DECRETO 1522/79

 

LA PLATA, 10 DE AGOSTO DE 1979

 

 

VISTO el Decreto nro. 443/79, por el cual se establece la implementación de un sistema de comunicaciones que vincule el Gobierno de la Provincia con los Municipios, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que tal propósito requiere la creación de una planificada Red de Comunicaciones con el objeto de facilitar la conducción de gobierno con las distintas dependencias del interior de la Provincia,

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO 1.- Créase la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, con el fin de interconectar a los Municipios Provinciales con el Gobierno Central.

 

ARTICULO 2.- La cabecera del sistema estará radicado en el área de la Secretaría de Inteligencia de la Gobernación – Centro de Comunicaciones –

Los Sub-Centros que integren el sistema de comunicaciones, estarán radicados en las Municipalidades que correspondan a cada partido de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTICULO 3.- Apruébase el Reglamento Provisorio de la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, destinado a reglamentar el funcionamiento de la Red, el que pasa a formar parte integrante del presente decreto.

 

ARTICULO 4.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTICULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

 

REGLAMENTO PROVISORIO

 

DE LA RED DE COMUNICACIONES

 

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

PARTE I

 

GENERALIDADES

 

I.- NORMAS GENERALES

OBJETIVO GENERAL

 

1.- El presente Reglamento especifica las normas de carácter general, a que deben ajustar su desenvolvimiento los Subcentros de Comunicaciones y/o Estaciones que componen los sistemas de telecomunicaciones de la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, en el cumplimiento de su misión específica y de los requisitos de fidelidad, seguridad y rapidez que deben ser la característica fundamental de toda comunicación.

 

USO, CORRECCIONES Y MODIFICACIONES

 

2.- Será observado en su totalidad, por el personal actuante en los sistemas y mantenido al día con las correcciones y modificaciones que se le introduzcan en directivas particulares y por conducto de los organismos componentes de la cabecera de la Red.

 

AMBITO DE APLICACIÓN

 

3.- El ámbito de aplicación del presente Reglamento comprende a la totalidad de los Subcentros que integran la Red, como así también a la totalidad de Estaciones Radioeléctricas, de Teletipos, de Teléfonos o cualquier medio de comunicación que se integren a la Red y tengan su dependencia técnico-operativo de ésta Secretaría de Inteligencia.

 

II TERMINOS Y DEFINICIONES GENERALES

 

ACLARACION

4.- Con carácter permanente, se usarán las definiciones y términos que se indican a continuación, para señalar operaciones, sistemas, servicios y medios.

 

ALCANCE

5.- El alcance es la máxima distancia a la cual la comunicación resulta inteligible.

 

AUTENTICAR

6.- Comprobación previa en clave, tendiente a determinar si una comunicación, por cualquier medio, la transmite una estación componente del sistema

 

BANDA LATERAL INFERIOR

7.- Banda lateral inferior de una frecuencia determinada

 

BANDA LATERAL INDEPENDIENTE

8.- Sistema de transmisión que posibilita utilizar en forma simultánea las bandas laterales superior e inferior de una frecuencia, enviando por cada una de ellas inteligencias distintas.

 

BANDA LATERAL SUPERIOR

9.- Banda lateral superior de una frecuencia determinada

 

BANDA LATERAL UNICA

10.- Sistema de transmisión que posibilita utilizar indistintamente (no simultánea) la banda lateral superior o inferior de una frecuencia determinada.

 

CARÁCTER

11.- Es la clasificación que determina el remitente a fin de imponer restricciones sobre el tratamiento interno, diseminación del grado y contenido de seguridad que debe darse a un mensaje

 

CENTRO DE COMUNICACIONES

12.- Es la estación cabecera de la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, encargada de transmitir, recepcionar, concentrar y distribuir el tráfico que se curse por cualquier sistema de telecomunicaciones, cumpliendo las disposiciones y procedimientos en vigencia

 

CLAVES.

13.- Es una convención ideada para convertir un texto claro (o inteligible) en otro ininteligible, para todos aquellos que no están en lo convenido.

 

CODIFICAR.

14.- Operación de cifrar en el caso especial de un código. La operación inversa, se llama descodificar.

 

CODIGO

15.- Es un tipo de clave en la cual los números, las letras y cierta sílabas, palabras o frases comunes, tienen correspondientemente asignados los llamados grupos códigos (numéricos y/o literales), de manera que el texto en claro es directamente reemplazado por uno o más grupos código.

 

CONSOLA DE INTEGRACION BLU-VHF

16.- Equipo accesorio que posibilita la integración de un equipo de VHF con uno de BLU

 

CONSOLA DE INTEGRACION VHF – VHF

17.- Equipo accesorio que posibilita la integración entre dos equipos de VHF o más.

 

CONTROL RADIOELECTRICO REMOTO

18.- Es un dispositivo que permite la recepción y transmisión de mensajes radioeléctricos desde lugares apartados de las estaciones de radio,.

 

CORRESPONSALES

19.- Los que cursan entre sí una comunicación; ésta se cursa entre el remitente y el destinatario, pero, en un momento dado de su encaminamiento, son las estaciones o Subcentros las que están cursando entre ellas las comunicaciones. Por lo tanto pueden ser corresponsales:

            1.- El remitente y el o los destinatarios, entre sí (Autoridades – Corresponsales.)

            2.- La estación transmisora y la o las estaciones receptoras, entre sí (Estaciones Corresponsales)

 

DESTINATARIO

20.- Señala la autoridad o funcionario, repartición, institución, etc., a quién se le dirige el mensaje

 

DIRECCION ABREVIADA

21.- Es la agrupación en una sola palabra, de la dirección de las autoridades y organismos autorizados para imponer mensajes. En la Red de Comunicaciones, la palabra “dirección” deberá relacionarse en todos los casos con la de los remitentes y destinatarios de mensajes.

 

DIRECCION TELEGRAFICA

22.- Es una abreviatura del nombre de una autoridad y organismo que se adopte oficialmente (en la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección Centro de Comunicaciones de la Secretaría de Inteligencia) y se registra en la Secretaria de Comunicaciones para uso nacional e internacional

 

DISPERSION IONOSFERICA

23.- Propagación de las ondas radioeléctricas por dispersión como consecuencia de irregularidades y discontinuidades en la ionización de la ionosfera.

 

DISPERSION TROPOSFERICA

24.- Propagación de las ondas radioeléctricas por dispersión como consecuencia de irregularidades y discontinuidades en las propiedades físicas de la troposfera

 

DISTANCIA DE SALTO

25.- Es la distancia entre la antena transmisora y el lugar en que comienzan a recibirse las ondas reflejadas por la ionosfera

 

ENLACE

26.- Comunicación asegurada entre corresponsales

 

ESTACION.

27.- Conjunto de instalaciones capacitadas para recibir y/o transmitir mensajes por cualquier medio de telecomunicaciones

 

ESTACION DE AERONAVE

28.- Estación móvil del servicio móvil aeronáutico instalada a bordo de una aeronave.

 

ESTACION FIJA

29.- Estación de servicio fijo radioeléctrico

 

ESTACION RADIOELECTRICA

30.- Uno o más transmisores o receptores, o una combinación de transmisores y receptores, incluyendo las instalaciones accesorias necesarias para asegurar un servicio de radiocomunicaciones, en un lugar determinado. Las estaciones se clasificarán según el servicio en el que participen de una manera permanente o temporal

 

ESTACION MOVIL RADIOELECTRICA

31.- Estación del servicio móvil radioeléctrico

 

ESTACION TELEIMPRESORA

32.- Conjunto de instalaciones capacitadas para desarrollar un servicio alámbrico entre corresponsales y/o estaciones teleimpresoras.

 

ESTACION TELEFONICA

33.- Conjunto de instalaciones capacitadas para desarrollar un servicio alámbrico entre corresponsales y/o estaciones telefónicas

 

EXCEPTUADO

34.- En los mensajes a múltiples destinatarios, indica el destinatario exceptuado de recibirlo

 

FACSIMIL

35.- Sistema de telecomunicaciones que permite la transmisión de imágenes fijas, con o sin medios tonos, con miras a su reproducción en forma permanente.

 

FRECUENCIA ASIGNADA

36.- Centro de la banda de frecuencia asignada a una estación o subcentro

 

FRECUENCIA MAXIMA UTILIZABLE

37.- Para una distancia y potencia de emisión dada, es la frecuencia para la cual esa distancia es “la distancia de salto”

 

FRECUENCIA MINIMA UTILIZABLE

38.- Para una distancia y potencia de emisión dada, es la frecuencia para la cual esa distancia es el alcance para la potencia utilizada

 

FRECUENCIA OPTIMA DE TRABAJO

39.- Es normalmente el 85% de la frecuencia máxima utilizable

 

FRECUENCIA NORMAL DE TRABAJO

40.- Para una distancia dada es una frecuencia convenientemente elegida entre las máximas y mínimas utilizables, para la distancia y potencia de emisión utilizada.

