DECRETO 73/94

 

LA PLATA, 7 de ENERO de 1994.

 

VISTO el Decreto 4015/93, mediante el cual se reglamenta el artículo 103 de la Ley 10430  - Estatuto para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, a fin de mejorar el funcionamiento de los Organismos Sectoriales de Personal; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, ante la complejidad de las tareas que debe asumir la Secretaría General de la Gobernación a través de la Dirección Provincial del Personal de la Provincia, resulta necesario proceder al dictado de determinadas normas complementarias, no previsto en su momento al dictarse el Decreto 4015/93, referente fundamentalmente a todo tipo de contratación de personal;

 

Por ello,

 

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Fíjase como norma complementaria del Decreto 4015/93, la siguiente:

“Establécese que todo tipo de contratación de personas de existencia física bajo cualquier forma o modalidad que implique realizar tareas directamente relacionadas con los servicios que presta la Administración Pública Provincial, deberá contar previamente con la intervención de la Secretaría General de la Gobernación – Dirección Provincial del Personal de la Provincia-, debiendo las Delegaciones Sectoriales de Personal de cada Jurisdicción, Organismos Centralizados, Descentralizados y Autárquicos, dejar constancia en un Registro de las Modalidades de ejecución del trabajo encomendado como también su estricto cumplimiento”.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción.

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.