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Fundamentos de la Ley 10386
HONORABLE LEGISLATURA:
La presente ley, declara de utilidad pública y sujeta a expropiación, con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo, al inmueble sito en la calle Garibaldi 853 de la ciudad de Tandil, partido del mismo nombre, cuya nomenclatura catastral es: circunscripción I, sección B, manzana 55, parcela 25c, partida 8389, con destino al funcionamiento de la Escuela de Educación Media y Técnica Nro. 3. Determinada la necesidad de adquirir este inmueble para posibilitar un mejor desempeño de las actividades educativas que cumple dicho establecimiento, que dicho sea de paso, funciona en el inmueble a expropiar, la Dirección General de Escuelas y Cultura realiza innumerables gestiones ante la parte propietaria, que terminan en rotundos fracasos, por sobre todo ante los montos excesivos reclamados, prevaliéndose además de un juicio de desalojo del establecimiento educacional, cuyo lanzamiento sería inminente. Ello motiva la urgencia de la expropiación, con los alcances del art. 38 de la ley de la materia, para que numerosos educandos sigan recibiendo su tan merecida educación.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
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