 

GANANCIA DE UNA ANTENA

41.- La relación entre la potencia necesaria a la entrada de una antena de referencia y la potencia suministrada a la entrada de la antena en cuestión, para que ambas antenas produzcan en una dirección dada, el mismo campo a la misma distancia. Salvo indicación en contrario la cifra que expresa la ganancia de una antena se refiere a la dirección del lóbulo principal de radiación.

 

GRUPO HORARIO DE IMPOSICION

42.- Es la fecha y la hora en que el remitente impone el mensaje en el Subcentro o Estación de Comunicaciones. Está formado por 6 (seis) números que señalan: la fecha, la hora y los minutos en ese orden. Esta anotación corresponde hacerla al organismo de comunicaciones donde se impuso el mensaje

 

GRUPO HORARIO DE ORIGEN

43.- Es la fecha y la hora en que el remitente redacta el mensaje. Esta formado al igual que el anterior por 6 (seis) números

 

GRUPO HORARIO DE TRANSMISION

44.- Es la fecha y la hora en que el subcentro transmisor, transmite al Subcentro receptor del mensaje. Está integrado también de 6 (seis) números.

 

GRUPO HORARIO DE RECEPCION

45.- Es la fecha y hora en que el Subcentro receptor recibe el mensaje del Subcentro transmisor. Esta integrado también por 6 (seis) números

 

INDICATIVOS DE AUTORIDADES

46.- Son grupos de letras, o letras y números, asignados a las autoridades autorizadas para imponer mensajes, a efectos de abreviar la transmisión y recepción de la dirección del remitente y destinatario.

 

INDICATIVO DE ESTACIONES

47.- Son grupos de letras, o letras y números asignados a los Subcentros con el objeto de abreviar su identificación.

 

INFORMATIVO

48.- En los mensajes a múltiples destinos, señala la autoridad o funcionario, repartición, etc., a quien el remitente considera necesario tome conocimiento de su texto, aún cuando no sea el que cumplimente el mismo.

 

IMPONER UN MENSAJE

49.- Es la acción por la cual el remitente autorizado entrega un mensaje debidamente redactado y listo para transmitir a una estación o Subcentro.

 

INTERFERENCIA PERJUDICIAL

50.- Toda emisión, radiación o inducción que compromete el normal funcionamiento de un servicio, o bien que lo obstruyera o interrumpa repetidamente

 

LIBRO DE GUARDIA

51.- El Subcentro habilitará un “LIBRO DE GUARDIA” donde asentará todas las novedades que se produzcan dentro de los turnos fijados para su funcionamiento, siendo éste el primer medio de prueba en averiguaciones que se realicen para determinar y deslindar responsabilidades en caso de surgir inconvenientes en la prestación del servicio.

 

MEDIO DE COMUNICACIÓN

52.- Es todo elemento que sirva para establecer comunicaciones entre dos o más corresponsales.

 

MENSAJE

53.- Escrito destinado a ser transmitido, recibido o retransmitido por cualquier medio de telecomunicación de los que forman el conjunto de sistemas de la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires

 

MENSAJE DE SERVICIO

54.- Es aquel que expiden los Subcentros integrantes de la Red por cualquier sistema, en la resolución de problemas relacionados con las incidencias que se produzcan en el desarrollo del tráfico y/o servicio que tienen a su cargo.

 

ONDAS RADIOELECTRICAS ( U ONDAS HERTZIANAS)

55.- Ondas electromagnéticas cuya frecuencia es inferior a 3000 GC/S, que se propagan por el espacio sin guía artificial.

 

OPERACIÓN DUPLEX

56.- Modo de operación que permite transmitir simultáneamente en los dos sentidos de un circuito de telecomunicaciones

 

OPERACIÓN SEMI-DUPLEX

57.- Modo de operación simplex en un extremo del circuito de telecomunicaciones y dúplex en el otro.

 

OPERACIÓN SIMPLEX

58.- Modo de operación que permite transmitir alternativamente, en uno y otro sentido en un circuito de telecomunicaciones, por ejemplo, mediante control manual.

 

PREDICCION DE FRECUENCIAS

59.- Determinación por medio de sondeos ionosféricos, de la frecuencia máxima utilizable para una distancia y potencia de emisión dada.

 

PRIORIDAD

60.- Es la precedencia que impone el remitente y que indica al personal de comunicaciones el orden en que se debe transmitir y la celeridad con que se debe encaminar y diligenciar un mensaje.

 

PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIONES

61.- Conjunto de reglas que determinan para cada sistema, cómo se debe imponer, iniciar, continuar y finalizar las comunicaciones. El conjunto de procedimientos reglamentarios de comunicaciones en la Red de Comunicaciones denomínase “Procedimiento Interno de la Red”

 

PROPAGACION

62.- Recorrido de las ondas electromagnéticas en el espacio sin guía artificial.

            1.- Por lo general la operación duplex y semi-duplex de un circuito de radio-comunicaciones requiere el empleo de dos frecuencias; la operación simplex puede hacerse con una o dos frecuencias.

 

RADIO

63.- Término general que se aplica al uso de las ondas radioeléctricas.

 

RADIO – COMUNICACION

64.- Telecomunicación realizada por medio de las ondas radioeléctricas.

 

RADIO – CONVERSACION

65.- Conversación telefónica entre dos corresponsales de punto a punto -entre estaciones fijas y/o móviles mediante el uso de ondas hertzianas, y en las operaciones duplex, semi-duplex o simplex.

 

REMITENTE

66.- Señala la autoridad o funcionario, repartición, institución, etc., que impone el mensaje.

SEÑAL DISTINTIVA DE LLAMADA

67.- Conjuntos de letras y número que, de conformidad con el cuadro de distribución de las series internacionales, identifican al país a que pertenece la estación radioeléctrica y al servicio al que esta atribuida.

 

SISTEMA/S

68.- En la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, cuando no se indique expresamente lo contrario, la palabra sistema/s indica el conjunto de medios de telecomunicaciones usados para evacuar los mensajes.

 

SUBCENTROS CABECERA

69.- En la Red de Comunicaciones se entenderá por tal a aquel que cuente con los medios necesarios que le aseguren las comunicaciones directa con el Centro de Comunicaciones y del que dependerán un número determinado de Subcentros.

 

SUBCENTRO

70.- Se entenderá por tal el conjuntos de medios de comunicaciones instalados en dependencias municipales, que permitan la evacuación de mensajes entre sí, con los Subcentros Cabecera o el Centro de Comunicaciones.

 

TARJETA REGISTRO DE FIRMAS

71.- Deberán ser llenadas por los funcionarios habilitados para hacer uso del sistema. Serán confeccionadas por duplicado, quedando el original en poder del Subcentro, y el duplicado será remitido al Centro de Comunicaciones, para su archivo.

 

TRAFICO

72.- Curso de las comunicaciones. También se denomina así al total de comunicaciones cursadas por una estación, por cualquier medio de telecomunicaciones.

 

TRANSCEPTOR PORTATIL

73.- Equipo radioeléctrico manual o de mochila que puede funcionar aún durante las marchas o desplazamientos.

 

UNIDAD HIBRIDA Y VOX

74.- Equipo que permite la integración de un aparato telefónico a un equipo de BLU o VHF

 

VERY HIGHT FRECUENCY –VHF–

75.- Muy alta frecuencia. Define a la banda de frecuencia que se caracteriza por permitir comunicaciones entre puntos de alcance visual.

 

ULTRA HIGHT FRECUENCY  -Uhf–

76.- Ultra alta frecuencia. Banda de frecuencia que permite comunicaciones por rayo directo únicamente. Se caracteriza por requerir antena de pequeño tamaño.

 

 

PARTE II

 

DISPOSICIONES Y

 

NORMAS ESPECIALES

 

III.- USO DE FRECUENCIAS Y SEÑALES DISTINTIVAS

 

77.- La administración general del espectro de frecuencias, corresponde a la organización internacional denominada Unión Internacional de Telecomunicaciones - Junta Internacional de Registro de Frecuencias con sede en Ginebra (Suiza). Dicha organización atiende y soluciona los pedidos que formulan las distintas administraciones, como así también efectúa las inscripciones pertinentes en los Registros destinados a tal fin.

En consecuencia, ninguna nueva frecuencia puede ser usada sin la previa asignación y autorización de la Dirección General de Telecomunicaciones dependiente de la Secretaría de Estado de Comunicaciones, organización nacional que representa a la Administración Argentina ante la entidad mundial.

 

78.- En la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, las estaciones corresponsales tienen absolutamente prohibido, modificar el uso de las frecuencias del juego asignado, como así también agregar alguna a este juego compartido, sin la previa intervención del Centro de Comunicaciones que actúa como estación cabecera.

