Fundamentos de la Ley 13413

 

 

 

La provincia garantiza a todos sus habitantes el acceso a la salud en los aspectos preventivos, asistenciales y...(Art.36:inc.8 C. Pcia. Bs. As).

La reforma de la Constitución en la Provincia de Buenos Aires llevada a cabo por la Convención General Constituyente de 1994 incorporó en la misma el derecho inalienable de todo individuo de acceder -en igualdad de condiciones- a la salud en todos sus aspectos...(art.:36. 8 : terapéuticos; sostiene el hospital público y gratuito en general, con funciones de asistencia sanitaria, investigación y formación; promueve la educación para la salud; la rehabilitación y la reinserción de las personas toxicodependientes. El medicamento por su condición de bien social integra el derecho a la salud; la Provincia a los fines de su seguridad, eficacia y disponibilidad asegura, en el ámbito de sus atribuciones, la participación de profesionales competentes en su proceso de producción y comercialización.(Const. Provincia de Bs. As. HCD.1994).

Quiere decir que la salud es un bien jurídico colectivo, de manera que el Estado debe lograr en forma preventiva el acceso a la salud de toda su población. El desarrollo de políticas que se encaminen a garantizar el derecho al acceso deben materializarse priorizando todo aquello que fortalezca la equidad en el acceso y el financiamiento de la salud.

Teniendo en cuenta lo señalado debemos decir que el cuidado del hombre comienza desde el mismo instante de la concepción. Así la esperanza de vida al nacer está condicionada para los países occidentales por cuatro grandes factores:

 

·                    El primero de ellos es la biología o la herencia. Sobre este aspecto no opera la decisión o elección a nivel de políticas colectivas o conductas colectivas individuales. Un panel de especialistas mundiales concluyó que en las principales causas de muerte la genética es responsable por aproximadamente el 27 % de los casos.

 

·                    El segundo condicionante de la longevidad es el ambiente. Aunque en general las áreas más pobres son también las más insalubres, hay factores del deterioro ambiental que afectan casi tanto la salud de los ricos como la de los pobres. Un ejemplo de ello es el deterioro de la capa de ozono que cubre la atmósfera y está directamente relacionada con la incidencia del melanoma o cáncer de piel. Los factores ambientales representan, en promedio, el 19% de los casos de enfermedad.

 

·                    El tercer factor, que está muy relacionado con el anterior, son los estilos de vida, que incluyen aspectos tales como la forma en que las personas se alimentan, el hábito al tabaco, la prevalencia de conductas agresivas, el manejo y proporción de actividades lúdicas o de distensión, el consumo de drogas, las prácticas sedentarias o deportivas, etc. Análisis recientes ampliaron la discusión sobre la medida en que éste pueda ser considerado un problema individual o público, valorando la real posibilidad y responsabilidad de las personas para modificar sus estilos de vida en tanto sigan inmersos en las circunstancias existenciales que los llevaron a adoptarlos. Los epidemiólogos han cuantificado el peso de los estilos de vida, concluyendo que un 43% de las veces la enfermedad y la muerte reconocen como causa mediata a los hábitos nocivos que signaron a la persona a lo largo de la vida.

 

·                    Por último, se encuentra el sistema sanitario, constituido por los hospitales, seguros médicos, consultorios, profesionales, laboratorios, medicamentos, etc. EI mismo es responsable por el 11% de los casos de enfermedad o muerte, y ello conduce a reflexionar acerca de la escasa incidencia que finalmente tiene en la esperanza de vida la cantidad de médicos u hospitales, o la existencia de un sofisticado arsenal farmacológico y tecnológico, o el monto de los recursos destinados a tal fin.

 

Desde este punto de vista toda acción en el área de la salud debe, necesariamente, estar orientada a arbitrar todos los medios tendientes a que los condicionantes de la esperanza de vida puedan revertirse con políticas públicas de salud.

Por ello con la finalidad de explicitar y optimizar la respuesta del Estado Provincial ante el riego individual y familiar asociado al proceso salud-enfermedad en la población de escasos recursos y sin otro tipo de cobertura, el Ministerio de Salud desde el 15 de septiembre de 2000, creó el Seguro Público de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

Este Seguro surgió como respuesta a la imprescindible necesidad de dotar de un instrumento que permita asegurar la atención integral, oportuna, continua y de calidad a todos los habitantes del Estado Bonaerense, por un lado, y por otro, priorizar dimensionar las acciones de salud en los sectores más necesitados, afianzando el concepto social de equidad efectiva.

Así la atención de la salud debe basarse en el reconocimiento de las características culturales, históricas, sociológicas, económicas, demográficas y epidemiológicas de la población, las cuales derivan en diferentes necesidades y demandas de la misma, que para dar respuesta a las necesidades de la salud de los grupos poblacionales carentes de recursos económicos, se requiere de un esfuerzo solidario y participativo de los distintos sectores de la comunidad organizada.

En este sentido, la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud debe ir dirigida a esos grupos vulnerables con la participación e integración de entidades que brindan servicios de salud, ya sea estatales, privados o del tercer sector, a través de la complementación operativa, con la articulación de los recursos existentes y delimitación explícita de roles, derechos y responsabilidades.

Creemos que este es el camino para prevenirse de los efectos que causan los efectos que tienen incidencia en la esperanza de vida que señaláramos más arriba.

