Provincia de
Buenos Aires
INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y
CASINOS
Resolución N°
679/10
VISTO el expediente N° 2319-3225/2010 caratulado "Normativa para la implementación del Sistema Promocional en Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar instaladas en Salas de Bingo", y
CONSIDERANDO:
Que ante la solicitud de implementar un sistema de premios promocionales
efectuada por la firma Bingo King S.A., Tercero
contratante de
Que habiéndose publicado
Que teniendo en consideración que
Que en virtud de la situación descripta, y sin perjuicio de considerar que el
Juzgado de Faltas referenciado no tiene competencia y/o facultades para
suspender un acto administrativo de carácter general dictado por este Instituto
en el marco de su competencia,
Que los motivos tenidos en cuenta para tal decisión, no solamente tienden a
mantener una uniformidad y/o igualdad de todas las Salas de Bingos de
Que ante cualquier duda sobre efectos colaterales para la salud mental de
jugadores con patología vinculada a la ludopatía en cuanto a la aplicación de
Que la política de este Instituto propende esencialmente a la regulación de los
juegos que administra en todas sus etapas, dentro de la normativa vigente y los
actos administrativos complementarios, en especial aquéllos que tienen por
objeto, entre otros, establecer pautas sobre el juego responsable, la creación
de centros de ludopatía, las instrucciones dirigidas a las distintas salas de
juegos para prevenir y educar al público apostador en general sobre la
patología en cuestión;
Que corresponde al Vicepresidente de este Instituto, rubricar el presente acto
administrativo;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
4° de
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA y
CASINOS,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Dejar sin
efecto
ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, pasar al Boletín Oficial. Cumplido,
archivar.
Jorge Norberto Rodríguez
Presidente
Instituto Provincial de Lotería y Casinos
C.C. 5.899