DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE Y GOBIERNO
DECRETO 566

La Plata, 9 de abril de 2008.

VISTO la Ratificación de la Carta de Intención suscripta entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de General Pueyrredón con fecha 9 de abril de 2008, y

CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 2300 del 14 de septiembre de 2006, el Poder Ejecutivo Provincial aprobó la Carta de Intención acordada entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de General Pueyrredón con fecha 31 de agosto de 2006;
Que dicha Carta de Intención tuvo su origen en el manifestado propósito del Gobierno provincial de concesionar el uso, explotación, refuncionalización, restauración, equipamiento y mantenimiento del Hotel Provincial de la Ciudad de Mar del Plata;
Que mediante el referido acuerdo el Municipio asumió el compromiso de realizar un llamado para la construcción de un estacionamiento subterráneo bajo la Plaza Colón de la Ciudad de Mar del Plata, mientras que la Provincia de Buenos Aires se comprometió a integrar un (1) representante deI Municipio con conocimientos técnicos y experiencia al Comité Evaluador de los Anteproyectos Arquitectónicos de Restauración, Adecuación y Categorización Edilicia que formaran parte de las ofertas de los oferentes interesados;
Que asimismo ambas partes concertaron adoptar los recaudos que posibilitaran integrar al llamado el lote de playa ubicado frente al Edificio de la Unidad Turística identificada como Hotel Departamentos Casino;
Que con tal antecedente, mediante Decreto N° 3229 del 1° de diciembre de 2006 se autorizó la realización de la Licitación Pública N° 10/06, con el objeto de seleccionar el concesionario para otorgar la mencionada concesión;
Que el Decreto N° 2004 del 21 de agosto de 2007 declaró desierta la Licitación Pública N° 10/06 por falta de oferentes;
Que el Poder Legislativo Provincial, a través de la Ley N° 13.813, sancionada el 27 de febrero de 2008, facultó al Poder Ejecutivo a concesionar mediante Licitación Pública el uso del bien de dominio del Estado Provincial denominado Hotel Provincial y Hotel Departamentos Casino;
Que esta norma tuvo, entre otros propósitos, el de favorecer la concurrencia de oferentes al procedimiento licitatorio mediante el establecimiento de ventajas adicionales a las previstas en el referido llamado;
Que la Provincia de Buenos Aires mantiene el propósito de concesionar las Unidades Turísticas mencionadas en Ia Ley N° 13.813, con el objeto de alcanzar su explotación, refuncionalización, restauración, equipamiento y mantenimiento;
Que los fundamentos explicitados en las normas precedentes y que motivaran la suscripción de la Carta de Intención son compartidos por las actuales autoridades de los gobiernos provincial y municipal, en el entendimiento que las medidas comprometidas resultan necesarias para el éxito del futuro llamado;
Que, por otra parte, existe un compromiso asumido por la Provincia de Buenos Aires, en orden a ceder el uso de determinados espacios del denominado Hotel Provincial para la realización de la IV Feria del Libro a desarrollarse durante el año 2008, ello en virtud de solicitud expresa del Municipio, a la vista de las apropiadas características del bien para su afectación a ese destino;
Que, por tal motivo, la Provincia de Buenos Aires, complementariamente a lo originariamente pactado se compromete a establecer como obligación del futuro contratista el posibilitar la realización de dicho evento;
Que por las razones antes expuestas, corresponde aprobar por medio del presente Decreto, la Ratificación de la Carta de Intención mencionada en el Visto;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1°. Aprobar la Ratificación a la Carta de Intención suscripta entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de General Pueyrredón con fecha 9 de abril de 2008, el que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2°. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
ARTICULO 3°. Registrar, notificar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido archivar.

Alberto Pérez

Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura

Gobernador

de Gabinete y Gobierno

 

RATIFICACION DE LA CARTA INTENCION SUSCRIPTA ENTRE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL MUNICIPIO DEL PARTIDO DE
GENERAL PUEYRREDON