La decisión del gobierno de la provincia de Buenos Aires de conformar un Seguro Público de Salud creó la necesidad de definir explícitamente ciertas cuestiones que resultan centrales al financiamiento y organización de su sistema de servicios de salud como ser el marco institucional, las fuentes y formas de financiamiento, el tipo de cobertura, la población beneficiaria, el modelo de atención, los mecanismos relacionales, la incorporación de la oferta privada, la participación de la población, etc. El seguro significa, en este sentido, uno de los ejes para vertebrar el desarrollo del sentido de equidad en salud.

Este Seguro significa, en primer lugar, una explicitación y optimización de la respuesta del estado ante el riesgo financiero individual asociado a la enfermedad en la población de escasos recursos y sin otro tipo de cobertura. Pero a su vez, plantea la posibilidad de financiación de aquellas acciones que por su carácter de bienes públicos no son financiados en forma individual, delineándose de esta manera un modelo que tiene por objetivo principal el mantenimiento de la salud de sus beneficiarios a través de acciones de promoción y protección, de eficiencia en la atención y de equidad -reiteramos- en el acceso a los servicios.

Las nuevas formas de regulación que se plantean con este mecanismo llevarán a organizaciones intervinientes a asumir las funciones de compra de servicios a partir de un rol activo, interviniendo a través de los incentivos producidos por la forma de financiamiento en la misma y no como meros mecanismos automáticos. Estas nuevas formas conocidas como atención gerenciada representan la tendencia de un conjunto muy amplio de innovaciones en la organización de los servicios de salud, introduciendo técnicas de gestión en la coordinación del sistema de servicios de salud.

El Seguro Público de Salud de la Provincia de Buenos Aires representa también -y fundamentalmente- una estrategia de fortalecimiento institucional del propio Ministerio de Salud, concentrando sus objetivos en la satisfacción de las necesidades de la población con mayores carencias de recursos. De esta forma, el Seguro Público es conceptualizado como instrumento para alcanzar y garantizar la accesibilidad, equidad y calidad de los servicios de salud a la población destinataria a partir de un modelo no tradicional en el sector estatal, cuyas principales características se pueden describir de la siguiente forma:

 

·                    En primer lugar, el modelo de atención del Seguro Público esta basado sobre un sistema asistencial integrado, y gestionado en función a las necesidades de salud de su población beneficiaria. Es importante enfatizar que esta proposición debe ser interpretada como la construcción de un modelo asistencial alternativo tanto al modelo tradicional del sector público como del sector privado. Sus tres componentes pueden desarrollarse en la siguiente forma:

Como sistema integrado debe interpretarse un modelo de atención que garantice la continuidad de la atención del paciente entre los distintos efecto res públicos y privados. De esta forma se busca evitar la típica fragmentación de la responsabilidad de los servicios entre los distintos prestadores.

El modelo de atención gestionado implica tanto la participación activa de los profesionales médicos del primer nivel de atención como orientadores del proceso de atención, como la intervención de áreas no asistenciales informadas de los problemas de salud y de la calidad del proceso asistencial resultante.

Las necesidades de atención de la salud de la población representan el eje articulador de la organización, la producción y la evaluación de los servicios de salud. Como necesidades de salud deben ser consideradas tanto a los problemas de salud prevalentes, identificados por los médicos de primer nivel de atención, como el resultante de la participación de los propios usuarios/pacientes.

 

·                    En segundo lugar, el modelo del Seguro Público tiene una estructura institucional alternativa a la estructura tradicional. En este sentido es posible destacar que las relaciones entre los diferentes actores involucrados en el financiamiento y organización de los servicios de salud se construyen en una forma contractual y flexible. Las relaciones entre estos actores se establecen a través de convenios y contratos, señalando en sus contenidos sus responsabilidades, formas de retribución y mecanismos de evaluación.

De esta forma, la figura mas ajustada a este diseño es la integración virtual de todas las organizaciones o actores/agentes a través de contratos/convenios como explicitaciones del proceso integral y participativo de un modelo de atención basado en las necesidades de salud de la población beneficiaria por el Seguro Público.

 

·                    En tercer lugar y como resultante de los primeros, el Seguro Público se estructura en un modelo de gestión con instrumentos innovadores de gran impacto en la prestación de servicios de salud del sector público. Todo ello queda sustentado en una nueva estructura de incentivos.

 

Hoy el Seguro se encuentra implementado en 44 municipios. El padrón de beneficiarios totaliza 415.000 personas que ya han sido asignadas a un médico de cabecera responsable de su atención.

Estos beneficiarios constituyen la población a cargo de 631 médicos de cabecera, 509 odontólogos y 1552 laboratorios de análisis clínicos.

La cobertura de medicamentos se realiza a través de los acuerdos pertinentes para la inclusión del Seguro Público en los diferentes programas nacionales -REMEDIAR- o provinciales para la obtención de los mismos. La estructura del Seguro Público podrá gestionar con los diferentes municipios, unidades coordinadoras para fortalecer el Programa y éstas a su vez afianzar, en el mismo sentido, la relación con los diferentes actores del nivel local, regional y provincial.

El Presupuesto General de Cálculo de Recursos y Gastos de la Provincia de Buenos Aires para el año 2004, fijo para la sede central Ministerio de Salud y bajo el Programa 0095, la suma de pesos veintiséis millones trescientos un mil cien ($26.301.100), suma que deberá tener continuidad y además deberá crecer hasta lograr la inclusión total de las personas carentes de recursos y de esta forma asegurar la inclusión, igualdad y equidad en salud.

El proyecto de ley que presentamos tiene como objetivo principal dar el marco legal necesario para que las personas carentes de recursos en la provincia de Buenos Aires vean que el derecho a la salud es una realidad, motivo por el cual solicitamos de los señores legisladores nos acompañen en la aprobación del presente proyecto.