 

79.- El empleo de toda frecuencia asignada en compartición o no con la cabecera de la Red, debe obedecer en todos los casos al uso del tipo de emisión para la que fue asignada, pudiendo modificarse solamente con la previa autorización de la estación cabecera.

 

80.- Sobre el particular de lo mencionado en el número 79, debe tenerse especialmente en cuenta que la compartición del juego asignado a la cabecera, con los corresponsales ubicados en las Municipalidades, no solamente obedeció a un estudio local e internacional para evitar interferencias perjudiciales, sino que también el tipo de emisión, y por consiguiente, el ancho de banda ocupado por la misma tiene fundamental importancia.

 

81.- Salvo en los casos excepcionales debidamente autorizados, queda absolutamente prohibido a las estaciones de la Red, operar en los transmisores con frecuencias controladas electrónicamente, debiendo usarse cristales lo suficientemente estables y precisos como para mantenerse dentro de los límites de tolerancia que corresponden a las especificaciones internacionales.

 

82.- El control de las emisiones de cada uno de los equipos en cuanto se refiere a dichas tolerancias de frecuencias y nivel de irradiaciones no esenciales, como así también las pertinentes mediciones y reclamos por interferencias ocasionadas por otros servicios, corresponden íntegramente a la Secretaría de Inteligencia a través de la Dirección Centro de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, quien es el único organismo al que le compete efectuar ante la Secretaría de Estado de Comunicaciones de la Nación, las gestiones que considere necesarias.

 

83.- Las frecuencias asignadas a los corresponsales de municipalidades en compartición con el juego que posee la estación cabecera, están destinadas para comunicación entre corresponsales y corresponsal con la cabecera en La Plata.

 

84.- El uso de estas frecuencias asignadas, para otro tipo de comunicaciones que no sean las señaladas en el número 83, solamente puede ser autorizado por la cabecera de la Red.

 

85.- Con el fin de evitar al máximo posible las interferencias perjudiciales y ocupación indebida de los canales de la Red, se prohibe a las estaciones:

a)      Las transmisiones inútiles

b)      Las operaciones de prueba de emisiones con sistemas irradiantes conectados, debiendo utilizarse en estos casos cualquier procedimiento que, mediante una carga que reemplace a la antena y evite la irradiación.

 

86.- Las interferencias perjudiciales continuas, que experimente cualquiera de los corresponsales de la Red, deberán ser denunciadas a la Secretaría de Inteligencia a través de la Dirección Centro de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, facilitando a ésta cuanta información pueda contribuir a identificar su origen y características.

 

87.- Aun cuando no se registre actividad por parte de los corresponsales, en una frecuencia asignada a la Red, los mismos vigilarán y denunciarán de inmediato la ocupación del canal por parte de servicios no autorizados a tal fin.

 

IV. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS REFERENTES A LAS ESTACIONES

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

 

88.- Todo funcionario o empleado que, por razón de sus tareas tenga relación directa o indirecta con el uso y manipulación de los sistemas que componen la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, está obligado a mantener absoluto secreto acerca de:

a)        Detalles sobre el contenido que correspondan a los mensajes y radioconversaciones que tramita.

b)       Divulgación aún de la existencia de dichos textos o mensajes.

c)        Revelación del contenido de cualquier clase de documentación del Servicio.

 

Asimismo queda prohibido:

1)      Realizar propaganda o coacción política con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones;

2)      Recibir obsequios, importes de colectas en dinero o especies, con motivo de sus funciones;

3)      Concretar, formalizar y efectuar, con o entre el personal, operaciones de créditos, tómbolas, loterías o cualquier clase de juego de azar;

4)      Utilizar con fines particulares los sistemas de comunicaciones que opera, para sí o terceras personas, percibiendo tasas en dinero o especies como retribución.

5)      Utilizar los sistemas que opera, para sí o terceras personas, como medio de información  en el resultado de números, cifras, nombres, denominaciones o cualquier otro detalle codificado o no, que señale la canalización del resultado de un juego de azar en todos sus tipos y formas;

6)      Valerse de informaciones relacionados con el Servicio de que tenga conocimiento directo o indirecto, para fines ajenos al mismo;

7)      Difundir por cualquier sistema de comunicaciones u otros medios;

8)      Realizar y propiciar actos incompatibles con las normas de moral, urbanidad y buenas costumbres;

9)      Divulgar cualquier clase de información obtenida mediante la intercepción de telecomunicaciones en medios propios o ajenos al Servicio;

10)  Divulgar información de cualquier orden relativa a la composición y funcionamiento en el orden técnico-operativo, de los sistemas que conforman la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires;

11)  Toda otra información de carácter político y/o militar que sea de su conocimiento mediante la tarea específica que desarrolla.

Al personal que resultare comprendido en alguna de las disposiciones que se especifican precedentemente, se le aplicarán las sanciones o se le instruirá el sumario administrativo –según corresponda- dentro de la jurisdicción municipal de que dependa.

Asimismo el agente que se le instruya un sumario se lo suspenderá transitoriamente en el desempeño de sus funciones dentro de la Red, mediante una disposición del Centro de Comunicaciones dependiente de la Secretaría de Inteligencia, organismo que además se reserva el derecho de nueva admisión o prosecución de las tareas del agente, aun cuando de las conclusiones sumariales se dicte resolución absolutoria, en virtud de no haberse probado la comisión de una falta o delito.

 

Procedimientos a seguir

 

89.- A los fines pertinentes se establece a continuación el procedimiento a seguir en los casos señalados:

a) Constatada la comisión de una falta en un Subcentro, la Jefatura del Centro de Comunicaciones, dará cuenta de inmediato y por escrito, a las autoridades municipales de que dependan en el orden administrativo dicho Subcentro, haciendo una relación detallada de los hechos y pruebas de que tenga conocimiento, a los efectos de las medidas a que hubiere lugar.

b) Mediante nota o mensaje de servicio, la autoridad municipal informará a la Jefatura de la Red una relación sucinta de los hechos y las medidas adoptadas. Esta disposición rige para cualquier infracción que motive sanciones, ya sean estas con o sin actuaciones sumariales.

c) Con posterioridad, la Jefatura del Centro de Comunicaciones, evaluará la aplicación del cese de funciones dentro de las tareas funcionales, para lo cual producirá una comunicación al respecto.

d) En los casos en que sea de aplicación el cese de funciones que se indica precedentemente, la habilitación para el reintegro de tareas de los agentes comprendidos, se hará exclusivamente mediante una comunicación del Centro de Comunicaciones Buenos Aires.

 

V. IDENTIFICACION DE LAS ESTACIONES

 

90.- Se prohíbe a las estaciones componentes de la Red, efectuar transmisiones sin emitir la señal de identificación asignada, o utilizar una señal identificación falsa.

 

91.- El derecho reglamentario de establecer otros procedimientos para la identificación de las estaciones componentes de la Red, en cuanto a las necesidades de la defensa nacional (u otros motivos), para el presente caso es provativo de la Dirección Centro de Comunicaciones de la Secretaría de Inteligencia, único organismo que puede disponer su transmisión.

 

92.- De conformidad a las series internacionales de distintivos de llamadas, y salvo disposición en contrario, los Subcentros integrantes de la Red de Comunicaciones de la Provincia, se identifican con las siguientes:

 

NOTA: OPORTUNAMENTE Y CUANDO LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES  LAS DESIGNE SE HARAN CONOCER, INCLUYENDOLAS EN EL PRESENTE.

 

VI. DISPOSICIONES GENERALES PARA EL PERSONAL ACTUANTE EN LA RED

 

93.- Los Subcentros de Comunicaciones dependientes de la Red están sujetos a las prescripciones contenidas en el presente reglamento, bajo la directa responsabilidad del Señor Intendente Municipal, en cuanto a las cuestiones de orden disciplinario, operativo, funcional y técnico.

En consecuencia el Centro de Comunicaciones cabecera del sistema, encaminará la documentación motivada por infracciones, omisiones o alteraciones de funciones, operaciones y/o irregularidades, directamente al Señor Intendente Municipal; quien será el encargado de producir oportunamente el informe respectivo.

 

94.- Los operadores y toda otra persona que desempeñe tareas en los Subcentros, estarán directamente subordinadas al Señor Intendente Municipal y por su intermedio con la cabecera de la Red, la Dirección Centro de Comunicaciones de la Secretaría de Inteligencia, en todo aquello que se refiere al orden disciplinario, funcional, operativo y técnico.

 

95.- Queda prohibido:

a)      La utilización de aparatos que componen el Subcentro por parte de personas no designadas para tal fin, por parte del Centro de Comunicaciones.

b)      El acceso al local que compone el Subcentro por personal ajeno al mismo.

