DECRETO 2420/93
Visto las prescripciones
contenidas en
CONSIDERANDO:
Que a efectos de acercar el
control de los gastos e inversiones a los municipios de
Que, en consecuencia, se impone, a los fines de la debida implementación del sistema legal creado, la apertura estructural correspondiente, así como el desarrollo operativo funcional de las competencias determinadas por los cuerpos legales indicados;
Que, en ese marco, habiendo
tomado conocimiento el Consejo Asesor de
Que, no obstante lo expuesto
precedentemente, la habilitación y la puesta en funcionamiento de las distintas
Delegaciones se llevará a cabo en forma progresiva y
de acuerdo a las disponibilidades financieras de
Que el presente se dicta en uso
de las facultades otorgadas en el Artículo 28º y concordantes de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÌCULO 1º.- Apruèbase la estructura organizativa de las diecisiete (17) delegaciones del Honorable Tribunal de Cuentas, de acuerdo al Organigrama, acciones y competencia jurisdiccional que, como anexos I, II y II respectivamente, integran el presente decreto.
ARTÌCULO 2º.- Determínanse para el ámbito de cada delegación, la
equivalencia a los niveles escalafonarios previstos para
1) Delegado, equiparado al promedio resultante del rango y remuneración entre el cargo de Director Provincial y el de Director.
2) Relator, equiparado al rango y remuneración de Director.
ARTÌCULO 3º.- El Honorable
Tribunal de Cuentas procederá a adecuar y aprobar en el plazo de treinta días,
previa intervención del Ministerio de Economía, de
ARTÌCULO 4º.- El Ministerio de Economía efectuará las adecuaciones presupuestarias en función de la disponibilidad de recursos con que se cuenten al momento de la instrumentación del presente decreto y la cobertura de los planteles básicos que resulten.
ARTÌCULO 5º.- El Honorable Tribunal de Cuentas, puestas que sean en
funcionamiento las delegaciones zonales y resueltos los estudios de cuentas
pendientes sujetos al procedimiento establecido en el Artículo 46º de
ARTÌCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTÌCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, pase a
ANEXO I
ANEXO II
ACCIONES DE LAS DELEGACIONES
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
-DELEGACIÓN DEL HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS (17)
1. Estudiar y dictaminar sobre los estados de ejecución de Planta de Personal, Ejecución del Presupuesto de Gastos, de Ejecución del Cálculo de Recurso de Ejecución de Cuentas Especiales, de Ejecución de Terceros, de Movimientos de Fondos y Valores, de Patrimonio de Resultado Económico financiero y de todo otro que establezca reglamentariamente el Honorable Tribunal de Cuentas.
2. Realizar arqueos y relevamiento de inventario de bienes y valores.
3. Efectuar inspecciones y auditorías en dependencias de la administración municipal y elevar informes sobre los resultados obtenidos.
4. Asesorar a las autoridades municipales en materia de su competencia.
5. Producir informes técnico-contables de los sumarios administrativos municipales de responsabilidad patrimonial.
6. Elaborar el anteproyecto de
presupuesto de gastos de
ANEXO III
Delegación Zona I
Partidos de
Delegación Zona II
Partidos de Quilmes, Berazategui y Florencio Varela.
Delegación Zona III
Partidos de Avellaneda y Lanús.
Delegación Zona IV
Partidos de Lomas de Zamora, Almirante Brown, Esteban Echeverría y Cañuelas.
Delegación Zona V
Partidos de
Delegación Zona VI
Partidos de Morón, Moreno y General Sarmiento.
Delegación Zona VII
Partidos de Tres de Febrero, General San Martín y Vicente López
Delegación Zona VIII
Partidos de San Isidro, San Fernando, Tigre y Escobar.
Delegación Zona IX
Partidos de Bahía Blanca, Villarino, Patagones, General Rosales, Municipio Urbano de Monte Hermoso, Coronel Dorrego y Tres Arroyos.
Delegación Zona X
Partidos de General Pueyrredón, General Alvarado, Balcarce, Mar Chiquita, San Cayetano, Necochea, Lobería, Villa Gesell y Pinamar.
Delegación Zona XI
Partidos de San Andrés de Giles,
Luján, Pilar, Exaltación de
Delegación Zona XII
Partidos de Pellegrini, Tres Lomas, Salliqueló, Guaminí, Daireaux, General Lamadrid, Coronel Suarez, Saavedra, Torquinst, Púan y Adolfo Alsina.
Delegación Zona XIII
Partidos de Benito Juárez, González Chaves, Olavarría, Azul Tandíl, Rauch, Las Flores, Tapalqué, General Alvear, Saladillo y Roque Pérez.
Delegación Zona XIV
Partidos de Ayacucho, General Madariaga,
Maipú, General Guido, De
Delegación Zona XV
Partidos de Hipólito, Irigoyen, Trenque Lauquén, Pehuajó, Rivadavia, Carlos Tejedor, Nueve de Julio, Coronel Pringles, Laprida y Bolívar.
Delegación Zona XVI
Partidos de General Viamonte, Lincoln, General Villegas, General Pinto, Leandro N. Alem, Rojas, Salto, General Arenales, Junín, Chacabuco, Alberti, Bragado y 25 de Mayo.
Delegación Zona XVII
Partidos de Pergamino, Colón, San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Bartolomé Mitre, Capitán Sarmiento, Carmen de Areco, Zárate, Campana y San Antonio de Areco.