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Fundamentos de la
Ley 10887
Por la presente Ley se procede
a donar a la
Asociación Pro-Enseñanza Agropecuaria de Tres Arroyos
(Asociación Civil sin fines de lucro -Personería Jurídica R. M. L741/82- ),
una fracción de tierra, que forma parte de la Chacra Experimental
de Barrow –Ministerio de Asuntos Agrarios-,
propiedad de la Provincia
de Buenos Aires.
El inmueble será utilizado para impartir clases
teórico-prácticas a los alumnos de la Escuela Agropecuaria
de dicho instituto. Los planes de estudio, de la escuela, son establecidos
por la Dirección
General de Escuelas y Cultura. Este instituto Educativo
otorga el título de Técnico Agropecuario, luego de cursar las materias
teóricos- prácticas, a lo largo de seis (6) años.
Los planes de estudios están especialmente adaptados a
al economía regional, y requieren para su óptima aplicación amplias
superficies de tierra. El actual plantel estudiantil es de unos trescientos
(300) alumnos.
Considerando la importancia que reviste la enseñanza
agropecuaria en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, es preciso hacerse
eco de la imperiosa necesidad de proveer al productor de la información
actualizada, que realmente pueda lograr la experimentación, cuestión que por
lógica consecuencia traerá aparejada una gran demanda de tierras aptas para
su trabajo.
Esa Escuela Agropecuaria es la única en su tipo en la
zona y recibe alumnos de todos los Partidos circundantes y es importante
destacar que no sólo cumple su misión didáctica específica, si no que es
difusora de técnicas de explotación agropecuaria y de capacitación de
recursos humanos.
Por otra parte, es importante que la Escuela funcione en la
inmediatez de la
Chacra Experimental de Barrow,
pues de esa forma se estrecharán aún más los vínculos existentes entre la
comunidad agraria de la región y los técnicos, profesionales e investigadores
que actúan en el ente oficial.
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