DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE Y GOBIERNODECRETO 751

La Plata, 25 de abril de 2008.

VISTO el expediente N° 2100-22233/07, por el que tramita el llamado a la Licitación Pública Nº 4/07, tendiente a otorgar en concesión de uso para la restauración, refuncionalización, explotación, equipamiento, conservación y mantenimiento, el “Hotel Provincial Sierra de la Ventana” y el “Parque del Hotel Provincial Sierra de la Ventana” – Partido de Tornquist, y

CONSIDERANDO:Que la aludida Licitación Pública, cuya documentación fuera aprobada y el llamado dispuesto por el Decreto Nº 1737/07 obrante a fojas 1/138 del alcance 3, agregado como fojas 328, modificado por Resolución Nº 318/07 (fojas 190), Resolución Nº 407/07 (fojas 205) y Resolución Nº 408/07 (fojas 206), fue encuadrada en las previsiones del artículo 25 de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley Nº 7764/71 y modificatorios);Que a fojas 140/154, del alcance 3, se acreditan las publicaciones estatuidas por el artículo 30 de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley Nº 7764/71 y modificatorios) y artículo 9º del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 3300/72 y modificatorios);Que a fojas 157/184 y 212/222 del alcance 3, se agregan las invitaciones cursadas a funcionarios, federaciones, cámaras y asociaciones que nuclean a firmas del ramo y a fojas 202/204 se agrega la constancia de retiro de Pliego de Bases y Condiciones formalizado por una (1) firma de plaza;Que a fojas 223 se aduna en su original el Acta de Recepción de Ofertas, realizada el día 28 de septiembre de 2007, a las 12:00 horas, de la cual surge la presentación de una (1) oferta en caja cerrada por la firma PORTURISMO S.A.;Que a fojas 224 se agrega el Acta de Apertura de Ofertas, efectuada el mismo día a las 16:00 horas, en donde consta la única oferta presentada y su correspondiente cotización;Que a fojas 225/448 se agrega en su original la propuesta de la firma proponente;Que a fojas 449/452, del alcance 3, obra el informe elaborado por la Dirección de Contrataciones, en el que se concluye que la firma PORTURISMO S.A. no acredita suficientemente los requisitos mínimos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones referidos a solvencia patrimonial, experiencia, idoneidad y capacidad necesaria para desarrollar el proyecto objeto de la licitación, incumpliendo a su vez otros puntos del Pliego que ameritan su desestimación;Que conforme la facultad conferida a la autoridad contratante por el artículo 52 del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 3300/72 y modificatorios) y de acuerdo a las circunstancias descriptas, se considera procedente declarar fracasada la presente licitación por falta de ofertas viables;Que en consonancia con la normativa señalada en el considerando anterior, el artículo 15 de las condiciones generales del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto Nº 1737/07, prevé expresamente la facultad de la Administración de rechazar las propuestas de los oferentes en cualquier momento antes del acto de adjudicación;Que a fojas 333/334 ha intervenido con el dictamen de su competencia, la Asesoría General de Gobierno, a fs 339 informado la Contaduría General de la Provincia y a fojas 341 tomado vista el Señor Fiscal de Estado estimando procedente el dictado del acto administrativo mediante el cual se deje sin efecto el trámite licitatorio y se disponga el rechazo de la oferta presentada, en los términos del artículo 52 del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 3300/72 y modificatorios);Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 2º, inciso b), apartado 1 y 52 del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 3300/72 y modificatorios), y el Artículo 15 de las Condiciones Generales del Pliego de Bases y Condiciones;Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º. Aprobar la Licitación Pública Nº 4/07, tendiente a otorgar en concesión de uso para la restauración, refuncionalización, explotación, equipamiento, conservación y mantenimiento, el “Hotel Provincial Sierra de la Ventana” y “Parque del Hotel Provincial Sierra de la Ventana” – Partido de Tornquist.ARTICULO 2º. Rechazar por los fundamentos expuestos en los Considerandos del presente Decreto, la única propuesta presentada por la firma PORTURISMO S.A. de conformidad a lo dispuesto por los artículos 52 del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 3300/72 y modificatorios) y 15 de las Condiciones Generales del Pliego de Bases y Condiciones.ARTICULO 3º. Declarar fracasada y dejar sin efecto la Licitación Pública Nº 4/07, por falta de propuestas idóneas para la realización del objeto del referido llamado.ARTICULO 4º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete y Gobierno.ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Alberto Pérez                                  Daniel Osvaldo ScioliMinistro de Jefatura                     Gobernadorde Gabinete y Gobierno