 

96.- Se deja establecido que la dependencia de los operadores de los Subcentros Municipales integrantes de la Red, es la siguiente:

a)      EN EL ORDEN PRESUPUESTARIO Y ADMINISTRATIVO: DEL MUNICIPIO.

b)      EN EL ORDEN OPERATIVO, TECNICO Y FUNCIONAL: DE LA DIRECCION CENTRO DE COMUNICACIONES DE LA SECRETARIA DE INTELIGENCIA DE LA GOBERNACION.

 

97.- Sin perjuicio de la exigencias que deba cumplir el agente por imperio de las disposiciones administrativo-reglamentarias municipales, se establecen a continuación las imprescindibles de orden general que debe reunir el personal actuante en los Subcentros:

a)      Nacionalidad argentina.

b)      Acreditar buena conducta.

c)      Acreditar aptitudes físicas.

d)      Haber cumplido con las disposiciones en vigor sobre leyes de enrolamiento, servicio militar, las generales en materia electoral cuando correspondiere.

e)      Tener 18 años de edad como mínimo.

f)        Aprobar los cursos de especialidad o exámenes de idoneidad que se determinan para el desempeño de las funciones, para lo cual se extenderá el respectivo “CERTIFICADO HABILITANTE”. Los cursos, exámenes y la extensión de los “Certificados Habilitantes”, estarán a cargo del Secretario de Inteligencia de la Gobernación.

 

98.- No podrán ingresar ni desempeñar funciones dentro de los Subcentros que componen  la Red:

a)      El que hubiere sufrido condena por hecho de carácter doloso.

b)      El que hubiere sido condenado por delito contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.

c)      El fallido o concursado civilmente, hasta que obtenga la rehabilitación.

d)      El que tenga pendiente proceso criminal.

e)      El que está inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos, durante el período de inhabilitación.

f)        El que hubiere sido exonerado, hasta tanto no fuere rehabilitado.

 

Deberes: sin perjuicio de los deberes que particularmente impongan las Leyes, Decretos, o Resoluciones Especiales, el personal está obligado:

a)      A la prestación del servicio con idoneidad, diligencia y responsabilidad en el lugar y condiciones de tiempo que la superioridad en su momento determine.

b)      A mantener en el servicio y fuera de él, una conducta decorosa y digna.

c)      A cumplir íntegramente y en forma regular el horario de labor establecido.

d)      A rehusar dádivas, obsequios, recompensas o cualquier otra ventaja que pudiera obtener con motivo de sus funciones.

e)      A guardar secreto de todo asunto relacionado con el servicio que deba, por su índole permanecer en reserva. Dicha obligación subsistirá aun después de cesar en sus funciones.

f)        A velar por la conservación de los equipos, útiles, objetos y demás bienes que conforman el patrimonio del Subcentro.

g)      A someterse a las pruebas de competencia que en cada caso se reglamenten.

h)      A producir las declaraciones que se le requieran, en el desarrollo de un sumario administrativo.

i)        A permanecer en el cargo en caso de renuncia, por los menos 30 (treinta) días, si antes no fuere reemplazado, aceptada su dimisión.

 

VII. NORMAS RELATIVAS A LA ACEPTACION DE TRAFICO

 

99.- Las disposiciones relativas a la aceptación de tráfico dentro de la Red, se reducen a:

a)      El que impongan autoridades de Gobiernos, Nacionales, Provinciales o Municipales, en el desarrollo de sus funciones.

b)      El que dichos funcionarios impongan en lo relativo a sus funciones para personas ajenas a la tarea de gobierno.

c)      El que impongan Autoridades de las Fuerzas Armadas en todo lo relacionado con la Defensa Nacional.

d)      El que impongan las Fuerzas Armadas, y de Seguridad Nacional o Provincial en el ejercicio de sus funciones.

e)      El que impongan las Autoridades Nacionales, Provinciales o Municipales donde se solicite la colaboración en tareas destinadas a rescate de vidas humanas en peligro por siniestros, epidemias o desastres aéreos, terrestres o marítimos. Como así también en la solución de cualquier situación donde una comunicación por la Red, preste un servicio inestimable para el bien general.

 

100.- No se aceptará el tráfico que trate de asuntos de carácter particular de las autoridades mencionadas en el artículo 100. Como tampoco los que vengan en códigos o claves que no estén autorizados por el Centro de Comunicaciones.

 

101.- Se aceptarán mensajes con carácter de “CONDICIONAL SUJETO A RATIFICACION DE TEXTO”, todos aquellos mensajes:

a)      Que preconicen al desconocimiento de la Constitución Nacional y las Constituciones Provinciales.

b)      Que ofendan o insulten a los símbolos de la nacionalidad.

c)      Que por la índole de su texto deterioren el crédito y buen nombre del país.

d)      Que tuvieren por objeto entorpecer la acción de la justicia.

e)      Que tuvieren por fin alterar el orden público.

f)        Que directa o indirectamente inciten al sabotaje, la rebeldía o a la configuración de hechos que alteren el orden público.

g)      Que estén redactados en términos que contrarían la moral y buenas costumbres.

h)      Que no estén escritos en idioma nacional, con excepción de los casos que determina al artículo 105.

 

En caso de que en un Subcentro se reciba tráfico con algunas de las características especificadas precedentemente, se actuará de la siguiente manera:

a)      Se le indicará a la persona que impone el mensaje, que el mismo se observa por razones reglamentarias.

b)      Se colocará al dorso del original y duplicado, la leyenda “ACEPTADO CARACTER CONDICIONAL SUJETO A RATIFICACION DE TEXTO”.

c)      De inmediato se concretará ante el usuario o remitente, una consulta destinada a obtener la confirmación del texto.

d)      En caso de ser el mismo ratificado, se le dará curso sin más trámite.

e)      De las actuaciones realizadas, como así también de las personas intervinientes se dejará expresa constancia.

f)        La responsabilidad de dar curso a mensajes de este tipo, es del Subcentro a que el remitente le impone el mensaje, el Subcentro receptor debe darle curso sin más trámite.

 

102.- En la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, existirán dos tipos de mensajes: de Servicio y de Gobierno.

 

103.- Mensaje de servicio es aquel que manejan los Subcentros que componen la Red, en solución de los distintos inconvenientes o consultas u órdenes que deban impartirse en el desarrollo normal de sus funciones.

 

104.- Todo mensaje que sea devuelto por contener alguna irregularidad de las que se hace mención en el presente Reglamento, deberá llevar el número de la disposición  violada.

 

105.- En caso de que un Subcentro deba recibir un mensaje para encaminamiento internacional y en idioma distinto al castellano, lo recibirá solicitando una copia donde figure el texto pero en idioma nacional, procediendo a darle curso sin más trámite.

 

VIII. NORMAS RELATIVAS PARA LA ACEPTACION DE RADIOCONVERSACIONES

 

106.- Para el uso de las radioconversaciones que se canalicen por el sistema de radio de la Red de Comunicaciones, rigen –en sus lineamientos generales- las disposiciones indicadas en el número 99 del capítulo VII en sus incisos (a) al (e), aún cuando se establecen limitaciones en cuanto se refiere al nivel jerárquico de los usuarios de este servicio.

 

107.- Según las radioestaciones actuantes y los niveles jerárquicos de los peticionantes, se establecen las siguientes formas:

1. Entre radioestaciones móviles y fijas:

Sin limitaciones de nivel jerárquico, en todo aquello que se refiera al tratamiento de las funciones específicas del personal de la Dirección Centro de Comunicaciones de la Secretaría de Inteligencia, en el desarrollo de la operación que dio origen a la instalación del equipamiento móvil.

De la misma forma el personal actuante en los Subcentros en el desarrollo de su tarea específica.

 

2. Entre radioestaciones fijas (cabecera y radioestaciones municipales o radioestaciones municipales entre si):

a)      Por cuestiones eminentemente oficiales, hasta el nivel jerárquico de Director o equivalente, o por expresa autorización de funcionarios de la jerarquía señalada.

b)      En las FF.AA. y de Seguridad sin limitaciones jerárquicas en las categorías de Oficiales Superiores, Oficiales Jefes y Oficiales, o por expresa orden del personal señalado precedentemente, en todo aquello que hace a la Defensa Nacional en sus distintos aspectos o el tratamiento de cuestiones propias de la función específica.

c)      En el desarrollo de operaciones de Defensa Nacional, Socorro, Búsqueda y Salvamento Aéreo y de desastres producidos por fenómenos meteorológicos o de otro tipo, sin limitaciones jerárquicas para todo aquel personal que dirige o controla las referidas operaciones.

d)      Radioconversaciones particulares, solamente con la autorización expresa de la Central de Comunicaciones en todos aquellos casos donde se traten cuestiones inherentes a traslados de enfermo, obtención de medicamentos y resolución de cualquier situación donde una comunicación por el sistema preste un servicio irreemplazable y útil de interés general.

