FUNDAMENTOS DE LA LEY 15553
La presente ley tiene como objetivo garantizar el acceso continuo a los servicios básicos de energía eléctrica, agua potable, servicios cloacales y gas para las asociaciones civiles sin fines de lucro, el sector público, los Municipios, hospitales y escuelas de provincia de Buenos Aires, reconociendo el importante papel que desempeñan estos entes en la sociedad.
Las asociaciones civiles sin fines de lucro cumplen funciones sociales, culturales, deportivas y comunitarias de gran relevancia, contribuyendo al bienestar de la población y al fortalecimiento del tejido social. Es fundamental que estas entidades cuenten con los recursos necesarios para llevar a cabo sus actividades, y el acceso ininterrumpido a los servicios de luz y gas es imprescindible para su funcionamiento adecuado.
Por su parte, los hospitales son fundamentales para brindar atención médica a la comunidad, especialmente en casos de emergencia. Interrumpir el suministro de electricidad y gas pone en riesgo la vida de los pacientes y el funcionamiento de equipos médicos vitales.
Las escuelas son cruciales para el desarrollo educativo y social de los niños, niñas y adolescentes. El corte o suspensión de estos suministros, puede interrumpir gravemente el proceso educativo, afectando el aprendizaje de los estudiantes y generando un impacto negativo a largo plazo en su desarrollo.
A su vez, los municipios dependen de la electricidad y el gas para proporcionar una amplia gama de servicios esenciales a la comunidad, como alumbrado público, tratamiento de aguas residuales, servicios de emergencia, entre otros.
Por lo tanto, la interrupción de servicios básicos para estos entes, puede tener un impacto económico negativo significativo en la comunidad. Desde la pérdida de ingresos para empresas locales hasta la disminución del turismo y la inversión, las consecuencias pueden ser duraderas y perjudiciales para el desarrollo económico local así como el desmedro de la seguridad pública y el bienestar de la comunidad en general.
Entonces, el establecimiento de la prohibición o suspensión de estos servicios para estos entes, incluso en caso de mora en el pago, es coherente con los principios constitucionales de igualdad y acceso a los servicios básicos.
En este sentido, es necesario establecer un marco legal de protección para estos entes que promuevan su continuidad y desarrollo, contribuyendo así al fortalecimiento del entramado social y al bienestar general de la población.
En coincidencia con el plexo normativo que rige en nuestra Provincia y velando por la salvaguarda de derechos esenciales para todos los habitantes de la misma, este proyecto tiene en miras garantizar el acceso a la electricidad y el gas natural, siendo esencial este aporte a los fines de permitirles a dichos entes lograr el efectivo ejercicio de los derechos a la salud, al entretenimiento, al descanso y, sobre todo, al permitir el libre desarrollo en el desenvolvimiento de actividades a aquellas personas involucradas en las diferentes propuestas realizadas, por lo que su accesibilidad resulta indispensable.
Por todo lo expuesto, solicito a los legisladores y las legisladoras, me acompañen con su voto para la aprobación de este proyecto.