Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución Nº 238
VISTO
el expediente administrativo 2200-2770/2016,
CONSIDERANDO:
Que el
artículo 29 de
Que la citada norma encomienda al Poder Ejecutivo establecer la cantidad de órganos, lugar de funcionamiento y jurisdicción territorial asignada, en función a la siniestralidad y al flujo vehicular;
Que en
dicho marco el artículo 1° del Título IV del Anexo II del Decreto N° 532/09, establece
la división de
Que el artículo 6° del Decreto N° 532/09 faculta al Poder Ejecutivo, a través del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, a ampliar o reducir la competencia territorial establecida precedentemente en base a la progresiva implementación de la totalidad de los juzgados creados;
Que
mediante la mencionada Resolución N° 1.418/10 se reorganizó el ordenamiento territorial
de los Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial de los Departamentos
de Azul, Dolores, Junín,
Que el
ex Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros suscribió con
Que en
dicho marco las partes han establecido los puntos críticos de alto riesgo que
justifican efectuar controles de velocidad en rutas nacionales con alto índice
de flujo vehicular diario, entre los que se incluye
Que la ruta antes mencionada atraviesa los partidos de Vicente López, San Isidro, Tigre, Escobar, Campana, San Antonio de Areco, Zárate, Baradero, San Pedro, Ramallo y San Nicolás de los Arroyos;
Que la
inminente puesta en funcionamiento de los controles de velocidad en
existentes;
Que
por lo expuesto precedentemente, se considera oportuno y conveniente modificar la
competencia territorial de los departamentos de
Que de
acuerdo a la información que surge del Sistema de Administración Centralizada de
Infracciones de Tránsito -SACIT- dependiente de
Que
por lo expresado se entiende conveniente que el Juzgado Administrativo de Infracciones
de Tránsito Provincial Lomas de Zamora tenga su asiento en
Que ha
tomado intervención
Que la
presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 13)
artículo 20 de
Por ello,
EL
MINISTRO DE GOBIERNO DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. COMPETENCIA TERRITORIAL.
Establecer la competencia territorial de los Juzgados Administrativos de
Infracciones de Tránsito Provincial correspondiente a los departamentos de
Departamento
Departamento
Lomas de Zamora: Su asiento será en
Departamento San Isidro: Su asiento será en la ciudad de Don Torcuato y tendrá competencia territorial en los siguientes partidos: Baradero, Bartolomé Mitre, Campana, Escobar, Hurlingham, José C. Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Pilar, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Nicolás de los Arroyos, San Pedro, Ramallo, Tigre, Vicente López y Zárate.
ARTÍCULO 2°. DISPOSICIÓN TRANSITORIA. La
presente comenzará a regir una vez que se encuentre en funcionamiento el
asiento del Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial de
Lomas de Zamora en
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Federico Salvai
Ministro de Gobierno
C.C. 13.996