 

Están prohibidas:

Las radioconversaciones que traten de asuntos absolutamente particulares de los usuarios del sistema.

 

108.- Orden de precedencia:

Independientemente de las prioridades “Muy Urgente”, “Urgente”, “Simple”  y “Diferido” que señala el formulario de mensajes, se establece a continuación el orden de precedencia a que deberá ajustarse el tráfico de mensajes y radioconversaciones en su tramitación, transmisión, recepción y encaminamiento:

1º.- Gobernador de la Provincia.

2º.- Ministros, Secretario de Estado, Intendentes Municipales y Jefes de FF.AA. y Seguridad.

3º.- Componentes del Poder Judicial y responsables de los distintos Organismos Nacionales o Provinciales con asiento en la zona.

4º.- Los demás funcionarios, según el orden de precedencia establecido por el Ceremonial.

5º.- La salvaguarda de la vida humana, en todos sus aspectos y situaciones merecerá un tratamiento de precedencia especial, constituyendo una operación muy urgente donde la cabecera del sistema establecerá de inmediato el procedimiento adecuado a cada caso.

El presente orden de precedencia deberá observarse en todos los casos, salvo que medie una orden expresa en contrario del Centro de Comunicaciones.

En cuanto al orden de precedencia de las autoridades municipales, será establecido por cada uno de los Intendentes Municipales.

 

IX. EL MENSAJE Y SUS PARTES

FORMULARIO DE MENSAJE

 

109.- Se deja establecido para la Red el uso de un solo tipo de formulario, para la transmisión y recepción de mensajes; siendo privativo del Centro de Comunicaciones producir cualquier variante en su forma o en su uso.

 

110.- El mensaje se compone de las siguientes partes:

            a) Preámbulo.

            b) Dirección.

            c) Texto.

            d) Anotaciones de Servicio.

           

            De los cuatro puntos señalados precedentemente, algunas anotaciones deben ser consignadas por el remitente, en tanto que las restantes por los Subcentros de Comunicaciones.

a)      PREAMBULO:

1.       Lugar: indica el nombre de la ciudad o localidad de procedencia.

2.       Número de Mensaje: indica el número de origen del mensaje, consignando en cada caso por el Centro de Comunicaciones o los Subcentros.

3.       Palabras: indica la cantidad de palabras que componen el texto.

4.       Grupo Horario de Origen: indica el día, la hora y los minutos en que fue confeccionado el mensaje por el remitente, ejemplos:

101535 = día 10, 15, 35 horas.

020940 = día  2,    9, 40 horas.

5.       Carácter: indica el grado de reserva que se debe observar en el manejo del                              tráfico.

6.       Prioridad: indica la celeridad que deberá observarse en la tramitación del tráfico.

b)      DIRECCION:

7.       Destinatario: señala la autoridad o funcionario, institución o repartición a quién se le dirige el mensaje.

8.       Remitente: señala la autoridad o funcionario, institución o repartición que impone el mensaje.

9.       Informativo: corresponde cuando el imponente considera que de ese texto sin necesidad de que lo cumplimente, debe tomar conocimiento alguna otra persona.

10.   Exceptuado: en los mensajes a varios destinatarios, indica aquel que queda exceptuado de recibirlo.

c)      TEXTO

11.   Texto: es donde el remitente consigna toda la información que desea se transmita. Al final del mismo el funcionario debe firmar. (Esta firma no se transmite).

d)      ANOTACIONES DE SERVICIO

12.   Grupo Horario de Imposición: compuesto al igual que el inciso 4 por seis dígitos, indica el día y la hora en que el mensaje es impuesto en el Subcentro para proceder a su transmisión.

13.   Sistema/s: indica los sistemas de telecomunicaciones utilizados para la evacuación del tráfico.

14.   Recibido, Transmitido, Iniciales, Grupo Horario:

- Recibido: señala la fecha, hora e iniciales del operador que recepcionó el mensaje.

- Transmitido: señala la fecha, hora e iniciales del operador que transmitió el mensaje.

- Retransmitido: señala la fecha, hora e iniciales del operador que retransmitió el mensaje.

15.   Observaciones de Tráfico: corresponde señalar en él todas las incidencias que se pueden haber producido con motivo de la tramitación de un mensaje.

16.   Controlado: contendrá sello y firma del operador responsable que intervino en la tramitación del mismo.

 

111.- COMPUTO DE PALABRAS: se tendrán en cuenta para el computo de palabras las que figuren en la dirección y las que compongan el texto. Para establecer esa cantidad deberán tenerse en cuenta las siguientes normas:

SE COMPUTA COMO UNA PALABRA:

a)        Toda letra, signo o cifra aislada.

Entre los signos están comprendidos la raya de quebrado (Julio/Agosto), el guión (Saladillo-Patagones), y el apóstrofe (D’amico) empleados para separar o reunir una palabra.

NO se computarán como una palabra, cuando estos signos sirvan para separar números enteros o fracciones de ellos.

Ej.: 11-1/2, 780/43, etc.

b)        Los signos del paréntesis (b) y comillas “c”.

c)        Las palabras que contengan más de quince letras se computarán como dos.

Ej. Telecomunicaciones = 18 letras = dos palabras.

d)        Cada quince caracteres más una palabra por exceso, de los grupos formados por cifras, letras y signos o una combinación de ellos.

Ej.: Expte. C.M. 3148/77 = 16 caracteres = dos palabras.

e)        Las direcciones convenidas o abreviadas.

112.-   CARACTER: definición para asignar a un mensaje el tratamiento que se le debe dar, supone que el remitente conoce la importancia del texto, y los alcances de los términos RESERVADO y PUBLICO que este Centro de Comunicaciones determina.

RESERVADO: se le asignará el carácter de RESERVADO a toda aquella documentación cuya divulgación afecte los intereses de la Nación, o interfiera en la ejecución de planes u obras del Estado.

PUBLICO: se le asignará el carácter de PUBLICO a la documentación cuya divulgación no sea perjudicial y que por tal razón pueda prescindirse de las restricciones relativas a la limitación de su conocimiento. Lo expuesto no significa que pueda trascender el ámbito oficial.

 

113.- La documentación que se maneje en la Red y atendiendo a su carácter deberá recibir el siguiente tratamiento, según sean las circunstancias:

RESERVADO: el operador que maneja el mensaje deberá tener en cuenta todos los recaudos necesarios para la no trascendencia de su texto. Debiendo ensobrar el mensaje cerrándolo, en tanto que la copia deberá ser archivada en un bibliorato especial bajo llave.

PUBLICO: a pesar de que en el tratamiento de éste tráfico no se deben tener en cuenta los recaudos especificados más arriba, su tratamiento deberá ser de cualquier manera cuidadoso, no debiendo trascender el ámbito del Subcentro.

 

114.- ARCHIVO DE MENSAJES E INCINERACION: los mensajes se archivarán en carpetas separadas, de acuerdo al siguiente detalle:

            a) DE CARACTER RESERVADO

            b) DE CARACTER PUBLICO

            MENSAJE RESERVADO:

- El mensaje o documentación RESERVADA deberá ser archivada en forma separada del resto.

- Su guarda se efectuará en lugar bajo llave.

- Cuando la documentación así lo permita, al término de un año, se procederá a la incineración de ella, dejando asentado por acta sus números y grupo horario.

            MENSAJE PUBLICO:

                        - Su guarda no obliga a medidas especiales de seguridad.

                        - La incineración de ésta documentación se efectuará al termino del año.

 

115.- PRIORIDAD: el criterio que debe primar para la asignación de las prioridad, se resume a los siguientes puntos:

a) La prioridad señalada como MUY URGENTE, URGENTE Y SIMPLE, indica solamente el orden de antelación que debe observar el Subcentro en su tramitación y el operador actuante para la transmisión. Lo cual no implica que uno sea demorado en desmedro de otro, para el caso de MUY URGENTE o el SIMPLE deben tramitarse en el menor tiempo posible, respetando en ese caso la prioridad de uno u otro.

b) El mismo tratamiento deberá observarse en la entrega de los mensajes a sus destinatarios.

 

X. TRAMITACION DE LOS MENSAJES

TRATAMIENTO

 

116.- Las documentaciones de servicio de los Subcentros, deben comprender anotaciones que permitan en forma precisa y rápida los sucesivos pasos, trámites y operaciones que se señalan a continuación:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

REMITENTE CONFECCION

 

IMPOSICION

 

 

CONCENTRACION TRAMITACION ENCAMINAMIENTO

 

 

ARCHIVO

TRANSMISION

-------

RETRANMISION

 

RECEPCION

 

CONCENTRACION TRAMITACION DISTRIBUCION

ARCHIVO

 

 

ENTREGA AL DESTINATARIO

 

a) Remitente-Confección: toma un formulario de mensaje (duplicado) y procede a llenar los siguientes casilleros comprendidos en los trazos en negro del formulario:

- Lugar de origen

- Grupo horario de origen

- Asigna el carácter

- Asigna la prioridad

- Indica el destinatario

- Indica el remitente

- Indica el Informativo y Exceptuado, si lo hubiere.

