FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8076
Ante la presentación efectuada por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas, solicitando la modificación de la Ley 7195 con el propósito de “dar vigencia plena
a disposiciones que en la práctica han presentado inconveniente –por su
interpretación diversa- o se encuentran completamente desactualizadas frente a
la permanente devaluación de nuestro signo monetario”, por resolución número
666 del Ministerio de Gobierno de fecha 28 de agosto de 1972 se designó una
Comisión con representantes del Gobierno de la Provincia y de la
entidad peticionante con el objeto de que realizara el estudio de la norma
precitada y propusiera las reformas que estimara corresponder.
Las conclusiones y sugerencias de la Comisión han sido volcados en el adjunto proyecto
de ley que se inspira en el propósito de adecuar el texto de la Ley 7195 a las actuales
circunstancias económicas y perfeccionar en algunos aspectos el mencionado
instrumento normativo de modo tal que permita una mayor agilidad en materia de
regulación y percepción de honorarios, acorde con antecedentes recogidos de
otras leyes profesionales –como la 5177-, y con la experiencia acumulada en la
práctica por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas a lo largo de la
vigencia de la norma que se pretende modificar.