FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8076

 

Ante la presentación efectuada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, solicitando la modificación de la Ley 7195 con el propósito de “dar vigencia plena a disposiciones que en la práctica han presentado inconveniente –por su interpretación diversa- o se encuentran completamente desactualizadas frente a la permanente devaluación de nuestro signo monetario”, por resolución número 666 del Ministerio de Gobierno de fecha 28 de agosto de 1972 se designó una Comisión con representantes del Gobierno de la Provincia y de la entidad peticionante con el objeto de que realizara el estudio de la norma precitada y propusiera las reformas que estimara corresponder.

Las conclusiones y sugerencias de la Comisión han sido volcados en el adjunto proyecto de ley que se inspira en el propósito de adecuar el texto de la Ley 7195 a las actuales circunstancias económicas y perfeccionar en algunos aspectos el mencionado instrumento normativo de modo tal que permita una mayor agilidad en materia de regulación y percepción de honorarios, acorde con antecedentes recogidos de otras leyes profesionales –como la 5177-, y con la experiencia acumulada en la práctica por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas a lo largo de la vigencia de la norma que se pretende modificar.