmente en la medida de las posibilidades de las partes.

            El monto de las actualizaciones, que fueron comunicadas por nota, de la que se adjunta copia a estos fundamentos, el 26 de abril de 1994 por el ente acreedor, ascendían a una suma imposible de saldar teniendo en cuenta la situación económico social por la que atravesaban las partes obligadas.

            Como los ajustes se fueron sucediendo en consecuencia de los momentos de gran turbulencia económico financiera de los períodos durante los que estuvo vigente, y pese a que los montos han seguido siendo amortizados hasta la fecha, resulta altamente onerosa su cancelación no sólo para las partes obligadas sino para cualquier ciudadano de ingresos medios.

            Por todo lo antes expuesto y debido a que la municipalidad de Suipacha, paralelamente con los adjudicatarios, gente de trabajo de limitados ingresos, mantienen un compromiso de pago como lo hemos venido sosteniendo en estos fundamentos, es para el erario comunal y aún más para estos últimos una deuda de imposible cumplimiento; pedimos a esta Honorable Cámara que se solidarice y apruebe este proyecto el cual se encuentra cargado de un fuerte sentido social.