DEROGADA POR LEY 8733
LEY 8533
Declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación fracción de terreno ubicada en la localidad de Alejandro Korn, Partido de San Vicente.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad publica y sujeta a expropiación la fracción de terreno ubicada en la intersección de las calles Seguí y Bulevar de Mayo de la localidad de Alejandro Korn, Partido San Vicente, catastralmente denominada como: Circunscripción VIII, Sección F, Manzana 159, Parcelas 7, 8, 9, 10 y 11, propiedad de Carlos Alberto Campos Giménez y/o quien resulte propietario, inscripto su dominio al folio 1209 del año 1949 del precitado Partido.
ARTÍCULO 2.- La fracción señalada en el artículo 1°, será destinada a la Construcción del Centro Cívico de Alejandro Korn, que centralice la Delegación Municipal, la Sala de Primeros Auxilios, el Registro Provincial de las Personas y la Oficina de Correos y Telecomunicaciones.
ARTÍCULO 3.- Establécese el plazo de dos años, a contar de la fecha de la escritura traslativa de dominio a la donataria, para que esta de comienzo de ejecución a las obras proyectadas.
ARTÍCULO 4.- Si se cambiare el destino impuesto por el artículo 2° o no se cumpliere con el plazo impuesto por el artículo anterior se operará la caducidad del acto y reversión del dominio a favor de la Provincia, con todo lo plantado y adherido al suelo sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.