- Llena el texto

- Firma el mensaje

- Lo remite al Subcentro o Estación perteneciente a la Red.

b) Imposición: entiéndase por tal la acción mediante la cual el remitente que confeccionó el mensaje lo deposita en dependencias del Subcentro, con el fin de que se proceda a darle curso. El Subcentro procederá a:

-         Revisar rápidamente que el mensaje no contenga errores reglamentarios.

-         Colocar el grupo horario de imposición a ambas copias (original y duplicado).

-         Firmar la recepción del mensaje, colocando en el duplicado el sello de recibido, procediendo a devolver el mismo al remitente.

-         Imposición de Radioconversaciones: el solicitante puede concretar el pedido mediante una llamada telefónica, a los aparatos habilitados a ese fin.

c) Concentración, Tramitación y Encaminamiento: entiéndese por tal el conjunto de tareas que permite:

-         Revisar la totalidad del tráfico cursado o a cursar.

-         Encaminar el tráfico mediante la adecuada utilización de los medios con que se cuenta.

-         Dotar a cada mensaje de la seguridad imprescindible.

-         Proceder a su distribución en el menor tiempo que posibiliten los medios a su disposición.

-         En caso de que el remitente omita establecer el carácter y la prioridad del mensaje, el Subcentro procederá de acuerdo a lo que infiera del texto a darle el o los mismos.

d) Transmisión, recepción y retransmisión: estos tres procesos, fundamento escencial de la Red debe efectuarse de acuerdo a las normas establecidas en el presente Reglamento.

e) Entrega al destinatario: en los casos del tráfico recibido los Subcentros deberán actuar con la misma celeridad, cuidando que el mensaje llegue a su destinatario bajo la utilización de los medios adecuados y más idóneos.

 

XI. PROVISION DE MATERIAL

 

117.- Los Subcentros deberán mantener un nivel en su existencia de útiles que permita en cualquier circunstancia y bajo cualquier condición cumplir con el desempeño normal del servicio.

 

118.- Para dar cumplimiento a lo expresado en el artículo anterior, se deberán tener en cuenta los siguientes niveles de aprovisionamiento:

NIVEL NORMAL: es la cantidad de artículos que para cada útil deberán poseer los Subcentros, de tal manera que asegure la actividad para un período de tiempo ya fijado.

NIVEL CRITICO: es el que se produce cuando el consumo reduce las existencias hasta asegurar solamente una pequeña actividad fijable en tiempo.

 

119.- De acuerdo a lo expresado en el artículo 118, los Subcentros deberán mantener siempre un Nivel Normal; para ello al iniciarse el año calendario y de acuerdo a lo utilizado durante el año anterior, deberán hacer la provisión respectiva, que garantice el nivel ya citado.

 

 

ANEXOS

 

Anexo 1.- Corresponde al CODIGO “Q”.

Anexo 2.- Tabla de deletreo y cifras.

Anexo 3.- Formulario de mensaje a ser usado por los Subcentros en la imposición del tráfico.

Anexo 4.- Planillas de Registro de Mensajes Recibidos, en ellas se volcará el tráfico recibido diariamente.

Anexo 5.- Planillas de Registro de Mensajes Transmitidos, en ellas se volcará el tráfico transmitido diariamente.

Anexo 6.- Sobre especial de uso para la entrega del tráfico a los destinatarios, con su correspondiente recibo adosado.

Anexo 7.- Formulario de Radioconversación, en el se volcarán todos los pedidos de radioconversaciones a medida que se soliciten.

Anexo 8.- Planilla de Registro de Tráfico Radioeléctrico, en el se volcarán las radioconversaciones pedidas diariamente y que constaren en los Formularios de Radioconversaciones.

Anexo 9.- Tarjeta de Registro de Firma, constarán en ella los datos personales, como así también firma y rúbrica de los funcionarios autorizados a hacer uso de la Red.

Anexo 10.- Planilla en la que figuran los sellos indispensables que deberá tener cada Subcentro para el cometido de su función.

Anexo11.- Certificado habilitante: documento éste que certificará que un determinado operador cumplió los requisitos indispensables para desempeñarse como operador en la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires.

Anexo 12.- Acta de Juramento: Acta por la cuál el operador perteneciente a la Red se compromete a mantener el secreto de las comunicaciones.

 

 

 

 

ANEXO 1

 

CODIGO “Q”

 

QAB.- ¿Puede autorizarme para dirigirme desde (lugar o control o ambos) hasta..............(lugar o control o ambos) a.......................(cifras y sistemas unidades) de altura sobre.............(referencia)?

QAG.- Estoy disponiendo mi vuelo para llegar sobre..................(lugar) a.......................hs.

QAH.- ¿Cuál es su altura sobre.....................(referencia)?

QAL.- ¿Va Ud. a aterrizar en ..........................(lugar)?

QAM.- ¿Cuál es la última observación meteorológica de que dispone para.................(lugar)?

QAN.- ¿Cuál es la dirección y la velocidad del viento en la superficie en ..................(lugar)?

QAO.- Cuál es la dirección del viento en grados geográficos y la velocidad en...............(posición, zona o zonas) en cada uno de los niveles.....................(cifras).......................(sistema unidades) sobre........................(referencia)?

QAP.- ¿Debo escuchar para Ud. en .............Kcs.(.................Mc/s)?

QAZ.- ¿Está Ud. experimentando dificultades en las comunicaciones por estar volando en una tempestad?

QBA.- ¿Cuál es la visibilidad horizontal en.......................(lugar)?

QBB.- ¿Cuál es la cantidad, tipo y altura sobre la elevación oficial del aeródromo de la base de nubes significativas en......................(lugar)?

QBC.- Informe acerca de las condiciones meteorológicas tal como se observen desde su aeronave en........................ (posición o zona) a........................(horas).

QBF.- ¿Está Ud. volando dentro de nubes?

QBG.- ¿Está Ud. volando por encima de las nubes?

QBH.- ¿Está Ud. volando por debajo de las nubes?

QBI.- ¿Es obligatorio el vuelo con sujeción al IFR en..........................(lugar) o de................. a....................(lugar)?

QBJ.- ¿Cuál es la cantidad, tipo y altura sobre........................(referencia) de la cima de las nubes en...........................(posición o zona)?

QBN.- ¿Esta Ud. volando entre dos capas de nubes?

QBO.- ¿Cuál es el aeródromo más cercano en el cuál se permite el vuelo de acuerdo con el VFR, y que sería adecuado para que yo aterrizase en él?

QBP.- ¿Está Ud. volando dentro y fuera de las nubes?

QDM.- ¿Quiere Ud. indicarme cual es el rumbo MAGNETICO que debo seguir, para llegar donde está Ud. (o a......................) viento nulo?

QDR.- ¿Cuál es mi marcación MAGENTICA respecto a Ud. (o respecto a........................)?

QFA.- ¿Cuál es el pronóstico meteorológico para (vuelo, ruta, sección de ruta o zona) durante el periodo comprendido en las ......................horas y las................horas?

QFF.- ¿En............(lugar) cuál es la presión atmosférica actual convertida al nivel medio del mar, de acuerdo con los métodos meteorológicos?

QFE.- ¿En..............................(lugar cuál es la presión atmosférica actual a la elevación oficial del aeródromo)?

QFG.- ¿Estoy sobre su estación?

QFH.- ¿Puedo descender debajo de las nubes?

QFI.- ¿Están encendidas las luces del aeródromo?

QFL.- ¿Quiere Ud. hacer el favor de lanzar señales pirotécnicas?

QFS.- ¿Están funcionando las instalaciones de radio....................en.................(lugar)?

QFU.- ¿Cuál es la dirección magnética (o número) de la pista que ha de usarse?

QFW.- ¿Qué longitud expresada en................(sistema unidades) tiene la pista que está usándose?

QFY.- Haga el favor de comunicarme las condiciones meteorológicas actuales de aterrizaje en...........................(lugar).

QFZ.- ¿Cuál es el pronóstico meteorológico de aeródromo para........................(lugar) durante el período comprendido entre las................horas y las................ horas?

QGB.- ¿Usará Ud............................radio, cable, telégrafo, teletipo, teléfono, receptor, trasmisor, reperforador?

QGE.- ¿Cuál es mi distancia a su estación (o a.................)?

QGH.- ¿Puedo aterrizar empleando..........(procedimiento o instalación)?

