Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa Nº 75
La Plata, 25 de octubre de 2010.
VISTO que mediante Expediente 2360-298272/10 se propicia aprobar los indices de liquidación del artículo 86 del Código Fiscal Ley N° 10.397 T.O. 2004 y modificatorias-, conforme lo establecido en la Resolución Nº 271/08 del Ministerio de Economía, para los meses de diciembre de 2010, enero y febrero 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 271/08 del Ministerio de Economía, fija los intereses aplicables, en el marco del artículo 86 del Código Fiscal, ante la falta total o parcial de pago de las deudas por Impuestos, Tasas y Contribuciones u otras obligaciones fiscales, como así también las de anticipos y pagos a cuenta, retenciones, percepciones y multas, que no se abonen dentro de los plazos establecidos al efecto;
Que la mencionada Resolución determina la tasa de interés en dos por ciento (2%) mensual para los casos de falta de pago de obligaciones fiscales de contribuyentes y responsables provenientes de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores, a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y a la Venta de Energía Eléctrica (artículo 72 bis de la Ley N° 11.769), y en tres por ciento (3%) mensual en los casos de falta de pago de obligaciones fiscales de contribuyentes y responsables provenientes de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales;
Que la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación a través de la Gerencia General de Planificación, Departamento de Estadísticas Tributarias, elaboró los “índices de Liquidación” correspondientes a los meses de diciembre de 2010, enero y febrero de 2011;
Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de los mencionados “índices de Liquidación”;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.766;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar los índices de liquidación para los meses de diciembre de 2010, enero y febrero de 2011, aplicables en virtud de lo dispuesto por el artículo 86 del Código Fiscal – Ley N° 10.397 (TO 2004 y modificatorias), de conformidad con la tasa de interés fijada por la Resolución N° 271/08 del Ministerio de Economía.
ARTÍCULO 2º. La Gerencia General de Planificación comunicará fehacientemente los índices de liquidación aprobados en el marco del artículo 1° de la presente a la Gerencia General de Tecnologías de la Información para su puesta en operatividad en el sistema.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Martín Di Bella
Director Ejecutivo
C.C. 14.977 bis