En la ciudad de La Plata, a los 9 días del mes de abril del año 2008, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en adelante "La Provincia", representada por el señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Don Daniel Osvaldo Scioli, por una parte, y por la otra, el señor Intendente Municipal del Partido de General Pueyrredón, Gustavo Arnaldo Pulti, en adelante "El Municipio",
CONSIDERAN:
Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires continúa con el ferviente propósito de concesionar el uso, explotación, refuncionalización, restauración, equipamiento y mantenimiento del Hotel Provincial y del Hotel Departamentos Casino de la Ciudad de Mar del Plata;
Que por tal razón y teniendo en consideración, por una parte, el Decreto N° 2004 del 21 de agosto de 2007, que declarara desierta por falta de oferentes la Licitación Pública n° 10/06 convocada con la finalidad de dar cumplimiento a aquel propósito y por otra, la sanción de la Ley N° 13.813, que faculta al Poder Ejecutivo Provincial a convocar a una nueva Licitación Pública en el marco de un régimen particular, es que la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación ha elaborado un Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones para concretar el pertinente llamado a Licitación Pública determinando, entre los objetivos a cumplir en ambos hoteles, los de reactivar su explotación integral, preservar su valor histórico y patrimonial, lograr su refuncionalización y categorización, sostener su explotación a largo plazo, resguardar sus áreas adyacentes vinculadas, incidir positivamente en el desarrollo de la actividad turística y asegurar su integridad arquitectónica;
Que con ello se busca no sólo mantener en perfecto estado un edificio emblemático en lo cultural, sino también proyectar el turismo de la Ciudad de Mar del Plata durante todo el año al más alto nivel internacional, mediante la realización de obras de envergadura y principalmente persiguiendo el establecimiento de un Centro de Convenciones de la más alta calidad y nivel;
Que oportunamente las autoridades provinciales advirtieron la necesidad de ampliar en la zona circundante, la capacidad de estacionamiento vehicular para resolver la demanda asociada a la Unidad de Negocio "Centro de Convenciones y Palacio de Congresos", en razón de las características y nivel exigidos para la misma;
Que como el espacio disponible para tal fin, ubicado bajo la plazoleta Almirante Brown, no supera las doscientas (200) plazas, convirtiéndose así en una importante restricción para la formulación de los proyectos y por esa misma razón, para el éxito del Llamado a Licitación, y considerando que las áreas aledañas de jurisdicción provincial no resultan aptas para resolver esa demanda, nuevamente se visualiza a la Plaza Colón como el ámbito alternativo que posibilitaría, mediante emprendimientos subterráneos, la solución buscada;
Que fuere ése el espacio o cualquier otro alternativo dar solución a esa restricción será siempre una decisión de orden municipal;
Que por otro lado, el Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones contempla también en esta oportunidad, como requisito esencial para la presentación de las propuestas, la formulación de un Proyecto Arquitectónico de Restauración, Adecuación y Categorización Edilicia, no solamente para verificar el respeto al valor patrimonial e histórico del Hotel Provincial, y por lo tanto a las restricciones establecidas para la realización de reformas edilicias, sino también para verificar su debida articulación con el "Plan de Negocio" que cada Oferente presente y su valor y calificación como proyecto arquitectónico en sí mismo;
Que para esa etapa de evaluación de las Ofertas que pudieran presentarse, se ha previsto, como ocurriera en el Pliego que rigiera el llamado anterior, la intervención de un Comité Evaluador de Proyectos Arquitectónicos de Restauración, Adecuación y Categorización Edilicia, cuya integración, representación y capacitación específicas serán determinadas por la Secretaría General de la Gobernación;
Que para que ese Comité Evaluador alcance el mayor grado de legitimidad, continúa siendo necesario que esté integrado por un profesional del Municipio de General Pueyrredón, de forma tal que todos los actores representativos participen e intervengan en la evaluación de las distintas Ofertas;
Que al haberse incluido en el llamado la Unidad Turística identificada como Hotel Departamentos Casino, cabe mantener el compromiso de "El Municipio" de adoptar aquellos recaudos que posibiliten integrar el lote de playa ubicado frente a esa Unidad Turística, de forma tal de otorgarle mayor nivel a la futura explotación y a toda el área circundante;
Que en otro orden, habiendo asumido "La Provincia" el compromiso de ceder a "El Municipio" las instalaciones del Hotel Provincial para la realización de la IV Feria del Libro, a desarrollarse durante el año 2008, se estima necesario la inclusión de una cláusula en el contrato de concesión que obligue al futuro adjudicatario a permitir la realización de dicho evento sin cargo para "El Municipio";
Que manteniéndose entonces los objetivos y necesidades que guiaron la suscripción de la Carta de Intención entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de General Pueyrredón con fecha 31 de agosto de 2006, aprobada mediante Decreto N° 2300 del 14 de septiembre de 2006, ambas jurisdicciones entienden que para el éxito del próximo llamado y de la futura concesión, resulta imprescindible ratificar lo convenido en dicha oportunidad como así también instrumentar los mecanismos pertinentes para el cumplimiento de los compromisos preexistentes entre las partes;
por ello, las partes acuerdan:
Ratificar, en todos sus términos, los compromisos asumidos, por una parte, “El Municipio”, quien se compromete a habilitar en un plazo no superior a ciento ochenta (180) días, un llamado para la construcción de un estacionamiento subterráneo bajo la Plaza Colón de la Ciudad de Mar del Plata, y por la otra, "La Provincia", quien se obliga a integrar al Comité Evaluador de los Proyectos Arquitectónicos, de Restauración, Adecuación y Categorización Edilicia que formen parte de las Ofertas que se presenten al llamado público para la concesión de uso, explotación, refuncionalización, restauración, equipamiento y mantenimiento del Hotel Provincial y del Hotel Departamentos Casino de la Ciudad de Mar del Plata, un (1) representante del Municipio con conocimientos técnicos y experiencia para la evaluación. "La Provincia" y "El Municipio", en conjunto, ratifican su voluntad de adoptar los recaudos que posibiliten integrar el lote de playa frente a la Unidad Turística identificada como Hotel Departamentos Casino.
Asimismo, "La Provincia" se compromete a incluir en el contrato que regirá la concesión una cláusula que obligue al concesionario a ceder a "El Municipio" las instalaciones del Hotel Provincial para la realización de la IV Feria del Libro a desarrollarse durante el año 2008, para lo cual deberá habilitar sin cargo alguno para "El Municipio" la utilización de, al menos, los siguientes espacios: el hall de ingreso, la galería ubicada en planta baja con salida a la costa, el salón circular, el salón de las columnas, el salón de las Américas y la ex sala del Casino y la Confitería.
La presente Carta de Intención se suscribe en dos (2) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, con un total de cinco (5) fojas.

Gustavo Pulti

Daniel Osvaldo Scioli

Intendente Municipal

Gobernador