QGO.- ¿Se prohíbe aterrizar en..............(lugar)?

QIC.- ¿Puedo establecer comunicación con la estación de radio........................en...................Kc/s (o.................Mc/s) ahora (o a las....................horas)?

QIF.- ¿Qué frecuencia está empleando?

QJC.- Comprobará Ud. su: Transmisor distribuidor, cabeza automática, perforador, reperforador, impresor, motor del impresor, teclado, sistema de antena?

QJD.- ¿Estoy transmitiendo.....................en letras-en cifras?

QJE.- ¿Es mi desplazamiento de frecuencia.......................demasiado grande-demasiado pequeño-correcto?

QJF.- Mi señal comprobada por monitor.............es satisfactoria............localmente-localmente en la forma radiada.

QKN.- Se ha localizado una aeronave (que se cree es la suya) en la posición ....................rumbo................ grados a las.............horas.

QLB.- ¿Puede Ud. escuchar a la estación.................y transmitirme un informe en cuanto a alcance, calidad de trasmisión, etc.?

QLH.- ¿Puede Ud. usar su manipulador simultáneamente en..........................frecuencia y................frecuencia?

QLV.- ¿Se requiere todavía la instalación de radio?

QMH.- Cambie para transmitir y recibir en........................Kc/s (o Mc/s): si no se establece comunicación dentro de 5 minutos, cambie de nuevo a la frecuencia que está utilizando ahora.

QMU.- ¿Cuál es la temperatura en la superficie en ...................(lugar) y cual es la temperatura de punto de rocío en el mismo lugar?

QMW.- En (posición o zona) ¿cuál es la altura sobre.................(referencia) de la isoterma de cero grado centígrados?

QMX.- ¿Cuál es la temperatura del aire en..........................(posición o zona) (a las horas) a .........................(cifras y sistemas unidades) de altura sobre.....................(referencia)?

QMZ.- ¿Tiene Ud. alguna enmienda o pronóstico de vuelo respecto a la parte de la ruta que aún debo recorrer?

QNH.- ¿Cómo tendría que reglar la subescala de mi altímetro para que el instrumento indicara mi elevación, si yo estuviese en tierra en su estación?

QNO.- No estoy equipado para suministrar la información (o facilitar el servicio solicitado).

QNR.- Estoy acercándome al punto crítico, desde el cuál no es aconsejable el retorno.

QNT.- ¿Cuál es la velocidad máxima de las ráfagas del viento de superficie en.............(lugar)?

QNY.- ¿Cuáles son las condiciones meteorológicas presentes y la intensidad de las mismas en ..........................(lugar, posición o zona)?

QRA.- ¿Cómo se llama su estación?

QRB.- ¿A qué distancia aproximada está de mi estación?

QRD.- ¿A dónde va Ud. y de dónde viene?

QRE.- ¿A qué hora piensa llegar a.....................(lugar)?

QRF.- ¿Vuelve a.................(lugar)?

QRG.- ¿Quiere indicarme mi frecuencia exacta (o la frecuencia exacta de.................)?

QRH.- ¿Varía mi frecuencia?

QRI.- ¿Cómo es la tonalidad de mi emisión?

QRK.- ¿Son legibles mis señales (o las de......................)?

QRL.- ¿Está Ud. ocupado?

QRN.- ¿Le perturban los atmosféricos?

QRM.- ¿Sufre Ud. interferencia?

QRO.- ¿Debo aumentar la potencia?

QRP.- ¿Debo disminuir la potencia?

QRQ.- ¿Debo transmitir mas aprisa?

QRR.- ¿Está Ud. listo para el funcionamiento automático?

QRS.- ¿Debo transmitir más despacio?

QRT.- ¿Debo cesar la transmisión?

QRU.- ¿Tiene algo para mí?

QRV.- ¿Está Ud.  preparado?

QRW.- ¿Debo avisar a...........que le llama Ud. en.......Kc/s (o...........Mc/s)?

QRX.- ¿Cuándo volverá a llamarme?

QRY.- ¿Qué turno tengo?

QRZ.- ¿Quién me llama?

QSA.- ¿Cuál es la intensidad de mis señales (o de las señales de...........)?

QSB.- ¿Varía la intensidad de  mis señales?

QSD.- ¿Es defectuosa mi manipulación?

QSG.- ¿Debo transmitir............telegramas de una vez?

QSL.- ¿Puede acusarme recibo?

QSO.- ¿Puede Ud. comunicarme directamente (o por retransmisión) con..........?

QSP.- ¿Quiere retransmitir gratuitamente a................?

QSV.- ¿Debo transmitir una serie de V en frecuencia (o en........Kc/s o Mc/s)?

QSW.- ¿Quiere transmitir en esta frecuencia (o en............Kc/s o............Mc/s) (en emisión de tipo...................)?

QSY.- ¿Tengo que pasar a transmitir en otra frecuencia?

QSZ.- ¿Tengo que transmitir cada palabra o grupos varias veces?

QTA.- ¿Debo anular el telegrama nro.............como si no se hubiese transmitido?

QTC.- ¿Cuántos telegramas tiene para transmitir?

QTE.- ¿Cuál es mi marcación verdadera con relación a Ud.?

           ¿Cuál es mi marcación verdadera con relación a........................señal distintiva?

           ¿Cuál es la marcación verdadera de.............(señal distintiva) con relación a...............(señal distintiva)?

QTF.- ¿Quiere indicarme la posición de mi estación con arreglo a las marcaciones tomadas por las estaciones radiogoniométricas que Ud. controla?

QTG.- ¿Quiere transmitir dos rayas de diez segundos cada una, seguidas de su señal distintiva (repetidas............veces) (en...........Kc/s o..............Mc/s)?

 ¿Quiere pedir a................que transmita dos rayas de diez segundos, seguidas de su señal distintiva (repetidas.........veces) en................Kc/s (o............Mc/s)?

QTH.- ¿Cuál es la posición en latitud y en longitud (o según cualquier otra indicación)?

QTI.- ¿Cuál es su rumbo VERDADERO?

QTK.- ¿Cuál es la velocidad de su aeronave con relación a la superficie de la tierra?

QTL.- ¿Cuál es su dirección VERDADERA?

QTN.- ¿A que hora salió de..............(lugar)?

QTO.- ¿A despegado Ud.?

QTP.- ¿Va Ud. a amarrar (o aterrizar)?

QTR.- ¿Qué hora es?

QTU.- ¿A qué hora está abierta su estación?

QTV.- ¿Debo hacer la escucha por Ud. en las frecuencias de............Kc/s (o....Mc/s) para que pueda medir su frecuencia?

QUA.- ¿Tiene noticias de............(señal distintiva)?

QUB.- ¿Puede darme en el siguiente orden datos acerca de la visibilidad, altura de las nubes, dirección y velocidad del viento en tierra en...................(lugar de observación)?

QUG.- ¿Se verá Ud. obligado a amarrar (o aterrizar)?

QUH.- ¿Quiere indicarme la presión barométrica actual al nivel del mar?

QUJ.- Quiere indicarme el rumbo VERDADERO que debo seguir para dirigirme hacia Ud. (o hacia......................), sin viento?

QUM.- ¿Ha terminado el tráfico de socorro?

QUO.- ¿Tengo que buscar .........................(una aeronave, un barco, una embarcación de salvamento) en las proximidades de............................latitud....................longitud (o según otras indicaciones)?

QUR.- ¿Los supervivientes han...........(recibido equipos salvavidas, sido recogidos por una canoa de salvamento, sido encontrados por un grupo de salvamentos de tierra)?

QUS.- ¿Ha visto supervivientes o restos?. En caso afirmativo, ¿en qué lugar?

QUT.- ¿Ha sido señalado el lugar del accidente?

 

 

ANEXO 2

 

TABLA DE DELETREO

 

Letra a transmitir                      Palabra a utilizar                      Pronunciación (x)

A                                            Alfa                                         AL  FA

B                                             Bravo                                      BRA  VO

C                                            Charlie                                    CHAR  LI

D                                            Delta                                       DEL  TA

E                                             Eco                                         E  CO

F                                             Foxtrot                                    FOX  TROT

G                                            Golf                                         GOLF

H                                            Hotel                                       HO  TEL

I                                              India                                        IN  DIA

J                                              Juliett                                       YU  LIET

K                                            Kilo                                         KI  LO

L                                             Lima                                        LI  MA

M                                            Mike                                       MA  IK

N                                            November                               NO  VEM  BER

O                                            Oscar                                      OS  CAR

P                                             Papa                                       PA  PA

Q                                            Québec                                   QUE  BEC

R                                             Romeo                                    RO  MEO

S                                             Sierra                                      SI  E  RRA

T                                             Tango                                      TAN  GO

U                                            Uniforme                                 U  NI  FORM

V                                            Victor                                      VIC  TOR

W                                           Whiskey                                  UIS  KI

X                                            X-ray                                      EX  REY 

Y                                            Yankee                                   IAN  QUI

Z                                             Zulú                                         ZU  LU

(x) Las silabas subrayadas deberán acentuarse.

