LEY 15299

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase como bien incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley 10.419 y sus modificatorias, el Monumento de la Bandera Bonaerense Ley 14.290, construido sobre 1 manzana designada catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección B, Manzana 103, superficie 7000 m2; en el Partido 121 Capitán Sarmiento.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias a los fines de designar personal idóneo para el cuidado, mantenimiento y administración del edificio y predio mencionado en el Artículo 1° de la presente Ley.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los once días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.