DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 788

La Plata, 22 de abril de 2004.

Visto: El Expediente Nº 2100-30083/04 por el cual se trata lo inherente al lanzamiento de los “Torneos Bonaerenses - Edición 2004”; y

CONSIDERANDO:

Que el inicio de dichos Torneos se producirá el día 29 de abril de 2004 en la ciudad de La Plata y abarcará los “Torneos Juveniles Bonaerenses” y “Torneos Abuelos Bonaerenses”;

Que los aludidos certámenes apuntan a lograr la intervención en competencias deportivas y culturales de distintos estamentos sociales del territorio bonaerense, en un marco de sana camaradería, propendiendo a la formación de la personalidad individual y grupal de los participantes;

Que a los fines de una mejor administración, resulta apropiado efectuar las correspondientes previsiones dinerarias con miras a cubrir los gastos que demanden las Etapas Municipal y Regional del citado evento y cuyo detalle se consigna el Anexo 1 (apartado A) del presente Decreto;

Que por la naturaleza propia de los Torneos, las erogaciones en cuestión se enmarcan en las previsiones del artículo 40 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 10.189 (Texto actualizado por Decreto 4.502/98 y modificatorios);

Que concordantemente y de acuerdo a las estimaciones señaladas por la Secretaría de Turismo y Deportes, deviene necesario establecer un importe global, destinado a otorgar subsidios a los Municipios en los cuales se llevarán a cabo los citados Torneos, según el importe consignado en el Anexo I (apartado B);

Que el presupuesto vigente contempla créditos aptos para la atención de los gastos y beneficios indicados en los Considerandos precedentes;

Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno (fs. 12) y la Dirección de Contabilidad de la Secretaría General de la Gobernación
efectuado la correspondiente imputación presupuestaria (fs. 13);

Que en ejercicio de las atribuciones emergentes del Decreto Nº 642/03 y del Artículo 144 -proemio- y 144 inciso 2 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, se dicta el presente Decreto;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE
BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º.- Autorízase la realización de los “Torneos Bonaerenses - Edición 2004”, que se desarrollarán en el ámbito provincial a partir del día 29 de abril de 2004.

Artículo 2º.- Facúltase a la Subsecretaría Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación, a ejecutar los gastos que demanden la realización de las Etapas Municipal y Regional de los Torneos Bonaerenses - Edición 2004, cuyo detalle y estimación obra en el Anexo I (apartado A), el que pasa a formar parte integrante del presente y en el marco de lo normado por el artículo 40 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 10.189 (Texto actualizado por Decreto 4.502/98 y modificatorios).

Artículo 3º.- Las erogaciones que se autorizan por el artículo anterior, podrán efectuarse tanto mediante el retiro de fondos por parte del señor Secretario General de la Gobernación, en los términos de la excepción establecida, por la norma legal invocada, como mediante un proceso de gasto presupuestario con imputación a la partida 3.9.1. (Servicio de Ceremonial), o la asignación de sumas de dinero a la Secretaría General de la Gobernación, con cargo de rendir cuentas en forma documentada.

Artículo 4º.- Autorízase a la Secretaría General de la Gobernación a otorgar subsidios a las distintas Municipalidades, según la propuesta que formule oportunamente la Secretaría de Turismo y Deporte, los que serán atendidos con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2004 - Ley 13.154, Jurisdicción 6, Categoría de Programa ACO 3, Finalidad 1, Función 3, Fuente Financiera 11, Partida Principal 5, Partida Subprincipal 3, Partida Parcial 2, Subparcial 902 y conforme al importe consignado en el Anexo 1 (apartado B), el que pasa a formar parte integrante del presente.

Artículo 5º.-: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

Artículo 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, y pase a la Subsecretaría Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación, para la intervención de su competencia. Cumplido, archívese.

SOLA
R. Magnanini

ANEXO I

Etapas Municipal y Regional

Apartado A - Gastos

 

TEMA

IMPORTE $

Coordinadores, jueces, árbitros,
jurados (transporte y honorarios)

500.000

Adquisición papel

70.000

Impresiones

60.000

Banderas y señalética

200.000

Seguros

110,000

Gastos lanzamiento Torneos

20.000

Varios

40.000

TOTAL

1.000.000

 

 

 

Apartado B - Subsidios

Monto a distribuir entre
los Municipios intervinientes

IMPORTE $

Etapa Municipal

300.000

Etapa Regional

2.000.000

TOTAL

2.300.000