 

CIFRAS

 

Número a transmitir                                                    Palabra a utilizar

1                                                                                                                                                                 Primero

2                                                                                                                                                                 Segundo

3                                                                                                                                                                 Tercero

4                                                                                                                                                                 Cuarto

5                                                                                                                                                                 Quinto

6                                                                                                                                                                 Sexto

7                                                                                                                                                                 Séptimo

8                                                                                                                                                                 Octavo

9                                                                                                                                                                 Noveno

0                                                                                    Cero o nada



 

SUBCENTRO DE COMUNICACIONES

 

Lugar:

Aut.

 

 


Nro. De MSG

Pls. o Grs.

GRUPO HORARIO

DIA

HS.

MIN.

 

Estación/es Llamada/s………………………………………………………………………………………………………………….

 

Exceptuada/s……………………………………………………………………………………………………………………………

CARÁCTER                                                              (MARCAR CON UNA X)                                       PRIORIDAD

 

   Reservado                                                Público

 

Muy Urgente                      Urgente                          Simple

 

Destinatario:……………………………………………………………………………………………………………………………

 

Remitente; ………………………………………………………………………………………………………………………………

 

Informativo/s:…………………………………………………………………………………………………………………………..

 

Exceptuado/s:…………………………………………………………………………………………………………………………..

 

Texto:

     G. H. I.

Acusar Recibo:

No. De Serie:                          Sistemas:                 

 

IMIC.

G. H.

Encaminamiento:

Observ. de Tráfico:

Controlado:

 

Recibido:

 

 

 

Trasmitido:

 

 

 

Retransmitido

 

 

NOTA: Los casilleros comprendidos en los trazos gruesos, debe llenarlos el remitente.

 

 


REGISTRO DE MENSAJES RECIBIDOS

ESTACION DE TELECOMUNICACIONES………….………

AÑO: 19……. MES DE: …………………………..…………...

G.H.I.

M.S.G.

REMITENTE

DESTINATARIO

Prioridad u Orden de Prece-

dencia

CARACTER

ESTAC.

TRANS.

ENCAMINAMIENTO

G.H.R.

RECIBIDO

G.H.E.

Día

Hora

Min.

Día

Hora

Min.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

REGISTRO DE MENSAJES RECIBIDOS

ESTACION DE TELECOMUNICACIONES………….………

AÑO: 19……. MES DE: …………………………..…………...

G.H.I.

DESTINATARIO

ESTACION DESTINATARIA

ORGANISMOS, REPARTICION O FUC. RTE.

CARACTER

PRIORIDAD

RADIOGRAMA

 Nro.

CANTIDAD DE PALABRAS

 

G.H.T.

 

RECIBIO

TRANSMITIO

Día

Hora

Min.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

ANEXO 6

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CENTRO DE COMUNICACIONES BUENOS AIRES

RED DE COMUNICACIONES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

            

              RADIOGRAMA No.………………………………………………………………….

 

              DESTINATARIO…………………………………………………………………....

      

 

 

              CARÁCTER……………………………………………………………………………

 

              PRIORIDAD……………………………………………………………………………

           

              RECIBIO ……………………………..………………..…………………………………….

 

ACLARACION FIRMA...…..……………………………………..………………………..                        .

.

FECHA……………………….……………………..                     HORA…………………..……  

 

 

ENTREGO…………..………………..………………..………………………………………….

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 7

SISTEMA DE COMUNICACIÓN DE LA

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

SUBCENTRO…………………………….

 

 

IMPOSICION DE RADIOCONVERSACIONES

 

 

 

Solicitada por: …………………………………………………………………………………………………………………………. ..................................................................................................................................................................................................................

Destinatario: …………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………. Teléf…………………………………

Requerida para  directo  …………………………………………………………………………………………………………………

                  Interno

Precedencia….……………………………………………. Prioridad……………………………………………….. Carácter……………………...

Hora de pedido……………………………………………………………………………..Fecha……………………………………………………..

Comenz󅅅……………………………………………………………………….Finaliz󅅅………………………………………………Canal………………………………………………………………………………Tiempo……………………………………………………………

OPERADORES

Subcentro………………   Gobaires………………… Subcentro………………………..

Observaciones ………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………

……………………………….

                                                                                                                                                                                                                                                                              Firma

 

………………………………

                                                                                                                                                                                               Aclaración de Firma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

                                                              REGISTRO DE TRAFICO RADIOELECTRICO                                                                                                            ESTACION RADIOTELEFONICA……………

MES: ………….………

AÑO: ……..…………...

      

Día

HORA

CANAL

Estación Trasmisora

Estación  Receptora

SOLICITANTE

DESTINATARIO

Transmitió

Recibió

G.H.E.

 

ENTREGADO

 

Desde

Hasta

Día

Hora

Min.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Anexo 9

 

 

 

PROVINCIA DE BUENOS AIRES                                 REGISTRO DE FIRMA

                       GOBERNACION

          CENTRO DE COMUNICACIONES

 

                         BUENOS AIRES

 

Organismo…………………………………………….

Direcc. Radiot. ………………………………………..

…………………………………………………………                                              

                       NOMBRES Y APELLIDOS                                                                                                           FIRMA

 

 

…………………………………………………………

                             CARGO Y GRADO

Observaciones…………………………………………………...

…………………………………………………………………..                              

Autorizado por…………………………………………………..                                                                       RUBRICA

                                                   FIRMA Y SELLO

Lugar y fecha ……………………………………………………………………………………………………

_______________________________________________________________________________________

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 10

 

SELLOS INDISPENSABLES

 

 

SUBCENTRO DE COMUNICACIONES

………………………………

de 7cm x 2cm.   

 

 

TRANSMITIDO

de 6.5cm x 1.5cm.

 

RECIBIDO

de 6.5cm x 1.5cm.

PARA INFORMACION T.E………………..

SUBCENTRO COMUNICACIONES……………………..

de 9cm x 1.5xm.

CONTESTAR MISMO MEDIO

de 6.5cm x 1.5cm.

RECIBIDO

                        FECHA……………………………….

HORA………………………………..

                                                      …………………………….

                                                                                                 FITMA

de 7.5cm x 1.5cm.

 

NOMBRE  Y APELLIDO

OPERADOR

 

 De 2 líneas, en letras de 0.2cm.

                                                                                                                                                                                      de alto, guardando relación la

                                                                                                                                                                                        segunda, pero en letra chicas.-

 

ANEXO 11

 

            

                   GOBERNACION

      SECRETARIA DE INTELIGENCIA

                         -----------------

  RED DE COMUNICACIONES DE LA

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

CERTIFICADO HABILITANTE DE APTITUD

 

               

En cumplimiento del apartado f) del articulo 97 del reglamento provisorio de la red de Comunicaciones de la provincia de Buenos Aires, el Centro de Comunicaciones de la Secretaria de Inteligencia de la Gobernación de la provincia de Buenos Aires certifica por el presente que el señor……………………………………………………………………………………...................................... Clase ……….…….………..

M.I. Nº …………………………………. D.M. ………………… Of. Enrol. ……………………………………………………………………..

ha realizado y aprobado los cursos de la especialidad, que lo capacitan y autorizan para desempeñarse en la función de ……………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….......

 

                Extendido en La Plata, a los ……………………….. días del mes de ………………………………….

del año……………….               

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 12

 

                   GOBERNACION

     SECRETARIA DE INTELIGENCIA

                         ----------------

  RED DE COMUNICACIONES DE LA

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 ACTA DE JURAMENTO

 

 

                       Conforme lo expresa el articulo 20 de la Ley de telecomunicaciones 19.798, el articulo 222, capitulo II del Código Penal y lo dispuesto en los apartados a), b) y c) del numero 88 del reglamento provisorio de la Red de Comunicaciones de la Provincia de Buenos Aires, por la presente “JURO GUARDAR ESTRICTAMENTE Y HACER GUARDAR EN LO QUE DE MI DEPENDE EL SECRETO DE LAS TELECOMUNICACIONES, COMO ASI TAMBIEN CUMPLIR FIELMENTE LAS DISPOSICIOENES, REGLAMENTOS Y RESOLUCIONES SUPERIORES RELACIONADAS CON LA RED DE COMUNICACIONES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.

 

 

 

 

 

      Lugar y fecha, ………………………………………………. de ………………………… de 19…………

 

 

 

 

 

……………………………………………………….

                                                                                                                                                       Firma del interesado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

………………………………………………………..

                                                                                                                                                             Aclaración de firma